Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2003 (27/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2003

viara al Congreso de la Republica un Proyecto de Ley que reestructure el Presupuesto del Sector Publico, repriorizando gastos y sacrificando la realizacion de algunas metas ya programadas, mediante transferencias de partidas intersectoriales, con arreglo estricto a la normatividad vigente; Que, conforme a lo MORDAZA mencionado, este incremento en el valor de la Racion Organica Unica, no significara en modo alguno un mayor gasto, sino una reestructuracion del mismo, respetando estrictamente los principios de responsabilidad y MORDAZA fiscal que guian el actual manejo de las finanzas publicas y que estan permitiendo consolidar progresivamente el equilibrio macrofiscal que el MORDAZA de desarrollo necesita; De conformidad con el articulo 118 inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27209, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Legislativo Nº 847; DECRETA: Articulo 1º.- Reajustese durante el mes de junio del ano 2003, a SEIS CON 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 6.20) diarios, el valor de la Racion Organica Unica, para el Personal Policial en Situacion de Actividad. Este reajuste no tiene caracter remunerativo o pensionable ni constituye base para el calculo y/o reajuste de beneficio, asignacion o entrega alguna. Articulo 2º.- El gasto que irrogue la aplicacion del presente dispositivo se financiara integramente con cargo al Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2003 del Pliego 007: Ministerio del Interior. Articulo 3º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, queda autorizado a emitir las disposiciones complementarias, reglamentarias y de precision, que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en el presente dispositivo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Interior y de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 09890

activa, vinculado a la ejecucion forzosa de las obligaciones no tributarias de competencia de las Entidades de la Administracion Publica asi como las obligaciones tributarias de competencia de los Gobiernos Locales, al MORDAZA MORDAZA normativo general previsto por las disposiciones a que se ha hecho referencia en el considerando anterior; Que, como consecuencia de lo indicado, procede la emision de un MORDAZA Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y la derogacion parcial del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0362001-EF. En uso de las facultades reglamentarias conferidas por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru. DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, que consta de Dieciseis (16) Articulos y Una (1) Disposicion Transitoria y Final, el mismo que, en calidad de anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Deroguense los articulos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 13º y 14º asi como las Disposiciones Transitorias y Finales Primera, MORDAZA y Tercera del Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0362001-EF. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA
Articulo 1º.- Objeto y Alcance El presente Reglamento MORDAZA la naturaleza, finalidad, funciones, requisitos y el procedimiento de ejecucion coactiva que ejercen entidades de la Administracion Publica Nacional, en virtud de las facultades otorgadas por leyes especificas, y en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Articulo 2º.- Definiciones Cuando en este Reglamento se haga mencion a la Ley se entendera que la referencia es a la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva. De la misma manera, cuando en este Reglamento se haga mencion al Procedimiento se entendera que la referencia es al Procedimiento de Ejecucion Coactiva, y cuando se haga mencion a la Entidad se entendera que la referencia es a las entidades de la Administracion Publica Nacional. Articulo 3º.- Funcion del Ejecutor Coactivo 3.1 El Ejecutor es el titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coercion para el cumplimiento de la Obligacion, de acuerdo a lo establecido en la Ley. 3.2 El Ejecutor coactivo no puede delegar en otras personas y/o dependencias el ejercicio de las acciones de ejecucion forzosa a que se ha hecho referencia. 3.3 Solo los Ejecutores Coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policia Nacional del Peru, las diferentes oficinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nacion, podran ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditacion debera contener, cuando menos, el nombre de la persona, el numero del documento de identificacion personal, el domicilio personal, el numero de inscripcion correspondiente a la colegiatura en el caso de las provincias de MORDAZA y Callao asi como de las

Aprueban el Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva
DECRETO SUPREMO Nº 069-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26979, se establecio el MORDAZA legal aplicable a los actos de ejecucion coactiva que ejercen las entidades de la Administracion Publica, con excepcion de la Administracion Tributaria del Gobierno Central; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2001-EF, se aprobo el Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, la posterior entrada en vigencia de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 27584, Ley del MORDAZA Contencioso Administrativo, ha supuesto la introduccion de cambios trascendentales en el ordenamiento referido al ejercicio de potestades administrativas vinculadas al tramite de procedimientos administrativos asi como de su control a traves del MORDAZA contencioso-administrativo. Que, en tal sentido, resulta indispensable adaptar la normativa en materia del procedimiento de ejecucion co-

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