Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2005 (18/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2005

asi como los formatos de actas de Visita, Notificacion e Informe. Tercero.- Que, los Magistrados que integran tanto la OCMA como las ODICMAS de la Republica, constituyen equipos en los que todos y cada uno ellos estan en capacidad para tramitar quejas, investigaciones y, Visitas Judiciales, por lo que debe habilitarseles a practicar Visitas Judiciales, segun corresponda y, si la necesidad de servicio asi lo requiere; En consecuencia, SE RESUELVE: Primero.- DISPONER que los Jefes de las ODICMAS de los Distritos Judiciales de la Republica autoricen la realizacion periodica y permanente de Visitas Judiciales Extraordinarias de Asistencia, Puntualidad y Permanencia en todos los Organos Jurisdiccionales de su competencia. Segundo.- APROBAR la Directiva Nº 001-2005-J/ OCMA.CS, de fecha 14 de febrero del 2005, "REALIZACION DE VISITAS JUDICIALES EXTRAORDINARIAS DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA", asi como los formatos de actas de Visita, notificacion e Informe, anexos a la presente. Tercero.- DISPONER que los Jefes de las ODICMAS, lleven un registro de todas las Visitas Judiciales, por Organo Jurisdiccional y medidas adoptadas (sanciones y propuestas), llevando un seguimiento de las propuestas y recomendaciones formuladas con ocasion de las mismas. Cuarto.- HABILITAR a todos los Magistrados Contralores de la Republica, sin perjuicio de la Unidad a la que dependan, a practicar Visitas Judiciales, que disponga la Jefatura Suprema de Control o las Jefaturas Distritales de las ODICMAS. Quinto.- DISPONER que la Unidad de Supervision y Proyectos verifique el cumplimiento de la presente resolucion. Sexto.- PONGASE la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Presidentes de Cortes y ODICMAS de la Republica. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial DIRECTIVA Nº 001-2005-J-OCMA.CS "PARA LA REALIZACION DE VISITAS JUDICIALES EXTRAORDINARIAS DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA" Los Magistrados Contralores de toda la Republica, para la realizacion de las Visitas Judiciales Extraordinarias de Asistencia, Puntualidad y Permanencia, acorde a lo previsto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura y, Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ, deberan tener presente lo siguiente: 1.- Son inopinadas, esto es, dispuestas por el Jefe de la OCMA u ODICMAS en cualquier momento. 2.- Pueden darse para verificar el inicio de la Jornada laboral, o, durante el horario de despacho judicial, tanto en la manana como en horas de la tarde para verificar la permanencia. 3.- Estas Visitas deben disponerse de manera periodica y permanente 4.- En MORDAZA la realizacion de las visitas judiciales son realizadas por los Magistrados de la Unidad de Supervision y Proyectos de la OCMA y Magistrados de la CODICMA - Comision Distrital de Control de la Magistratura, sin perjuicio de lo cual todos los Magistrados Contralores de la Republica, esto es, de la Unidad de Operativa Movil, Unidad de Procesos Disciplinarios, como del Equipo Especial en el caso de las ODICMAS, estan HABILITADOS para la realizacion de Visitas Judiciales. 5.- Durante las Visitas de Asistencia, Puntualidad y Permanencia debera verificarse basicamente lo siguiente: I) Concurrencia puntual a las labores;

II) Permanencia en el lugar de trabajo durante la jornada laboral; III) Limpieza, orden y conservacion del area de trabajo que le MORDAZA sido asignada al Magistrado o personal auxiliar; IV) Portar a la vista el fotocheck; y, V) El uso correcto de la vestimenta, que contribuya al decoro y respetabilidad del cargo que ostenta y, con ello, de nuestra Institucion. VI) En caso de visitas de permanencia, debera verificarse si las diligencias se llevan a cabo con puntualidad; asi como el uso de las insignias, de ser el caso. VII) Verificar si en el Organo Jurisdiccional visitado se hallan laborando personas sin vinculo laboral con el Poder Judicial. VIII) Verificar el Formato de Control de Asistencia de Magistrados, en los que se dejara MORDAZA de la visita. 6.- Sin perjuicio de la verificacion de los puntos senalados precedentemente, los Magistrados Contralores deben tener presente que la fiscalizacion es oficiosa, por tanto de advertir cualquier otra irregularidad evidente o flagrante durante la Visita, esta debera ser OBSERVADA, recabando todos los elementos probatorios necesarios en el mismo acto. 7.- De otro lado, de advertir elementos de juicio que ameriten una Visita Extraordinaria u Ordinaria para su evaluacion, debera dejarse MORDAZA en el acta y darse cuenta a la Jefatura Suprema o Distrital de Control, segun corresponda. 8.- En caso de haberse formulado OBSERVACIONES, debera solicitarse los descargos dentro del MORDAZA dia de notificado, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de OCMA, pudiendo notificarse en el acto de la visita conforme al formato adjunto, o en acto posterior; recabados los informes pertinentes y actuada la prueba que, en su caso se considere necesaria, el Magistrado visitador debera emitir informe, conforme al formato aprobado y, elevara el MORDAZA disciplinario a la Jefatura respectiva para la expedicion de la resolucion correspondiente. En caso de no formularse ninguna observacion, se emitira el informe, conforme al formato, senalando que no se han formulado observaciones y, se elevara a Jefatura Distrital o de la Unidad de Supervision y Proyectos para que se dicte la resolucion correspondiente. 9.- Los Jefes de las ODICMAS deberan resolver las Visitas Judiciales Extraordinarias de Asistencia, Puntualidad y Permanencia: Disponiendo el ARCHIVO - para quienes no se han formulado observaciones, ABSOLUCION, SANCION o, PROPUESTA DE SANCION para quienes se han formulado observaciones y han justificado o no su conducta irregular; recomendando de ser pertinente lo necesario para la optimizacion de la prestacion del servicio de justicia. 10.- Los Jefes de las ODICMAS deberan llevar un Registro de todas las Visitas realizadas, por Organo Jurisdiccional y medidas adoptadas (sanciones y Archivos), asi como llevar un seguimiento de las propuestas y recomendaciones realizadas. 03546

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico y de la comision de ilicitos penales en agravio de los ex CTAR MORDAZA y Tumbes
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 084-2005-CG
MORDAZA, 15 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 023-2005-CG/ZN, resultante del Examen Especial efectuado al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2002; incluyendo operaciones posteriores al periodo citado; y,

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