Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005

to de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular del Pliego es responsable de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos institucionales y nacionales y, en lo especifico, al cumplimiento de las metas establecidas en los presupuestos institucionales; Que el articulo 71º de la Ley Nº 28411 senala que los Presupuestos Institucionales de los Pliegos Presupuestarios se articulan con sus respectivos Planes Estrategicos, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a traves de los Planes Operativos Institucionales, en los aspectos orientados a la asignacion de los fondos publicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que mediante Ley Nº 28427 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2005; Que mediante Decreto Supremo Nº 163-2004-EF, se establece las disposiciones para la mejora de la calidad del gasto publico y se crea el Sistema de Seguimiento y Evaluacion del Gasto Publico; Que resulta pertinente establecer las normas tecnicas para promover el MORDAZA participativo en la gestion presupuestaria al interior de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion y Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales que tienen a su cargo la educacion basica y superior no universitaria para lograr, de manera consensuada, la distribucion y/o redistribucion del presupuesto autorizado, asi como la distribucion de los calendarios de compromisos asignados por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, en concordancia con los objetivos y metas del presupuesto en el MORDAZA de sus correspondientes Planes Operativos Institucionales, contribuyendo a la consolidacion del Presupuesto Nacional en Educacion; Que al MORDAZA de las consideraciones precedentes, es necesaria la creacion de un Comite de Gestion Presupuestaria en cada Unidad Ejecutora que tiene a cargo la Educacion Basica y Superior no Universitaria en el Pliego 010 Ministerio de Educacion y los Pliegos de los Gobiernos Regionales a nivel nacional, con la finalidad de garantizar una gestion presupuestaria transparente, democratica, racional y descentralizada, que garantice el uso eficiente de los recursos publicos en las prioridades educativas enmarcadas en los Planes Operativos Institucionales; y, De conformidad con la Ley Nº 28044, la Ley Nº 27783, la Ley Nº 28411, la Ley Nº 28112 y la Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nº 051-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 015-2002-ED y Nº 011-2002-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Institucionalizar los Comites de Gestion Presupuestaria, como instancias de apoyo a la gestion institucional, en cada una de las Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria del Pliego 010 Ministerio de Educacion y coordinar su implementacion en las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales a nivel nacional, a fin de garantizar el uso eficiente de los recursos publicos en las prioridades educativas enmarcadas en los Planes Operativos Institucionales. Articulo 2º.- Aprobar el Reglamento de los Comites de Gestion Presupuestaria, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General el monitoreo y supervision de la implementacion de los Comites de Gestion Presupuestaria en las Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria del Pliego 010 Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- Encargar a la Viceministerio de Gestion Institucional el monitoreo y supervision de la implementacion de los Comites de Gestion Presupuestaria en las Unidades Ejecutoras que tengan a su car-

go la Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria en las Unidades Ejecutoras Pliegos de los Gobiernos Regionales a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion REGLAMENTO DE LOS COMITES DE GESTION PRESUPUESTARIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º - Definicion Los Comites de Gestion Presupuestaria, en adelante "Los Comites", son instancias de participacion efectiva de los funcionarios y responsables de metas presupuestarias de las Unidades Ejecutoras durante la fase de ejecucion presupuestaria, cuya funcion es acordar la distribucion del presupuesto autorizado, asi como la distribucion y/o redistribucion de los calendarios de compromisos asignados por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, en concordancia con los objetivos y metas del presupuesto en el MORDAZA de sus correspondientes Planes Operativos Institucionales, contribuyendo a la consolidacion del Presupuesto Nacional en Educacion. Articulo 2º - Ambito de aplicacion. El presente reglamento sera aplicable a todas las Unidades Ejecutoras que tienen a su cargo la Educacion Basica y Superior no Universitaria, que conforman el Pliego 010 Ministerio de Educacion y los Pliegos de los Gobiernos Regionales a nivel nacional. Articulo 3º - Creacion y Conformacion de los Comites. Cada una de las Unidades Ejecutoras que tienen a su cargo la Educacion Basica y Superior no Universitaria, que conforman el Pliego 010 Ministerio de Educacion y las que correspondan a los Pliegos de los Gobiernos Regionales a nivel nacional, conformaran y crearan mediante Resolucion del Titular de la Unidad Ejecutora, un Comite de Gestion Presupuestaria, cuyo centro de operacion sera el local de la Sede Central de la misma. Para los efectos se adjunta el modelo de la mencionada Resolucion. Precisiones con respecto a la conformacion y creacion de los Comites de Gestion Presupuestaria: 3.1. Los Comites de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion que operan en la Sede Central del Ministerio, asi como las Unidades Ejecutoras a cargo de la Comision de Coordinacion y Administracion de la Ejecucion de los Proyectos con Financiamiento Externo - COMPFE deberan estar conformados por los siguientes miembros: - El Titular de la Unidad Ejecutora, quien la preside, - El Jefe de la Oficina de Planificacion o quien haga sus veces, como Vicepresidente, - El Jefe de la Unidad de Presupuesto o quien haga sus veces, como Secretario Tecnico, - El Jefe del Area de Administracion o quien haga sus veces, - El Jefe del Area de Abastecimiento o quien haga sus veces. - Los responsables de las metas presupuestarias de la Unidad Ejecutora. 3.2. Los Comites de las demas Unidades Ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educacion, asi como los correspondientes a las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales que tienen a su cargo la Educacion Basica y Superior no Universitaria, deberan estar conformados por los siguientes miembros: - El Titular de la Unidad Ejecutora, quien la preside, - El Jefe de la Oficina de Gestion Institucional o quien haga sus veces, como Vicepresidente,

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