Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2005 (24/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de setiembre de 2005

CONASEV
Disponen exclusion de bonos de la "Primera Emision de Bonos COFIDE" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIAL Nº 058-2005-EF/94.45 MORDAZA, 20 de septiembre de 2005 VISTOS: El Expediente Nº 2005024129 presentado por la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., asi como el Informe Interno Nº 0137-2005-EF/94.45.2 del 19 de septiembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0911999-EF/94.11 del 14 de MORDAZA de 1999 se dispuso la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores del "Primer Programa de Valores Representativos de Deuda de COFIDE" por un monto de hasta S/. 700 000 000,00 (Setecientos Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante la referida resolucion se dispuso la inscripcion de la "Primera Emision de Bonos COFIDE" por un monto MORDAZA de S/. 175 000 000,00 (Ciento Setenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, en el MORDAZA de la "Primera Emision de Bonos COFIDE" se colocaron bonos por un valor de S/. 125 000 000,00 (Ciento Veinticinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) los cuales han sido amortizados en su oportunidad por el emisor; Que, el 5 de septiembre de 2005 Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los bonos correspondientes a la "Primera Emision de Bonos COFIDE"; Que, el 9 de septiembre de 2005 la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de deslistar los bonos correspondientes a la "Primera Emision de Bonos COFIDE" y de elevar el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores establece como causal para la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores su amortizacion, el rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38º de la referida MORDAZA, en concordancia con el articulo 34º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de los bonos denominados "Primera Emision de Bonos COFIDE" se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 38º, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2º, numeral 2 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que deben ser objeto de difusion a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de CONASEV las resoluciones administrativas referidas a la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico del MORDAZA de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el ar ticulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores y el acuerdo del directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los bonos correspondientes a la "Primera Emision de Bonos COFIDE" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los bonos correspondientes a la "Primera Emision de Bonos COFIDE" del Registro Publico del MORDAZA de Valores.

Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion a Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE, en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de representante de obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerencia de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 16270

CONSUCODE
Modifican la Directiva Nº 001-2004CONSUCODE/PRE que regula el Reporte de Informacion sobre procesos de seleccion y contratos al SEACE
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 345-2005-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 21 de setiembre de 2005 VISTO: El Memorandum Nº 312 -2005/GTN de fecha 14.9.2005, mediante el cual la Gerencia Tecnico Normativa solicita la precision de la Directiva Nº 001-2004CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 0172004-CONSUCODE/PRE, y modificada mediante Resolucion Nº 059-2004/CONSUCODE/PRE; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE tiene, entre otras funciones, la de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratacion publica, pudiendo dictar para tal efecto las disposiciones complementarias pertinentes; Que, mediante Resolucion Nº 017-2004CONSUCODE/PRE de fecha 16.1.2004, se aprobo la Directiva Nº 001-2004-CONSUCODE/PRE, que regula el Reporte de Informacion sobre procesos de seleccion y contratos al Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, la misma que fue modificada por Resolucion Nº 059-2004/CONSUCODE/ PRE, encontrandose vigente desde el 1.7.2004; Que, a fin de precisar el contenido del reporte de los procesos de seleccion y sus correspondientes contratos, a ser reportada al CONSUCODE por las Entidades que se encuentran bajo el ambito de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, resulta per tinente incluir en la Directiva Nº 001-2004CONSUCODE/PRE, el detalle de la informacion que dichas entidades estan obligadas a reportar en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado que administra CONSUCODE; Que, asimismo, con la finalidad de precisar y uniformizar los criterios para el reporte y/o comunicacion de informacion sobre los procesos de seleccion y sus contratos que las Entidades estan obligadas a remitir a este Consejo Superior, es necesario dejar sin efecto en lo que se oponga a la Directiva MORDAZA citada, lo normado por las Directivas Nº 0112001-CONSUCODE/PRE y Nº 014-2001-CONSUCODE/ PRE, aprobadas por Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE/PRE y Nº 119-2001-CONSUCODE/PRE, respectivamente, y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/

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