Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2006 (04/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de diciembre de 2006

de la relacion de clientes excluidos del registro de operaciones y comunicacion de resultados; asi como el numero de clientes excluidos del registro de operaciones durante el ano. c) Capacitacion del personal en temas relativos a la prevencion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo, que incluye la informacion sobre la capacitacion recibida y el listado de personas capacitadas. d) Cumplimiento del Codigo de Conducta por parte de todas las personas senaladas en el numeral 4.1 del articulo 4º de la presente MORDAZA, senalando aquellos casos en que este ha sido incumplido y las medidas correctivas adoptadas, asi como informacion respecto de la suscripcion del documento a que se refiere el numeral 4.4 del articulo 4º de la presente norma. e) Conocimiento del personal, incluyendo gerentes y miembros del Directorio, mediante la evaluacion de sus antecedentes personales, laborales y patrimoniales. f) Registro de operaciones, analisis y verificacion que dicho registro esta siendo debidamente llenado por el personal encargado. g) Mantenimiento de registros de informacion de clientes y sus operaciones por el plazo legal. h) Estadisticas anuales de operaciones sospechosas comunicadas a la UIF-Peru por mes. i) Estadisticas anuales de operaciones inusuales detectadas. j) Cambios y actualizaciones del Manual. k) Informacion sobre el personal, de ser el caso, que labora con el Oficial de Cumplimiento para realizar las funciones senaladas en el articulo 25º de la presente MORDAZA, asi como indicar la capacitacion recibida en materia de prevencion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo. l) Sanciones aplicadas a los trabajadores durante el ano debido a incumplimientos del sistema de prevencion, incluyendo informacion sobre la identidad de los trabajadores involucrados. m) Observaciones formuladas por la auditoria interna, auditoria externa y CONASEV, si las hubiere, asi como las acciones tomadas al respecto y la oportunidad de las mismas. n) Estadisticas anuales de comunicaciones atendidas de la UIF-Peru, CONASEV, Ministerio Publico, Poder Judicial y de toda otra autoridad competente. n) Otros aspectos importantes a criterio del Oficial de Cumplimiento. 28.2 En caso se produjeran, en el siguiente semestre, cambios significativos respecto de la evaluacion anual de los aspectos MORDAZA senalados, tales cambios deberan describirse en el siguiente informe semestral del Oficial de Cumplimiento, asi como el impacto que estas modificaciones hayan tenido en el sistema de prevencion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo. Articulo 29º.- Plazos para la MORDAZA de los informes semestrales del Oficial de Cumplimiento 29.1 Los informes semestrales del Oficial de Cumplimiento deben ser puestos en conocimiento del Directorio del sujeto obligado, dentro del mes calendario siguiente al vencimiento del periodo semestral respectivo, MORDAZA de ser presentados a CONASEV y a la UIF-Peru. 29.2 Los informes semestrales se deberan presentar a CONASEV y a la UIF-Peru a mas tardar dentro de los quince dias calendario siguientes a la fecha en que se hayan puesto los informes en conocimiento del Directorio u organo similar del sujeto obligado. Dichos informes deberan presentar evidencia de haber sido presentados con anticipacion al Directorio del sujeto obligado.

SUBCAPITULO III DE LA AUDITORIA INTERNA Y EXTERNA Articulo 30º.- Auditoria interna 30.1 El diseno y aplicacion del sistema de prevencion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo es responsabilidad de cada sujeto obligado y debe ser cumplido y evaluado por su Auditoria Interna a fin de verificar el cumplimiento de dicho sistema, asi como de las normas establecidas en la Ley, el Reglamento y demas disposiciones relacionadas con la prevencion de MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo, sobre la base de los principios generales del control interno y las tecnicas de auditoria aplicables. 30.2 Aquellos sujetos obligados que no cuenten con una Auditoria Interna, pero que de acuerdo con las disposiciones emitidas por CONASEV cuenten con un funcionario u organo que ejerza las atribuciones y responsabilidades respecto del control interno del sujeto obligado, deberan cumplir con las funciones establecidas en la Ley, el Reglamento y la presente MORDAZA, referidas a la Auditoria Interna; caso contrario, estaran exceptuados de dichas obligaciones. 30.3 La evaluacion del sistema de prevencion en el MORDAZA de la Ley, el Reglamento y demas disposiciones pertinentes, debe presentarse a CONASEV y a la UIFPeru mediante un informe, como anexo al informe semestral del Oficial de Cumplimiento. Articulo 31º.- Labores minimas de la Auditoria Interna El Area de Auditoria Interna de los sujetos obligados o el funcionario u organo que ejerce las funciones de control interno, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30.2 del articulo 30 de la presente MORDAZA, a fin de cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley, el Reglamento, la presente MORDAZA y demas normas aplicables, debera cumplir con realizar las siguientes labores minimas: a) Ejecutar las acciones necesarias para la verificacion del cumplimiento del sistema de prevencion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo en forma oportuna, permanente y documentada, incluyendo la evaluacion del diseno y adecuado funcionamiento del sistema. b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley, el Reglamento, la presente MORDAZA y demas disposiciones relacionadas con la prevencion de MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo. c) Realizar el seguimiento permanente de la implementacion de las observaciones y recomendaciones formuladas como resultado de la evaluacion del sistema de prevencion. d) Disenar un Plan Anual de Auditoria Especial del sistema de deteccion del MORDAZA de activos y/o del financiamiento del terrorismo, con el contenido minimo que se establece en el articulo siguiente de la presente MORDAZA, asi como cumplir con lo senalado en dicho Plan Anual. e) Presentar al Directorio del sujeto obligado los informes que elabore y una MORDAZA de los mismos al Oficial de Cumplimiento. Articulo 32º.- Plan Anual de Auditoria Especial El Area de Auditoria Interna o el funcionario que ejerce las funciones de control interno, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30.2 del articulo 30 de la presente MORDAZA, debera elaborar un Plan Anual de Auditoria Especial del sistema de deteccion del MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo, orientado a mejorar el sistema de control interno para la prevencion, el cual debe ser aprobado por el Directorio u organo equivalente de los sujetos obligados MORDAZA del 31 de diciembre de cada ano y remitido a CONASEV dentro del mismo plazo de MORDAZA del informe del Oficial de Cumplimiento correspondiente al MORDAZA semestre del ano, para lo

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