Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2005 (16/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Moche y de Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 173-2005-CG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005

de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Parte Policial de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos, en el Parte Policial de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese.

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 09-2005-CG/ GDPC de 8.ABR.2005, el Oficio Nº 131-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 3.FEB.2005, el Parte Nº 112005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 31.ENE.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Moche - Trujillo; y, CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 07362 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 174-2005-CG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2005

Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 1927-2004-CG/DC de 27.AGO.2004 dispuso la realizacion de un Examen Especial a la mencionada Municipalidad, a fin de determinar entre otros aspectos, que el Jefe de la Unidad de Contabilidad, Planificacion y Presupuesto, ejercio el cargo de Contador sin tener titulo expedido a nombre de la Nacion -pese haber manifestado expresamente ser Contador Publico Colegiado-, asimismo el haber suscrito contrato con la municipalidad y ostentado publicamente la calidad de Contador Publico Colegiado, haciendo uso de documento apocrifo como si fuese legitimo; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Comision considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Parte Policial de Vistos, segun el cual los hechos presuntamente irregulares detectados por la Contraloria General, se encuentran en tramite ante la Onceava Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, quien dispuso abrir investigacion policial ante la Comisaria de Moche, contra autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Moche - MORDAZA, entre otros por los delitos de Usurpacion de Titulos y MORDAZA, Ejercicio Ilegal de la Profesion y Falsificacion de Documentos, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 362º, 363º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, producto de una verificacion se encuentre presuncion de ilicito penal, asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 10-2005-CG/ GDPC de 8.ABR.2005, Oficio Nº 283-2005-DIRCOCORPNP/DIVPACGR de 8.MAR.2005, el Parte Nº 37-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 23.FEB.2005, de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, referente a las investigaciones realizadas en Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, y el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 012-2004-CG/ GDPC de 20.AGO.2004 correspondiente al periodo ENE.2003 - JUN.2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 1467-2004-CG/DC de 7.JUL.2004 dispuso se efectue una verificacion de denuncia en torno a presuntas irregularidades en Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha verificacion se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 0122004-CG/GDPC de 20.AGO.2004, en el cual se ha determinado presuntas irregularidades al haber ordenado un ex liquidador el retiro de suma de dinero que se encontraba en su custodia, para beneficio propio sin el debido sustento, ya que podia disponer de sumas de dinero en su calidad de liquidador de la empresa; apropiandose -de esta manera- de la suma de S/. 64 624,50 Nuevos Soles; valiendose para ello del concurso de otro ex liquidador que suscribio la Carta Orden que autorizaba el retiro de dicha suma del Banco, hecho que permitio que se emitiera el cheque de gerencia que permitia que se perciba la cantidad de dinero mencionada; situacion que ha evidenciado la existencia de indicios razonables de comision de delito de Peculado; ilicito previsto y sancionado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Parte Policial de Vistos, segun el cual los hechos presuntamente irregulares detectados por la Contraloria General, son objeto de MORDAZA penal abierto ante el Decimo MORDAZA Juzgado Penal Especial de MORDAZA, seguido contra autoridades y funcionarios de Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, por delito contra la Administracion Publica, previsto y sancionado en el Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Siste-

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