Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2007 (14/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2007

Que, asimismo, el Articulo 145º del Reglamento precisa tres supuestos expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, siendo uno de ellos el referido a los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, en su Informe Nº 189-082-00000099 la Jefa de la Oficina de Secretaria General, senala que de acuerdo a la MORDAZA de creacion del Servicio de Administracion Tributaria, Edicto Nº 225, y a su Estatuto, Edicto Nº 227, le corresponde al SAT promover la politica tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, recaudar los ingresos municipales por concepto de impuestos, contribuciones, tasas y multas administrativas; ademas, es finalidad del SAT organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos tributarios de la Municipalidad; ejerciendo, entre otras, la funcion de informar adecuadamente a los contribuyentes sobre las normas y procedimientos que deben observar para el cumplimiento de sus obligaciones; Que, en tal virtud, la Oficina de Secretaria General considera conveniente que en el MORDAZA de desarrollo de la MORDAZA informativa sobre el vencimiento de la primera fecha para el pago del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios, correspondiente al ejercicio 2007, se realice una MORDAZA publicitaria en medios masivos de comunicacion como prensa escrita y medio radial con la finalidad de difundir, orientar y fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, tomando en cuenta el estudio de impacto de la Masiva 2006 y los estudios de lectoria y nivel de audiencia en MORDAZA Metropolitana, elaborado por una empresa encuestadora en base a los cuales la Oficina de Secretaria General realizo la seleccion de los medios en los que se difundira dicha publicidad; Que, segun Informe Nº 0049-082-00000488 la Division de Logistica manifiesta haber realizado el estudio de MORDAZA a los medios de comunicacion indicados, proponiendose la contratacion por servicios personalisimos de las siguientes empresas: a) Prensa Escrita: 1. Editora El Comercio (Diarios: El Comercio, El Trome, Peru 21) 2. Grupo La Republica (Diarios: La Republica, El Popular, Libero) 3. Empresa Periodistica Nacional, EPENSA S.A.(Diarios: Correo, Ojo, Aja, El Bocon) 4. Grupo Gestion (Diario Gestion) 5. Sectril S.R.L. (Diario Vocero) 6. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. (Diario El Peruano) 7. Editora La Nacion INC S.A. (Diario La Nacion) 8. Editora Del MORDAZA S.A.C. (Diario Del Pais) 9. SINDESA S.A. (Diarios: Expreso, Extra) 10. Montecristo Editores S.A.C. (Diarios: El MORDAZA, La Razon, Todo Sport, El Men) 11. Millenium Noticias E.I.R.L. (Diarios: El Tio, 2x1) 12. Editora La Primera S.A.C. (Tabloide La Primera) 13. Novolexis S.A.C. (Revista Caretas) b) Medios Radiales: 1. Grupo RPP S.A. (Emisoras: Radio Programas de Peru, Felicidad) 2. Grupo Corporacion Radial del Peru S.A. (Emisoras: La Inolvidable, Moda, Radio Mar) 3. Corporacion Gestion S.A. (Emisora: CPN) Que, de acuerdo a los documentos adjuntos al Memorandum N.° 003-092-00003443, mediante el cual el Gerente de Administracion solicito se tramite la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, la acotada contratacion se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT, segun Resolucion de Gerencia de Administracion N° 03-05-00000339, siendo el valor referencial ascendente

a S/. 94,682.00 (Noventa y cuatro mil Seiscientos Ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley; de acuerdo al siguiente detalle: prensa escrita: S/. 61,227.00 (Sesenta y un mil doscientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles), y, medios radiales: S/. 33,455.00 (Treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles); por el periodo comprendido del 10 al 28 de febrero de 2007; Que, mediante Informe Nº 004-082-00000603, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneracion para la contratacion por servicios personalisimos de los medios de comunicacion masiva indicados precedentemente, bajo los alcances de la causal prevista en el inciso f) del articulo 19°, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de difusion de publicidad en medios radiales y escritos, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el ejercicio 2007, por tratarse de la contratacion de servicios personalisimos que seran prestados por las siguientes empresas: Editora El Comercio Grupo La Republica Empresa Periodistica Nacional (EPENSA S.A.) Grupo Gestion Sectril S.R.L. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. Editora La Nacion INC S.A. Editora Del MORDAZA S.A.C. SINDESA S.A. Montecristo Editores S.A.C. Millenium Noticias E.I.R.L. Editora La Primera S.A.C. Novolexis S.A.C. Grupo RPP S.A. Grupo Corporacion Radial del Peru S.A. Corporacion Gestion S.A. Articulo Segundo.- El valor referencial total para la contratacion indicada en el articulo precedente asciende a la suma de S/. 94,682.00 (Noventa y cuatro mil Seiscientos Ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley; de acuerdo al siguiente detalle: prensa escrita: S/. 61,227.00 (Sesenta y un mil doscientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles), y, medio radial: S/. 33,455.00 (Treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los

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