Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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conocimiento al Concejo Municipal; se contara con la participacion de organizaciones observadoras como el MORDAZA Nacional de Elecciones. de ONPE, la institucion transparencia y Defensoria del Pueblo. TITULO IV DE SUS FUNCIONES Articulo 11º.- Corresponde al Concejo de Coordinacion Local Distrital: 1.- Coordinar y concertar el plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo del Distrito. 2.- Proponer la elaboracion de proyectos de inversion y de servicios publicos locales. 3.- Proponer convenios de cooperacion Distrital para la prestacion de servicios publicos. 4.- Promover la informacion de fondos de inversion como estimula a la inversion privada, en apoyo del desarrollo economico local sostenible. 5.- Otras que le encargue o le solicite de concejo Municipal Distrital. 6.- Promover mecanismo de control de vigencia del Presupuesto y gestion del Gobierno Local. Articulo 12º.- El Concejo de Coordinacion Local Distrital no ejerce actos de gobierno. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal decidir lo pertinente. Articulo 13º.- En el MORDAZA de elaboracion del presupuesto participativo, los miembros del Concejo de Coordinacion Local podran solicitar informes de acuerdos a sus funciones. Articulo 14º.- Cuando en sesion de Concejo Municipal se traten temas referentes a sus funciones, los representantes de las organizaciones del distrito, miembros del Concejo de Coordinacion Local, podran coordinar su participacion teniendo derecho de voz. TITULO V DE SUS OBLIGACIONES Articulo 15º.- Los miembros del Concejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a: 1.- Cumplir con las condiciones basicas y los compromisos especificos al MORDAZA de los actuales fueron elegidos. 2.- Asistir a las Sesiones de Concejo de Coordinacion Local Distrital y a las Sesiones de Concejo Municipal cuando fueran convocados, guardando las consideraciones de trato y respeto mutuo entre todos sus miembros. 3.- Presentar al Concejo de Coordinacion Local Distrital las opiniones y propuesta debidamente concertada de todas las organizaciones de la Sociedad Civil a la que representan. TITULO VI DE LOS DERECHOS DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACION LOCAL Articulo 16º.- Son derechos de los Representantes: 1.- Solicitar con anticipacion al MORDAZA y a los demas funcionarios del Municipio las informaciones y documentos relacionados con el objeto de la Sesion de Coordinacion Local Distrital y otros asuntos que estimen necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 2.- Presentar su renuncia ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital, a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido. 3.- Expresar su opinion sin limitacion alguna sobre asuntos relacionados a sus funciones, asi como temas de interes Municipal en general. TITULO VII DE LA VACANCIA Y REVOCATORIA DE MANDATO Articulo 17º.- La condicion de Representante ante el Concejo de Coordinacion Local se pierde por los siguientes causales:

1.- Muerte. 2.- Renuncia expresa ante la entidad. 3.- Incapacidad fisica o mental permanente. 4.- Cambio de domicilio fuera del distrito. 5.- Sentencia Judicial emitida en MORDAZA instancia por delito doloso. 6.- Inasistencia injustificada a dos sesiones Ordinarias consecutivas o no consecutivas. Articulo 18º.- La revocatoria del reemplazo de representante de la sociedad civil se cenira a lo dispuesto por el articulo 32º de la Ordenanza Nº 542-MML. Articulo 19º.- En los casos de reemplazo de representante por vacancia, la designacion de los nuevos representantes sera hasta completar el periodo correspondiente. El reemplazo del titular sera elegido por la Asamblea General de la MORDAZA a la cual pertenece. TITULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo 20º.- Las sesiones ordinarias como extraordinarias del Concejo de Coordinacion Local Distrital se realizaran en el Local de la Municipalidad o en el lugar que previamente se establezca. Articulo 21º.- La Secretaria General del Concejo aperturara el Libro de Actas en el que anotaran los Acuerdos Tomados en cada reunion de Concejo de Coordinacion Local. Articulo 22º.- El costo que irrogue el MORDAZA de programacion participativo se atendera con cargo a presupuesto Institucional del Gobierno Local, segun corresponda y con cargo a los aportes que se obtengan de las ONGs cooperantes. Articulo 23º.- Los miembros del Concejo de Coordinacion Local en ningun caso percibiran dietas, viaticos u otro MORDAZA de asignacion por realizar esta labor. Articulo 24º.- El MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia dictara las normas complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la Ordenanza. Registrese, comuniquese, y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03646

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan viaje del MORDAZA para participar en evento a realizarse en Espana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2005/MDSB San MORDAZA, 7 de febrero del 2005 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de febrero del 2005, se informo sobre la Carta enviada por la Escuela Mayor de Gestion Municipal. CONSIDERANDO: Que, mediante Sesion de Vistos, se informo sobre la Carta enviada al senor MORDAZA de la Escuela Mayor de Gestion Municipal en la cual ponen en conocimiento la fundacion Humanismo y Democracia, con Sede en MORDAZA - Espana la cual realiza eventos anuales en Espana y en el Peru, ante ello se MORDAZA un convenio con la Escuela Mayor de Gestion Municipal, en tal sentido este ano se llevara a acabo entre los dias 13 y 20 de febrero del ano en curso, se realizara unas sesiones de trabajo patrocinado por la Comunidad Autonoma de la MORDAZA con un programa orientado a la descentralizacion, regionalizacion y de manera especial a la Tributacion en los Gobiernos Locales y regionales.

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