Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2003 (27/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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sancion de cese temporal o destitucion por lo que deberan ser evaluadas dentro de un MORDAZA administrativo; Que la Comision, en ejercicio de las facultades que le confiere el Art. 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa califico las faltas cometidas, indicando que las senaladas en las Observaciones Nº 2; 4 y 5 se encuentran comprendidas en el inciso d) del Art. 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa Nº 276 y las Observaciones Nº 1; 3 y 6, incursas en la primera parte del inciso h) del mismo articulo; Que, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la Sra. MORDAZA Aparcana MORDAZA, ex Directora Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche, por las faltas de caracter administrativo, indicadas en los considerandos. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion al domicilio consignado en el Informe de Auditoria Interna, sito en Jr. MORDAZA Nº 3144, San MORDAZA de Porres, en forma personal o en su defecto publicar en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion, a fin de garantizar el debido proceso. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09878

mas de la multa que corresponda por dicha infraccion, el Inspector Municipal de Transporte dispondra el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial. Articulo Segundo.- Internamiento del Vehiculo en el Deposito Oficial.- El Administrador del Deposito Oficial de Vehiculos procedera a inventariar a traves de la boleta de internamiento respectiva las condiciones en las que el vehiculo es ingresado al Deposito, la misma que sera suscrita por el infractor y el inspector municipal de transporte o el efectivo de la Policia Nacional del Peru en caso se cuente con el apoyo policial; procediendose luego de ello a entregar MORDAZA de la misma a cada parte interviniente. En caso de que el infractor se negare a suscribir la boleta de internamiento del vehiculo, se dejara MORDAZA de ello. Articulo Tercero.- Reclamacion de la Papeleta de Infraccion Municipal.- Para el caso de la deteccion de infracciones realizadas de conformidad con lo senalado en el Titulo III del Reglamento del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos motorizados o no motorizados, el procedimiento sancionador se inicia con la entrega de la MORDAZA de la papeleta de infraccion municipal al conductor o empresa; pudiendo estos realizar los siguientes actos: 1.- Si existe reconocimiento de la infraccion, cancelar el importe de la multa dentro del plazo estipulado en el articulo 34º de la Ordenanza Municipal Nº 0000014-2001, obteniendo una reduccion del 50% del monto total. 2.- Si no existe reconocimiento voluntario de la infraccion, presentara su reclamo de improcedencia ante la Direccion General de Transporte MORDAZA dentro de los 7 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presunta infraccion; correspondiendo a esta MORDAZA emitir la Resolucion Directoral correspondiente absolviendo o sancionando al presunto infractor. Articulo Cuarto.- Presuncion de Reconocimiento Voluntario de la infraccion.Existe reconocimiento voluntario de la infraccion en el caso de que el presunto infractor no ha pagado la multa prevista para la infraccion cometida ni ha presentado reclamo de improcedencia dentro de los siete (7) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la papeleta de infraccion; teniendo en este caso la papeleta de infraccion municipal los efectos juridicos de una resolucion de sancion firme, no procediendo contra esta recurso impugnatorio alguno. Articulo Quinto.- De los recursos administrativos.Contra la Resolucion Directoral de Sancion que expida la Direccion General de Transporte MORDAZA, procede la interposicion del Recurso de Apelacion que sera resuelto por la Direccion Municipal; quedando agotada la via administrativa. El termino de interposicion del mencionado recurso es de quince (15) dias perentorios, contados a partir de la fecha de notificacion de la sancion administrativa. El recurso de impugnacion debera cumplir con los requisitos de procedibilidad establecidos en el articulo 113º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Articulo Sexto.- Del MORDAZA de cobranza coactiva.No habiendo el sancionado cumplido con la sancion administrativa impuesta o interpuesto recurso impugnatorio alguno o agotada la via administrativa; los actuados seran remitidos a la Direccion de Ejecucion Coactiva dependiente de la Direccion General de Transporte MORDAZA, para su cobranza coactiva de conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 27979. Articulo Setimo.- Del formato de papeleta de Infraccion Municipal.- Apruebese el formato de papeleta de infraccion municipal que obra como anexo del presente Decreto de Alcaldia; el mismo que podra ser modificado por la Direccion General de Transporte MORDAZA mediante Resolucion Directoral; debiendo informar de ello al senor Alcalde. POR TANTO: Mando se cumpla, registre y publique. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 09791

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen disposiciones complementarias para la aplicacion del Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos motorizados o no motorizados
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000013
Callao, 22 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000014 de fecha 19 de MORDAZA del 2002 publicada en el Diario Oficial El Peruano se aprobo el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos motorizados o no motorizados en el Cercado del Callao; Que, la mencionada Ordenanza establece los requisitos, procedimientos e infracciones aplicables a las personas juridicas y conductores que prestan el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos motorizados o no motorizados; siendo necesario complementar sus disposiciones para su mejor aplicacion; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 los Decretos de Alcaldia son normas municipales reglamentarias de las Ordenanzas Municipales; Estando a lo expuesto y de acuerdo a las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Multa e Internamiento del vehiculo en el deposito oficial de vehiculos menores.Precisese que en los casos de deteccion de las infracciones tipificadas con los codigos TPC-01, TPC05, TPC-07, TPC-09, TPC-12, TPC-13 y TPC-15; ade-

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