Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2003 (27/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2003 TITULO I GENERALIDADES

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- OBJETO Establecer la organizacion estandarizada de las Direcciones de Salud a nivel nacional, MORDAZA su naturaleza, vision, mision y objetivos estrategicos, sus objetivos funcionales generales, estructura organica y objetivos funcionales de sus unidades organicas, asi como sus relaciones, regimen laboral, regimen economico y las disposiciones pertinentes. Todas las Direcciones de Salud, a nivel nacional, deberan elaborar sus respectivos Reglamentos de Organizacion y Funciones segun el presente Reglamento. Articulo 2º.- NATURALEZA Las Direcciones de Salud son los organos que por delegacion de la Alta Direccion del Ministerio de Salud ejercen la autoridad de salud. Son organos desconcentrados del Ministerio de Salud en el departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao y son organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales en cada departamento de la Republica. Articulo 3º.- ALCANCE DEL REGLAMENTO El presente Reglamento comprende en su alcance normativo a las unidades organicas de las Direcciones de Salud, a sus organos desconcentrados a nivel nacional y en general a todas las entidades publicas que dependen tecnica y funcionalmente del Ministerio de Salud. Articulo 4º.- DOMICILIO LEGAL Las Direcciones de Salud especificaran en su Reglamento de Organizacion y Funciones, el domicilio legal de su sede principal. Articulo 5º.- JURISDICCION Las Direcciones de Salud ejercen su jurisdiccion como autoridad de salud, en el ambito del departamento respectivo y sobre todas las personas juridicas y naturales que prestan atencion de salud o cuyas actividades afecten directa o indirectamente a la salud de la poblacion en su departamento en el MORDAZA de las normas vigentes. Las Direcciones de Salud del departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao ejercen su jurisdiccion en las zonas que establece el Ministerio de Salud.

todos nuestros ciudadanos. Los trabajadores del Sector Salud somos agentes de cambio en MORDAZA superacion, mejorando continuamente la calidad de nuestro servicio para lograr el MORDAZA bienestar de las personas. Articulo 8º.- OBJETIVOS ESTRATEGICOS DE LAS DIRECCIONES DE SALUD Las Direcciones de Salud especificaran en sus Reglamentos de Organizacion y Funciones los siguientes objetivos estrategicos: a) Lograr que las personas adquieran capacidades y desarrollen actitudes, para su desarrollo fisico, mental y social, para desarrollar una cultura de salud basada en la familia como unidad basica de salud y para que desarrollen un entorno ambiental saludable en su comunidad. b) Lograr la proteccion de la MORDAZA y la salud de todas las personas desde su MORDAZA y durante sus ciclos de MORDAZA hasta su muerte natural. c) Lograr que todos los ninos reciban lactancia materna exclusiva, ablactancia nutritiva y adecuada nutricion infantil. d) Reducir significativamente la morbimortalidad causada por enfermedades transmisibles y no transmisibles. e) Reducir significativamente la morbimortalidad materno-infantil. f) Reducir significativamente la prevalencia de la desnutricion infantil. g) Reducir significativamente las causas y la ocurrencia de enfermedades cronicas y degenerativas. h) Lograr el acceso de toda la poblacion al aseguramiento universal de su salud. i) Incrementar el acceso oportuno y uso racional de medicamentos eficaces, seguros y de calidad. j) Lograr la calidad, seguridad y disponibilidad de los productos farmaceuticos y afines en su jurisdiccion para toda la poblacion. k) Incrementar significativamente la salubridad del ambiente. l) Incrementar significativamente la capacidad de gestion administrativa y la capacidad resolutiva de las entidades del sector salud. m) Reestructurar y modernizar los sistemas administrativos y operativos. n) Lograr la integracion sectorial. o) Desarrollar capacidades de respuesta necesarias para reducir el impacto de las emergencias y desastres sobre la salud de la poblacion, el ambiente y los servicios de salud. p) Lograr el uso intensivo de la tecnologia en salud. Las Direcciones de Salud podran proponer al Ministerio de Salud, los textos complementarios de la vision y los objetivos estrategicos sectoriales, que se establecen en el presente Reglamento, sin desnaturalizarlos o duplicarlos.

TITULO II VISION, MISION Y OBJETIVOS ESTRATEGICOS
Articulo 6º.- VISION SECTORIAL DE LAS DIRECCIONES DE SALUD Las Direcciones de Salud especificaran en sus Reglamentos de Organizacion y Funciones la siguiente vision sectorial. La salud de todas las personas, sera expresion de un sustantivo desarrollo socioeconomico, del fortalecimiento de la democracia y de los derechos y responsabilidades ciudadanas basadas en la ampliacion de MORDAZA de trabajo estable y formal con mejoramiento de los ingresos, en la educacion en valores orientados hacia la persona y la familia, como unidad basica de la salud y desarrollo de la sociedad, en una cultura de solidaridad, de MORDAZA y de salud, asi como en el establecimiento de mecanismos de accesibilidad a los servicios de salud con calidad, integrados en un sistema nacional coordinado y descentralizado de salud y cumpliendo las politicas y objetivos nacionales de salud. Articulo 7º.- MISION GENERAL DE LAS DIRECCIONES DE SALUD Las Direcciones de Salud especificaran en sus Reglamentos de Organizacion y Funciones la mision general asignada sin textos complementarios. Las Direcciones de Salud tienen la mision de proteger la dignidad personal, promoviendo la salud para construir una cultura de salud y de solidaridad, previniendo las enfermedades y garantizando la atencion integral de salud de todos los habitantes; cumpliendo las politicas y objetivos nacionales de salud en concertacion con todos los sectores publicos y privados y otros actores sociales. La persona es el centro de nuestra mision a la cual nos dedicamos, con respeto a la MORDAZA y derechos fundamentales de todos los peruanos, desde su fecundacion hasta su muerte natural, respetando el curso natural de su MORDAZA y contribuyendo a la gran tarea nacional de lograr el desarrollo de

TITULO III ORGANIZACION CAPITULO I OBJETIVOS FUNCIONALES GENERALES
Articulo 9º.- OBJETIVOS FUNCIONALES GENERALES Las Direcciones de Salud directamente o a traves de las entidades competentes deberan lograr los siguientes objetivos funcionales en sus respectivas jurisdicciones: a) Lograr que se cumpla la politica, vision, mision, objetivos y normas nacionales de salud. b) Regular complementariamente, en materia de salud y evaluar el cumplimiento de las normas de salud por las entidades publicas y privadas en su jurisdiccion. c) Proponer las politicas, objetivos, metas y estrategias nacionales y regionales de salud a la Alta Direccion del Ministerio de Salud y al Gobierno Regional. d) Brindar en forma eficaz y oportuna, la asistencia, apoyo tecnico y administrativo a la gestion de las Direcciones de Red de Salud y de los Hospitales bajo su dependencia y jurisdiccion. e) Cumplir y hacer cumplir los procesos organizacionales establecidos a las entidades publicas y privadas del sector salud, que debe supervisar, evaluar y controlar en su jurisdiccion.

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