Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2005 (18/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2005

Que el articulo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Ano Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los anos 2004 y 2005 a los mencionados organismos internacionales, respectivamente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de las cuotas por los anos 2004 y 2005, a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA 500,000.00

Articulo 1º.- Autorizar a la Defensoria del Pueblo a efectuar el pago de la cuota por el ano 2005 al Instituto Internacional del Ombudsman por el importe de US$ 750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 03691

RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2005-RE
MORDAZA, 17 de febrero de 2005 VISTO:

GRUPO CONSULTIVO DE INVESTIGACION MORDAZA INTERNACIONAL (CGIAR) (Cuota correspondiente al ano 2004) INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA (IICA) (Cuota correspondiente al ano 2005)

112,786.00

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 03690

El Oficio Nº 080-2005-CEG-INDECOPI, de 31 de enero de 2005, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las cuotas del ano 2005 a diversos organismos internacionales de los cuales el Peru es MORDAZA miembro; CONSIDERANDO: Que el articulo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas ano 2005 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

RESOLUCION SUPREMA Nº 069-2005-RE
MORDAZA, 17 de febrero de 2005 VISTO: Con Oficio Nº 031-2005-DP/OAF, de 2 de febrero de 2005, la Defensoria del Pueblo, solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota ano 2005 al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI); CONSIDERANDO: Que el articulo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Ano Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2005 al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI), con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo; Estando a lo acordado;

Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a efectuar el pago de las cuotas ano 2005, a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMOS ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LA ESTANDARIZACION (ISO) COMISION PANAMERICANA DE NORMAS TECNICAS (COPANT) ORGANIZACION INTERNACIONAL DE METROLOGIA LEGAL (OIML) COOPERACION INTERAMERICANA DE ACREDITACION (IAAC) CONFERENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS ESTANDAR (NCSLI) IMPORTE CHF 5,697.00 (Francos suizos) CHF 11,552.00 (Francos suizos) US$ 1,500.00 (Dolares americanos) e 1,20.00 (Euros) US$ 1,500.00 (Dolares americanos) US$ 400.00 (Dolares americanos)

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