Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2005 (16/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
vehiculos: a. b. c. d. Motos y motocicletas. Bicicletas, ciclos y triciclos. Mototaxis. Otros.

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cipalidad Metropolitana de MORDAZA, los mismos que se detallan en el cuadro ANEXO Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 13º.- LUGARES DONDE SE PROHIBE EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Se prohibe el estacionamiento en zonas rigidas, zonas de seguridad y zonas reservadas. Entiendase por: Zonas Rigidas.- Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento de vehiculos. Se distingue por el pintado de sardineles en color amarillo. Zonas de Seguridad.- Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento y sobreparo de los vehiculos. Se distingue por el pintado de lineas amarillas con el lema "ZONAS DE SEGURIDAD" en color amarillo. Zonas Reservadas.- Areas de la via publica delimitadas por la Autoridad Municipal para el parqueo exclusivo de un beneficiario. Se distingue por el pintado similar a las zonas de seguridad con el lema "ZONA RESERVADA", igualmente pintado de color amarillo. Articulo 14º.- COMPETENCIA Encarguese a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA a traves de la Subgerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencia de Administracion Tributaria, en lo que fuera de su competencia, la administracion y supervision del servicio.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Las vias colectoras y arteriales seran reguladas por Ordenanza del Concejo Metropolitano de Lima. Segunda.- REGISTRO DE ZONAS DE ESTACIONAMIENTO SUSCEPTIBLES DE APROVECHAMIENTO PRIVATIVO. En un plazo no mayor de 90 dias de publicada la presente Ordenanza, las personas o entidades publicas que utilicen parte de la via publica local para el estacionamiento temporal de sus vehiculos, de conformidad con los articulos 18º y 19º de la Ordenanza Nº 739-MML deberan tramitar la autorizacion para tal efecto.
DISPOSICIONES FINALES

Primera.- REGULACION SOBRE ESTACIONAMIENTO TEMPORAL DE VEHICULOS ESPECIALES Y VIAS METROPOLITANAS. La Municipalidad Distrital de Brena, establecera una regulacion especial en un plazo que no exceda de 90 dias de aprobada la presente Ordenanza; respecto del estacionamiento en la via publica de los siguientes

Primera.- Facultese al senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Deroguense y dejense sin efecto las Ordenanzas Nºs. 018-99 y 109-04-MDB y toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO N° 01 CUADRO DE ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULARES AFECTOS A LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO DE BRENA VIA CUADRA CLASIFICACION VIAL FORMA Jr. Brena Jr. Centenario Av. Espana Jr. MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA Jr. MORDAZA Fernandini Av. Tingo MORDAZA 2 1 2 7 7 16 6 8 4y5 6 12 14 16 6 7 8 9 10 11 12 13, 14, 15 y 16 SUBTOTAL TOTAL 07337 Local Local Arterial Local Local Local Colectora Diagonal Paralelo Diagonal Diagonal Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo PARQUEO PAR ESPACIO 13 6 0 0 0 0 0 18 24 0 0 0 0 0 24 13 8 7 17 18 5 27 180 496 IMPAR FORMA ESPACIO Paralelo Perpendicular Perpendicular Paralelo Paralelo Diagonal Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo 0 0 5 19 51 8 12 16 15 13 8 12 17 11 13 16 9 10 18 24 11 28 316

Av. Venezuela

Arterial

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