Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2004 (21/12/2004)


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NORMAS LEGALES
SE DECRETA:

MORDAZA, martes 21 de diciembre de 2004

Disponen la suscripcion de convenio con la Seccion Peruana de Amnistia Internacional para desarrollar acciones sobre el respeto a la integridad fisica y mental
DECRETO DE ALCALDIA Nº 037
Ate, 27 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 618-04-SGDH-GPC/MDA de la Subgerencia del Desarrollo Humano; el Informe Nº 280904-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y el Proveido Nº 3321-04-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion. Que, segun lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, el Peru es Estado parte de la Convencion contra la tortura reconocido por el Congreso de la Republica del Peru. Que, el articulo 5º de la Declaracion Universal de los Derechos Civiles y Politicos proclaman que nadie sera sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, igualmente explicitado por nuestra Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades, teniendo como objetivo velar por el irrestricto respeto a los derechos humanos de los ciudadanos y de estos entre si. Que, base de la tortura esta en la cultura de la violencia y el maltrato que se da en el espacio intra familiar, y en las instituciones de la sociedad, como tal, corresponde enfrentar e impulsar la Cultura del Buen Trato, la misma que supone una estrategia de prevencion, erradicacion y toma de conciencia sobre la problematica de la tortura que se afronta en el MORDAZA e implica el compromiso que los sectores del estado, la sociedad civil, defensores de derechos humanos, legisladores, personal policial y militar, educadores, padres de familia, periodistas, ciudadanos, ciudadanas y autoridades debemos asumir. Que, la Municipalidad Distrital de Ate esta llamada a trabajar para solucionar los problemas comunes de su localidad en el MORDAZA donde todos y todas perciban a su mismos ser sujetos de derechos y responsabilidades y se involucren en la construccion de una Cultura del buen trato, paz y justicia. Que, es competencia de los Gobiernos Locales establecen una alianza con la seccion peruana de Amnistia Internacional para una MORDAZA por lograr ciudades en donde se respeten y promuevan el Derecho a la MORDAZA, a la Integridad fisica y mental de todas las personas, trabajando por desterrar la tortura y los malos tratos, generando un movimiento Ciudadano orientado a tales fines, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Proveido Nº 3321-04-GGM/MDA el Gerente General Municipal senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia respectivo. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Articulo 1º.- DECLARAR AL DISTRITO DE ATE, DISTRITO CONTRA LA TORTURA. Articulo 2º.- DISPONER, la suscripcion de un Convenio entre la Municipalidad Distrital de Ate y la Seccion Peruana de Amnistia Internacional para desarrollar acciones preventivas educativas y proyectos para promover el respeto a la integridad fisica y mental, advirtiendo el expreso compromiso por el buen trato y el no a la violencia, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 3º.- INVOCAR, se haga de conocimiento del presente Decreto de Alcaldia al Senor Presidente de la Region MORDAZA, a la Defensoria del Pueblo, a la Prefectura de MORDAZA, al Juzgado de Paz de Ate, a la Policia Nacional, a las Instituciones Publicas, Privadas, afines y a la Sociedad Civil. Articulo 4º.- DEROGUESE toda disposicion que se oponga al presente Decreto de Alcaldia. Articulo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Participacion Ciudadana y a la Subgerencia del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 23105

Incorporan procesos de seleccion al "Plan Anual de Adquisiciones 2004"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1514-2004 Ate, 9 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 509-04-GA/MDA de la Gerencia de Administracion y el Proveido Nº 3491-04-GGM/ MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 016-04 de fecha 14 de enero de 2004, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente al ano fiscal 2004. Que, mediante Hoja de Requerimientos de Gasto Nº 1025-0058; la Subgerencia de Obras Publicas y Proyectos solicita la Adquisicion de Ascensor de Pasajeros para la Ampliacion del Palacio Municipal Block B, para lo cual remite las Especificaciones Tecnicas mediante el Informe Nº 1000-04-SGOPP-GDU/MDA. Que, mediante Memorandum Nº 1254-04-GP/MDA; la Gerencia de Planificacion precisa que la adquisicion MORDAZA citada; cuenta con disponibilidad presupuestal. Que, nuestra Corporacion Edilicia, presenta la necesidad impostergable de efectuar el referido MORDAZA de seleccion; que por su valorizacion deberan ser convocados bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, de acuerdo al siguiente detalle: - Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0017-2004-CE/ MDA, Adquisicion de Ascensor de Pasajeros para de Ampliacion del Palacio Municipal Block B. Que, de conformidad a los articulos 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y 8º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual puede ser modificado y las adquisiciones o contrataciones no incluidas en el mismo deben ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad. Que, de conformidad a la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones podra ser modificado durante el curso del ejercicio presupuestal, siempre que se produzca una reprogramacion de las metas institucionales

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