Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2005 (22/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 12861

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican el Reglamento de Circulacion y Uso de la Av. MORDAZA "Boulevard Las Malvinas"
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 289-05-MML/DMTU MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ley General de Transporte Terrestre y MORDAZA Terrestre Nº 27181, concuerdan que las Municipalidades Provinciales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones exclusivas en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, debiendo normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre, asi como planificar, regular y gestionar el transporte publico y el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos concernientes a su jurisdiccion; Que, Ley Nº 27181 reconoce a las Municipalidades Provinciales como una de sus competencias, el de fiscalizar a traves de la supervision, deteccion de infracciones e imposicion de sanciones por incumplimiento de los dispositivos legales vinculados al transporte y al MORDAZA terrestre; Que, el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, en su articulo 5º tambien reconoce que las autoridades competentes en materia de MORDAZA son las Municipalidades Provinciales las cuales tienen competencias normativas, de gestion y fiscalizacion, dentro de su ambito territorial, y en sus articulos 120º, 123º literal e y 140º establecen que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA podra prohibir o restringir la circulacion de vehiculos o tipos de vehiculos en determinadas areas o vias publicas, establecer regulaciones en el uso de la via publica o en parte de MORDAZA, en donde la circulacion se MORDAZA como este cuerpo MORDAZA lo determine y los vehiculos deberan entrar o salir de ellas en las condiciones que esta establezca; Que, de acuerdo con el Edicto Nº 021, del 1 de MORDAZA de 1985 y sus modificatorias, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA es el organo responsable de administrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a la regulacion del transporte colectivo, la circulacion y el transito;

Que, despues de recuperar y rehabilitar la infraestructura de las primeras seis cuadras de la Av. MORDAZA por la obra "Boulevard Las Malvinas" impulsandolo como emporio comercial del distrito de MORDAZA y obedeciendo a la politica de reordenamiento del MORDAZA, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de esta Direccion Municipal emitio el Reglamento1 de Circulacion y Uso de la Av. MORDAZA estableciendo parametros para el correcto uso de esta via que permita y garantice una fluida circulacion vehicular contribuyendo asi el bienestar general de la poblacion y de los que transitan, laboran o residen en dichos corredores viales; Que, sin embargo la renovada MORDAZA comercial necesita la confianza de sus clientes que requieran ingresar con sus respectivos vehiculos o en taxis autorizados a las playas de estacionamientos de los diferentes establecimientos comerciales; Que, en efecto, el Informe Nº 114-2005-MML/DMTUDGTO-DSOV del 01/07/2005, sugiere que se permita la circulacion de los vehiculos particulares que hacen usos de las playas de estacionamiento y demas locales autorizados asi como la circulacion de taxis metropolitanos, por los razones que alli se exponen; Que, por ello resulta conveniente modificar el Reglamento de Circulacion y Uso de la Av. MORDAZA, "Boulevard Las Malvinas"; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27181, Ordenanza Nº 104 y demas normas ampliatorias y complementarias, Ordenanza Nº 132 y 131 y el Reglamento Nacional de Transito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral 1.3 del inciso 1 y el numeral 2.3 del inciso 2 del articulo 4º y el articulo 5º de la Resolucion Directoral Municipal Nº 399-03-MML/DMTU, con el texto siguiente: "Articulo 4º.- (...) 1.3. En ambos carriles deberan circular exclusivamente vehiculos destinados al servicio de transporte publico regular de pasajeros. No podran circular por otros carriles que no MORDAZA estos. Excepcion Unica: Los vehiculos particulares y de Taxi Metropolitano autorizado podran circular cuando se dirijan a un establecimiento comercial o ingresen a un estacionamiento particular, quedando prohibido el estacionamiento en la calzada. En este caso el conductor debera utilizar el menor tramo posible de los carriles exclusivos. (...) 2.3. Por estos carriles deberan circular solamente vehiculos dedicados al servicio de transporte especial o modal de pasajeros, de carga e interprovincial debidamente autorizados, ademas de vehiculos particulares. No podran circular por otros carriles que no MORDAZA estos, salvo con las excepciones determinadas en el inciso 1.3 de este articulo. Queda terminantemente prohibido parar o detenerse, con la excepcion de la indicacion de la luz roja de los semaforos. Los vehiculos de servicio de transporte carga y residuos solidos podran circular con la autorizacion de circulacion que emita la Direccion de Supervision de Obras Viales en los horarios y condiciones que MORDAZA establezca, pudiendo ingresar a los carriles exclusivos Nº 1 y 2 para la carga y descarga de mercaderias solo en el horario nocturno. (...) Articulo 5º.- Los paraderos de Transporte Publico se establecen unicamente para el embarque y desembarque

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La Resolucion Directoral Municipal Nº 399-03-MML/DMTU [publicado:20/12/ 2003], aprobo el Reglamento de Circulacion y Uso de la Av. MORDAZA desde la Cdra. 1 a la 6 ­ Boulevard Las Malvinas.

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