Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2004 (21/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 21 de diciembre de 2004

Reasignan a magistrado como Juez Suplente del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 415-2004-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 17 de diciembre de 2004 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 117-2004-CE-PJ, de fecha veintinueve de setiembre del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de vista el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras disposiciones, ha creado diversos organos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de MORDAZA, dentro de los cuales se encuentra el Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla, con la misma competencia territorial que tienen los otros dos Juzgados de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla; Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion de vista, faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para adoptar las acciones administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la citada Resolucion; Que, estando proxima la entrada en funciones del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla, resulta necesario disponer la designacion del magistrado que asumira funciones en el aludido Juzgado, ello de conformidad con la prevision que contiene el articulo 239º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, por tales fundamentos y estando a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REASIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA SOUZA, Juez Suplente del Quincuagesimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, como Juez Suplente del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla, estando a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el referido Juzgado asuma la misma competencia territorial que tienen los otros dos Juzgados de Paz Letrado de La MORDAZA Cieneguilla. Articulo Tercero.- DISPONER que el Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla, inicie sus funciones a partir del dia lunes veintisiete de diciembre del presente ano, con carga procesal cero, en el mismo local de los otros dos Juzgados de Paz Letrado de dicho distrito, sito en MORDAZA Los Meteorologos Mz. A, Lote 6 - La Molina. Articulo Cuarto.- DISPONER el cierre del turno del primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado de La MORDAZA - Cieneguilla, desde el veintisiete de diciembre del ano en curso hasta el treintiuno de enero del ano dos mil cinco. Articulo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital, brinde el apoyo necesario para el debido funcionamiento del mencionado Juzgado. Articulo Sexto.- REMITIR MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital y del Magistrado para los fines consiguientes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 22873

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a ESSALUD y al ex CTAR Pasco
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 536-2004-CG
MORDAZA, 17 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 269-2004-CG/OEA, resultante del Examen Especial efectuado a la obra "Reparacion de Danos Ocasionados por el Sismo de junio del 2001 y Reforzamiento Estructural del Hospital MORDAZA MORDAZA Seguin MORDAZA - Arequipa" a cargo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el periodo comprendido entre ENE.2001 a DIC.2003; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Gerencia de Obras y Evaluacion de Adicionales para el ano 2004, la Contraloria General de la Republica ha efectuado un Examen Especial a la obra "Reparacion de Danos Ocasionados por el Sismo de junio del 2001 y Reforzamiento Estructural del Hospital MORDAZA MORDAZA Seguin MORDAZA - Arequipa"; Que, la Comision Auditora ha determinado que en la citada obra, ejecutada en virtud del Contrato de Obra Nº 0199L00221-GCLI-ESSALUD-2002, la demora en la aprobacion de los presupuestos adicionales Nºs. 01 y 26 por parte de los funcionarios y servidores intervinientes, ha ocasionado perjuicio economico a la entidad por el monto de S/. 534 800,42, al haberse resuelto en la via arbitral las ampliaciones de plazo Nºs. 08 y 12 con reconocimiento de mayores gastos generales por dicha demora, asi como por el monto de S/. 46 236,31 por concepto de costas y costos que ESSALUD ha tenido que asumir por el desarrollo de los procesos arbitrales interpuestos por el Contratista, incluyendo el presupuesto adicional Nº 07 que tambien fue resuelto en la via arbitral, como consecuencia en la demora en su aprobacion, lo que debe ser resarcido de conformidad a lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Ente Tecnico Rector, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo, por tanto, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales, por los hechos expuestos contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 23087

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