Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2005 (22/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2005

de pasajeros. En la Av. MORDAZA, la Direccion General de Transporte determinara mediante Resolucion Directoral General la ubicacion de los paraderos de transporte publico para el uso exclusivo de los vehiculos habilitados por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la prestacion del servicio de transporte publico regular de pasajeros. Dicha resolucion debera establecer la ubicacion y demas caracteristicas generales establecidas al respecto. En cuanto a los vehiculos del Servicio de Taxi podran dejar y/o recoger pasajeros en un tiempo MORDAZA de 15 segundos y 10 metros MORDAZA o despues de una interseccion. De no presentarse pasajeros para abordar ni solicitud para descender del vehiculo, este debera continuar su marcha sin detenerse." Articulo 2º.- En el numeral 2.2 del inciso 2. Reglas Especificas del Articulo 9º del Reglamento de Circulacion y Uso de la Av. MORDAZA, "Boulevard Las Malvinas" deben considerarse las excepciones establecidas en el articulo 1º de esta resolucion Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Supervision, Control y Sanciones de esta Direccion Municipal, a que dispongan Inspectores Municipales de Transporte para el cumplimiento de lo dispuesto. Articulo 4º.- Encomendar a la Division de la Policia de MORDAZA (DIVPOLTRAN) y a la Comisaria del Sector, a fin que efectuen operativos de control y fiscalizacion permanente o presten el apoyo segun sus competencias y atribuciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal Direccion Municipal de Transporte MORDAZA 12969

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Declaran fundada denuncia vecinal contra la empresa "Juegos y Diversiones Oriental" representante del Espectaculo "Hollywood on Ice"
RESOLUCION GERENCIAL Nº 323-2005-MPL-GDU Pueblo Libre, 19 de MORDAZA de 2005 EL GERENTE DE LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO.- El Expediente Nº 9138-2005, en el que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuyubamba y Otros formulan Denuncia Vecinal contra el funcionamiento de espectaculos y eventos como instalacion de circos en la esquina formada por la Av. MORDAZA MORDAZA (antes La Mar) y Av. Universitaria, y el Informe Legal Nº 1192-2005-MPL-GDU/DLA. CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 9210 - 2005, la Empresa "JUEGOS Y DIVERSIONES ORIENTAL" representada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ayo manifiesta que esta Corporacion habria negado una supuesta solicitud de Autorizacion de funcionamiento y exoneracion del pago del impuesto de Espectaculo Publico No Deportivo, para espectaculo de Patinaje sobre Hielo denominado "HOLLYWOOD ON ICE"que se pretende realizar en la esquina formada por la Av. MORDAZA MORDAZA (antes La Mar) y Av. Universitaria; Que, posteriormente en expediente Nº 9138-2005, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuyubamba y Otros formulan Denuncia Vecinal contra el funcionamiento de espectaculos y eventos como instalacion de circos en la esquina formada por la Av. MORDAZA MORDAZA (antes La Mar) y Av.

Universitaria, por ocasionar ruidos molestos, emitir humos, etc; Que el Articulo 118º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece el derecho de los vecinos a formular denuncias por escrito sobre infracciones, individual o colectivamente, y la obligacion de la autoridad municipal de dar respuesta en la misma forma, y a imponer las sanciones correspondientes o, en caso pertinente, a declarar de manera fundamentada la improcedencia de dicha denuncia; Que, asimismo el Articulo 105º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 senala que todo administrado esta facultado para comunicar a la autoridad competente aquellos hechos que conociera contrarios al ordenamiento, y que su MORDAZA obliga a practicar las diligencias preliminares necesarias, y una vez comprobada su verosimilitud, a iniciar de oficio la respectiva fiscalizacion, de verificarse la comision de las infracciones imponer las sanciones a las que hubiere lugar, en el ejercicio de su capacidad sancionadora reconocida en el Art. 46º de la Ley Nº 27972; Que, en aplicacion de las normas MORDAZA citadas la Municipalidad de Pueblo Libre ha dado cumplimiento al deber de realizar la respectiva fiscalizacion a fin de verificar la veracidad de las imputaciones, realizando las respectivas inspecciones oculares; Que, de acuerdo al Informe Nº 157-2005-MPL-GSCDDC de la Division de Defensa Civil de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en Inspeccion Ocular efectuada en el terreno materia del presente y sus circundantes, con la finalidad de determinar las condiciones en el aspecto de seguridad y MORDAZA, se ha comprobado cinco (5) efectos negativos en la MORDAZA, precisando que el nivel de riesgo y la probabilidad de producirse accidentes ante emergencias o sismos es elevado, lo que pone en peligro la MORDAZA y la salud de los habitantes, transeuntes y usuarios; Que, en Informe Nº 079-2005-MPL-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana en el estudio realizado en la MORDAZA y al contar con la opinion negativa de la Division de Serenazgo y la Division de Defensa Civil se recomendo que ante el alto nivel de riesgo generado por el desarrollo comercial de la MORDAZA, no se recomienda otorgar Autorizaciones para el funcionamiento del MORDAZA de establecimiento materia del presente; Que, corroborando las imputaciones efectuadas por los vecinos de la MORDAZA aledana, la Division de Licencias y Anuncios ha senalado en el Informe Nº 1192-2005MPL-GDU/DLA que en inspeccion ocular efectuada en el predio materia del presente, se ha constatando que la Empresa Denunciada viene instalando estructuras metalicas de soporte, procedimiento que genera la emision de ruidos molestos, y que hasta la fecha la Empresa Denunciada no ha presentado solicitud para la instalacion de la estructura metalica o para el funcionamiento de algun espectaculo que pueda desarrollarse bajo dicha estructura, ni mucho menos cuenta con la Licencia correspondiente; Que, considerando lo MORDAZA senalado ha quedado plenamente demostrado no solo que la realizacion de espectaculos publicos de la naturaleza que pretende realizar la empresa denunciada pondria en grave riesgo la MORDAZA y la salud de los habitantes, transeuntes y usuarios, sino tambien que no se ha solicitado Autorizacion Municipal para su realizacion, como lo establece la Ordenanza Nº 142-MPL, por lo que las imputaciones vertidas por la misma devienen en infundadas y no desvirtuan el hecho que se pretenda realizar espectaculos no deportivos sin contar con la respectiva licencia, ademas de ocasionar ruidos molestos; De conformidad a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la Denuncia Vecinal formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuyubamba y Otros contra la Empresa "JUEGOS Y DIVERSIONES ORIENTAL" representante artistico del espectaculo denominado "HOLLYWOOD ON ICE", por ocasionar rui-

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