Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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areas verdes del distrito, vi) cuadro estadistico de las intervenciones y vii) costo total de los servicios financiados por los arbitrios municipales; Que, mediante la Ordenanza materia de ratificacion, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, establecio el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2005. Del mismo modo a traves del articulo 15º dicha Municipalidad, establecio los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes al presente ejercicio; Que, a traves de la Ordenanza Nº 021-2004MDSJM, las tasas por servicios publicos han sido calculadas en funcion al costo efectivo del servicio a prestar. Asi, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores para efectuar el cobro por los arbitrios esta aplicando criterios como el uso o actividad desarrollada en el predio, el tamano del predio, la ubicacion o MORDAZA donde se encuentre el predio y valor de la unidad impositiva tributaria vigente, de este modo, considerando los costos y criterios mencionados, se establecieron montos fijos mensuales en nuevos soles para cada servicio; Que, se verifico que el servicio de limpieza publica, que involucra la recoleccion domiciliaria de residuos solidos, recojo de malezas, transporte y disposicion final, genera un costo de S/. 6,349,873.25, conforme se muestra en el Anexo Nº 1 . De este modo, el ingreso estimado por el servicio de limpieza publica para el ano 2005, asciende a S/. 6,349,873.20; Que, de igual modo, el servicio de parques y jardines, que consiste en la organizacion integral, mejoras y mantenimiento e implementacion de areas verdes de parques publicos, plazas publicas, jardines, berma central y laterales de las avenidas principales del Distrito, genera un costo de S/. 1,760,696, estimandose un ingreso anual de S/. 1,760,696.00; Que, a su vez, la prestacion del servicio de serenazgo, que implica la seguridad ciudadana en la jurisdiccion del Distrito, genera un costo de S/. 1,899,998.00; estimandose un ingreso equivalente a S/. 1,899,722.64; Que, del analisis se determina que la recaudacion potencial por el servicio de limpieza publica, parques y jardines, asi como el servicio de serenazgo, permitira a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, financiar para el ejercicio 2005, el 100.0% de los costos incurridos en la prestacion de dichos servicio; Que asimismo, el articulo 15º de la Ordenanza Nº 021-2004-MDSJM, modificada por la Ordenanza Nº 026-MDSJM establece en S/. 3.00 el derecho de emision mecanizada y distribucion a domicilio por cada recibo de liquidacion de arbitrios de 2005, monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada que ha sido calculado en funcion al costo del servicio a prestar, teniendo en cuenta la mano de obra, los materiales empleados y la distribucion a domicilio, Asi, la Municipalidad, cubre el 99.3% de sus costos; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 028-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar la Ordenanza Nº 021-2004MDSJM, modificada por la Ordenanza Nº 026-MDSJM, mediante la cual se establece el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio anual 2005, aprobadas MORDAZA por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CASTAGNOLA PINILLOS Regidor Metropolitano 03695

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Modifican articulos de la Ordenanza Nº 90-MDCH referente al Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Vecinal para el Ejercicio 2005
ORDENANZA Nº 093-MDCH Chaclacayo, 21 de enero del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO: El Informe Nº 010-GDATR-MDCH-2005, procedente de la Gerencia de Administracion Tributaria de fecha 20.1.2004; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Servicio de Administracion Tributaria SAT de MORDAZA, mediante Requerimiento Nº 174-078-00000024 y Nº 105-078-0000083 referido a la Ordenanza Nº 090MDCH del Concejo Distrital de Chaclacayo, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Vecinal para el Ejercicio 2005; tienen que someter a procedimiento de RATIFICACION por parte de la Municipalidad Provincial respectiva, de conformidad a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en lo que respecta a las citadas observaciones, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas de nuestra Municipalidad, ha evaluado y realizado las modificaciones a la Ordenanza Nº 090-MDCH, referida al Informe Legal, Informe Tecnico, la Estructura desagregada y detallada de los costos, la Explicacion detallada de los criterios de distribucion de los costos de los servicios prestados, respecto de cada arbitrio, se debera indicar el numero de contribuyentes entre los cuales se distribuira el costo del servicio de acuerdo con los criterios de distribucion definidos, asi como el numero de contribuyentes inafectos y exonerados y la estimacion de ingresos anuales de acuerdo a la estructura de tasas definidas en la ordenanza materia de ratificacion; Que, con fecha 19 de MORDAZA del 2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha emitido la Ordenanza Nº 648, que establece que el ciudadano no se encuentra obligado a efectuar pago alguno, sobre documentos de cobro que no consignen el Acuerdo de Concejo que ratifica la Ordenanza respectiva; Que, por consiguiente es necesario aprobar las modificaciones a la Ordenanza Nº 90-MDCH que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Vecinal para el Ejercicio 2005, conforme a la propuesta alcanzada por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y Articulo Nº 195 Incisos 3) y 4) de la Constitucion Politica del Peru, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta el Concejo por MAYORIA aprobo la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo 14º de la Ordenanza Nº 90-MDCH por el texto siguiente: Articulo 14º.- El monto mensual de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Seguridad Vecinal para los predios comprendidos dentro del articulo 8º, se determinan aplicando los costos del servicio establecidos de la siguiente manera:

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