Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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14 000 000,00 ------------------14 000 000,00 ===========

4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Credito InternoBanco de la Nacion TOTAL DE INGRESOS

Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplia hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 09296. Que, el numeral 3.3 de la Ley MORDAZA indicada, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada linea de Credito seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa opinion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Que, de igual manera el primer parrafo de la Decima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza al Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes del Credito extraordinario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion al MORDAZA de la MORDAZA disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 442 y sus modificatorias , a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo propuesto por la Direccion General del Programa Multianual del Sector Publico, en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 0662005-EF/15, que aprueba la Directiva Nº 003-2005-EF/ 68.01-Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; Que, la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres creada por Decreto Supremo Nº 0812002-PCM ha evaluado y priorizado la ejecucion de acciones a cargo de diversos pliegos presupuestarios para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI, Decimo MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Incorporase via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, hasta por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.14 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4.00 4.1.0 4.1.1 (En Nuevos Soles) : 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 14 000 000,00 14 000 000,00

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil 07 : Defensa y Seguridad Nacional 024 : Defensa Contra Siniestros 0066 : Defensa Civil 00164 : Coordinacion del Sistema Nacional de Defensa Civil 11 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital TOTAL EGRESOS

14 000 000,00 ------------------14 000 000,00 ===========

Articulo2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.-Notas de Modificacion La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA, las mismas que seran aprobadas mediante resolucion del Titular del Pliego, debiendo presentar, MORDAZA de la Resolucion, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema nacional de Presupuesto. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de febrero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 03918

EDUCACION
Aprueban Reglamento de los Comites de Gestion Presupuestaria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0124-2005-ED MORDAZA, 18 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que de conformidad con los articulos 26º, 36º y 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, asi como los articulos 79º y 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, corresponde al Ministerio de Educacion liderar la gestion para conseguir el incremen-

FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO

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