Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Disponen la separacion definitiva de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 089-2005-CG MORDAZA, 16 de febrero de 2005 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 09-2005-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica y el Informe de Supervision Nº 02-2004-CG/OCI sobre la gestion del Jefe del Organo de Control Institucional OCI de la Municipalidad Distrital de Comas, periodo enero 2001 - diciembre 2003; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la designacion y la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control, de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional, se efectua por la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 y los articulos 32º, 33º y 34º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, se procedio a efectuar la evaluacion del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas y el desempeno funcional de su Jefatura, habiendose comunicado mediante Oficios Nºs. 02 y 172004-CG/OCI-COM-RSR a su titular, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los resultados de la evaluacion realizada a su desempeno funcional, con el proposito que presente sus aclaraciones y/o comentarios; Que, evaluados los comentarios alcanzados por el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Oficios Nºs. 010 y 019-2004-OCI/MC del 3 de febrero y 9 de marzo de 2004, respectivamente, y de la evaluacion contenida en los documentos de Vistos, se ha determinado entre otros: el incumplimiento de la meta programada en el Plan Anual de Control 2003, deficiencias en la elaboracion de diversos informes de auditoria emitidos durante los periodos 2001-2003, asi como el incumplimiento del Codigo de Etica del Auditor Gubernamental y disposiciones de la Ley Nº 26771 y su Reglamento, determinandose en consecuencia, la calificacion desfavorable del desempeno funcional del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas, de acuerdo a los criterios establecidos en los literales a), b) y d) del articulo 34º del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, estando a lo expuesto, corresponde a este Organismo Superior de Control, separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas, al senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, la separacion definitiva a que alude el considerando precedente, esta referida exclusivamente a la separacion del ejercicio del cargo, siendo de competencia exclusiva de la Entidad aquellas acciones de caracter laboral que pudieran derivarse de dicha separacion; Que, mediante Oficio Nº 0275-2005-CG/DC se ha comunicado al Titular de la Municipalidad Distrital de Comas, el resultado de la evaluacion efectuada por este

Organismo Superior de Control, al senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Organo de Control Institucional; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del citado Organo, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y los numerales 2.1 y 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG y modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas, al senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Organo, a un profesional que reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03678

JNE
Designan representantes del JNE ante el Comite de Coordinacion Electoral correspondiente al MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2005
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 019-2005-P/JNE MORDAZA, 10 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 012-2005-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero del presente ano, el MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el dia MORDAZA 3 de MORDAZA del ano 2005; Que con el proposito de mantener las relaciones de coordinacion y colaboracion entre los organismos electorales a fin de asegurar la realizacion de los procesos electorales convocados de acuerdo con las disposiciones y los plazos previstos, debe constituirse un Comite de Coordinacion Electoral integrado por representantes del MORDAZA Nacional de Elecciones, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de conformidad con lo establecido en los articulos 74º y 76º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859;

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