Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2005 (24/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 24 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que considerando la relacion oficial de 141 expedientes de solicitudes de permisos de pesca presentada por la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA, la misma considera que la solicitud de permiso de pesca presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA no habria sido recepcionada ni admitida a tramite por dicha dependencia regional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0032000-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 004-2002PRODUCE, y la Resolucion Ministerial Nº 130-2002PRODUCE; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal m) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Oficio Nº 11592005-PRODUCE/DNEPP-Dchi, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion ViceMinisterial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del Litoral, a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 16272

Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del senor MORDAZA GAMERO MORDAZA, y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes Titular y Suplente del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente, ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, al doctor MORDAZA SERVAT MORDAZA DE SOUSA, Viceministro de Trabajo, como representante Titular del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, creada mediante Decreto Supremo Nº 0572001-PCM. Ar ticulo 3º.- Dejase sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 228-2004-TR, de fecha 31 de agosto de 2004. Articulo 4º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 16380

Designan representante titular del Ministerio ante el Consejo Nacional del SENATI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-2005-TR MORDAZA, 22 de setiembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 1633-2005-MTPE/4, de fecha 14 de setiembre de 2005, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26272, Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, el Consejo Nacional de dicha institucion constituye el mas alto organo de Gobierno; Que, el articulo 6º de la citada Ley senala que el Consejo Nacional del SENATI, esta conformado, entre otros, por un integrante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, por convenir al servicio, corresponde designar al MORDAZA representante Titular del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el referido Consejo Nacional de SENATI; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26272; el literal d) del ar ticulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PUNTRIANO MORDAZA, como representantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente, ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA IRIVARREN MORDAZA, Director Ejecutivo del

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representante titular del Ministerio ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2005-TR MORDAZA, 22 de setiembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 1637-2005-MTPE/4, de fecha 14 de setiembre de 2005, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, de fecha 21 de MORDAZA de 2001, se creo el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras como un organo del Poder Ejecutivo, encargado de proponer la politica de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, el articulo 3º del citado Decreto Supremo, establece que el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras estara presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, e integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes seran nombrados por Resolucion Ministerial del Sector que representan; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder

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