Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2005 (24/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, sabado 24 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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de inscripcion de las listas de candidatos, de acuerdo a lo indicado en el cronograma electoral. El Comite Electoral publicara, por un periodo de tres (3) dias habiles, en un lugar visible de los locales municipales, la lista provisional de candidatos y le asignara un numero de acuerdo al orden de prelacion al momento de la inscripcion, por cada subsector. Las listas podran presentar un personero ante la mesa de sufragio. Articulo 16º.- Requisitos para ser Candidato Para ser candidato a delegado vecinal se requiere: 1. Ser ciudadano en ejercicio, o extranjero domiciliado en el Peru, mayor de 18 anos. 2. Tener domicilio en el subsector del distrito al que postula. 3. Estar inscrito en el Padron Electoral. 4. Postular a un solo subsector del distrito. Articulo17º.- Impedimentos Estan impedidos de ser candidatos: 1. Los alcaldes, regidores y trabajadores en ejercicio, de cualquier municipio del MORDAZA y sus respectivos conyuges. 2. Toda persona contratada bajo cualquier modalidad en la Municipalidad Distrital de San Isidro. 3. Quienes cuentan con sentencia penal firme y ejecutoriada al momento de su inscripcion como candidato. Articulo 18º.- Tachas Las tachas a los candidatos inscritos se pueden presentar en los plazos establecidos en el cronograma electoral. Las tachas deben estar debidamente sustentadas en las causales establecidas en el Articulo 17º y para aquellos candidatos que incumplan los requisitos fijados en el Articulo 16º. Las tachas seran resueltas por el Comite Electoral, dentro del plazo de tres (3) dias habiles culminado el plazo anterior, siendo la resolucion que se emita, inapelable. Articulo 19º.- Publicacion de la Relacion Definitiva de Candidatos Una vez resueltas las impugnaciones presentadas, si las hubiere, el Comite Electoral procedera a la publicacion de la relacion definitiva de las listas de candidatos, asignandoles previamente un numero de acuerdo a lo senalado en el articulo 15º. Los carteles que incluiran las listas de candidatos, con sus nombres completos y sus numeros correspondientes, seran publicadas por el Comite Electoral en lugares visibles de los locales municipales, asi como, en lugares visibles de los locales de votacion y en la camara secreta, el dia de la eleccion. CAPITULO V MORDAZA ELECTORAL Articulo 20º.- Acto Electoral El acto electoral se realizara desde las 10.00 a.m. hasta las 3.00 p.m. del dia senalado en el Decreto de Convocatoria. El Comite Electoral podra invitar a la ONPE para asistencia tecnica, al MORDAZA Nacional de Elecciones para fiscalizar el MORDAZA y otras instituciones para observar el MORDAZA electoral. Las mesas de sufragio estaran conformadas por tres miembros que seran personal asignado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, siendo la relacion publicada en los locales de la municipalidad. Las listas de candidatos podran presentar un personero ante la mesa de sufragio, los que deberan ser vecinos de algun subsector del distrito. Los candidatos no podran ser personeros. Articulo 21º.- Instalacion de las Mesas de Sufragio Los miembros de mesa se reuniran a las 9.00 a.m. en el dia y lugar establecidos en la convocatoria, verificando que el material electoral se encuentre conforme. El material electoral esta conformado por el padron electoral, las listas de candidatos, las cedulas de votacion, una cabina de votacion, un anfora, el acta electoral, lapiceros, tampon, etc.

Los miembros de mesa, verificaran la relacion de las listas de candidatos; y que los carteles que contienen las listas de los candidatos se encuentren pegados en el local de votacion y en la camara secreta. El acto electoral se inicia a las 10.00 a.m con la instalacion de la mesa de sufragio, procediendose a llenar el acta de instalacion. Articulo 22º.- Implementacion del Sufragio Electronico Para la eleccion de los delegados vecinales se podra implementar total o parcialmente el sufragio electronico, contando para ello con la asesoria y asistencia tecnica de la ONPE y la fiscalizacion del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 23º.- Votacion Una vez instalada la mesa de sufragio, los miembros de mesa procederan a identificar al vecino elector solicitandoles su documento nacional de identidad o carne de extranjeria, luego le entregaran la cedula, pasando el elector a la camara secreta a emitir su voto. Acto seguido, el vecino elector depositara su MORDAZA en el anfora, suscribira el padron electoral y colocara su huella digital, recibiendo su documento nacional de identidad o carne de extranjeria por parte de los miembros de mesa. Articulo 24º.- Caracteristicas del MORDAZA El MORDAZA es voluntario, secreto e indelegable. El MORDAZA es valido cuando el mismo se realiza con una MORDAZA o un aspa que junta sus intersecciones dentro del cuadro correspondiente al numero de una de las listas de candidatos en la cedula de votacion. El MORDAZA nulo es aquel cuya MORDAZA no cumple con las condiciones del MORDAZA valido. El MORDAZA en MORDAZA, es aquel que no tenga MORDAZA alguna. Articulo 25º.- Culminacion de la Votacion La votacion concluira a las 3.00 p.m., levantandose el Acta de Sufragio. Luego se llevara a cabo el escrutinio. Los resultados se anotaran en el Acta de Escrutinio que sera suscrita, en cuatro (4) ejemplares, por los miembros de mesa y por los personeros, los que se distribuiran de la siguiente manera: a) Un ejemplar para el Comite Electoral. b) Un ejemplar para el Alcalde. c) Un ejemplar para la ONPE. d) Un ejemplar para el JNE. El escrutinio es un acto publico e ininterrumpido. Las impugnaciones se deberan formular en el mismo acto electoral. Los miembros de mesa las resolveran por mayoria simple, en primera instancia y en el mismo acto electoral. El Comite Electoral las resolvera en MORDAZA y definitiva instancia, dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. Las cedulas utilizadas y no impugnadas asi como las no utilizadas, seran destruidas una vez terminado el escrutinio. Articulo 26º.- Proclamacion El Comite Electoral recibe de los presidentes de mesa las Actas Electorales, las anforas y el material electoral, con el resultado final. Se eligen como delegados vecinales a los miembros de las listas que obtengan las votaciones mas altas por subsector y que hayan alcanzado un minimo de treinta (30) votos validos. De lo contrario, el subsector no tendra representacion. En caso de empate se procedera a efectuar un sorteo, en acto publico, el cual se realizara dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. El Comite Electoral comunicara a los personeros, a la ONPE y al MORDAZA Nacional de Elecciones, el lugar y fecha del sorteo. Una vez resueltas las impugnaciones y efectuado el sorteo, de ser el caso, a las 72 horas de realizado el acto electoral, el Comite Electoral proclamara a los candidatos que resulten elegidos, mediante una comunicacion escrita al MORDAZA indicando la relacion de las listas electas y adjuntando las Actas Electorales. Une vez recibido lo indicado anteriormente, se procedera con la emision de la Resolucion de Alcaldia, indicando lugar, fecha y hora de la entrega de credenciales respectivas.

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