Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2007 (14/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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c. El beneficio se circunscribe a las sanciones establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones Tributarias aprobada con Ordenanza Nº 127-C/MC, siguientes; Articulo 7º numeral 1. De la Obligacion de inscribirse o acreditar la inscripcion en los Registros de la Administracion: a) No inscribirse en los Registros de la Administracion Tributaria, salvo aquellos que la inscripcion constituya condicion para el goce de un beneficio. Articulo 7º numeral 2. De la Obligacion de presentar declaraciones y comunicaciones ante la Administracion: a) No presentar Declaraciones juradas que contengan la determinacion de la deuda dentro del plazo establecido. b) No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Articulo 7º numeral 4. Del cumplimiento de las obligaciones tributarias: a) No incluir en las declaraciones, patrimonio, actos gravados o percibidos o declarar cifras falsas o datos falsos o omitir circunstancias que influyan en la determinacion de la obligacion tributaria. d. Las multas tributarias vinculadas al Impuesto Predial que se encuentren en Cobranza Coactiva y contra las que se hayan interpuesto medidas cautelares, se acogeran a los beneficios senalados a la cancelacion de la deuda tributaria correspondiente a cada ejercicio determinado. En este caso, la medida cautelar se mantendra hasta la cancelacion total de la deuda materia de la cobranza coactiva. e. El pago al contado de la deuda, en aplicacion de la presente Ordenanza, implica el desistimiento automatico de los recursos impugnativos asi como las solicitudes no contenciosas que se hayan interpuesto contra dichas deudas. 3. ESTABLECER EL BENEFICIO DE REBAJAS de las multas administrativas a que se refiere la Ordenanza Nº 032001-C/MC, modificada con Ordenanza Nº 116-C/MC, de acuerdo a las siguientes consideraciones: a. Rebaja del 90% (noventa por ciento) de la Multa Administrativa a aquellas personas que han cumplido con la obtencion de las correspondientes autorizaciones municipales, b. Rebaja del 80% (ochenta por ciento) de la Multa Administrativa a aquellas personas que han realizado convenio de fraccionamiento y han cumplido con la obtencion de las correspondientes autorizaciones municipales, c. Rebaja del 80% (ochenta por ciento) de la Multa Administrativa a aquellas personas que durante la vigencia de la presente ordenanza cumplan con iniciar el tramite de obtencion de la autorizacion correspondiente, con toda la documentacion exigida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA vigente. d. Rebaja del 70% (setenta por ciento) de la Multa Administrativa para los casos que no se encuentren comprendidos en los incisos anteriores, e. No se encuentran comprendidas en los beneficios senalados, las Multas Administrativas con Codigos 821, 822, 823, 1008, 1028, 1048, 2027, 3002, 3003, 5001, del Cuadro de Infracciones y Sanciones establecida con Ordenanza Nº 03-2001-C/MC, modificada con Ordenanza Nº 116-C/MC, f. El pago de la Multa Administrativa en aplicacion del presente dispositivo, implica el desistimiento automatico de los recursos impugnativos que se hayan interpuesto contra dichas multas. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion

en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 15 de marzo de 2007. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria asi como a la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Unidad de Relaciones Publicas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del Acta para su inmediata publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 26773-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 323-MDEA Mediante Oficio Nº 061-2007-SEGE-MDEA, la Municipalidad Distrital de El MORDAZA solicita se publique la Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 323-MDEA, publicada en la edicion del dia 11 de febrero de 2007. En el Articulo 7º DICE: "No esta permitido el otorgamiento de autorizaciones para la realizacion de las denominadas "FIESTAS CHICHA", asi como las licencias de funcionamiento para bares y cantinas en las inmediaciones de los centros o complejos deportivos. (...)" DEBE DECIR: "No esta permitido el otorgamiento de autorizaciones para la realizacion de las denominadas "FIESTAS CHICHA" o MORDAZA sociales de cualquier MORDAZA que atenten contra la seguridad y tranquilidad del vecindario, asi como las licencias de funcionamiento para bares y cantinas en las inmediaciones de los centros o complejos deportivos. (...)" 26768-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2007 Mediante Oficio Nº 035-2007-MDLM-SG, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 013-2007, publicado en la edicion del dia 8 de febrero de 2007.

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