Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2007 (14/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2007

ANEXO Nº 01 DE LA ORDENANZA Nº 000005-2007-MDSJM CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN DEFENSA CIVIL (CIS) SANCION COMPLEMENTARIA SANCION CODIGO INFRACCION % NO PECUNIARIA UIT 100 CLAUS. 460 Incumplir las normas que establecen el TRANSITORIA reglamento de Inspecciones Tecnicas Art. 17º DS 013-2000-PCM 461 Obstaculizar o negarse a prestar las facilidades necesarias para la adecuada realizacion de las Inspecciones Tecnicas Negarse a presentar la documentacion requerida para la Inspeccion o presentarla de manera inoportuna Proporcionar informacion o documentacion falsa y/o alterada al solicitar la Inspeccion o durante su ejecucion Incumplir las disposiciones de seguridad y proteccion Incumplir las disposiciones emanadas del INDECI, las direcciones regionales, subregionales y de los comites de Defensa Civil derivadas de la ejecucion de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad Construir, obstaculizar y/o ocupar areas de seguridad interna y externa, rutas de escape, salidas de emergencia No contar con las senales de seguridad, rutas de evacuacion , escaleras de emergencia, areas de seguridad interna y externa rutas de escape, salidas de emergencia, etc. No contar con un plan de seguridad y evacuacion de Defensa Civil para casos de emergencia Mantener construcciones ruinosas o en peligro de colapso Mantener instalaciones que contengan o usen contaminantes, material inflamable, explosivos sin las medidas de seguridad en Defensa Civil Transportar y manipular sustancias peligrosas contaminantes sin las medidas de seguridad adecuadas Crear una situacion de peligro inminente que pueda derivar en un desastre que afecte a la poblacion mediante la contaminacion ambiental (aire, agua y suelo) produciendo emanaciones toxicas, asi como producir contaminacion auditiva y radiactiva No exhibir carteles especificando la capacidad del local Mantener deficiencias en la conservacion de las edificaciones destinadas al publico, creando peligro para la seguridad de los usuarios y concurrentes a dicha edificacion No solicitar una Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil, luego de expirar el plazo asignado en la notificacion municipal No tener una Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil vigente Incumplir las disposiciones de Seguridad y proteccion contra incendios Retirar las amonestaciones publicas escritas, MORDAZA del tiempo dispuesto por su exhibicion Aperturar local clausurado transitoriamente sin autorizacion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores Propiciar peligro riesgo inmediato para la seguridad de las personas, propiedad o seguridad publica 50

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan realizacion de ceremonias de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001- 2007-MDSL San MORDAZA, 10 de enero de 2007

462

25

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
50

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CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el parrafo 1º del Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege el derecho de la familia, en concordancia con el Decreto Supremo N° 015-98-PCM. Reglamento de la Ley Nº 26497 se establece los lineamientos legales para la inscripcion de los Nacimientos, Matrimonios, Defunciones y Rectificaciones bajo la jurisdiccion de Registro Civil; Que, existiendo en el distrito de San MORDAZA, muchas parejas que desean contraer matrimonio civil para unir sus vidas formal y legalmente, por tales razones, la Municipalidad considera oportuno programar la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario, para satisfacer las expectativas de la Comunidad; Que, estando a lo expuesto y conforme a lo estipulado en la Constitucion Politica del Estado y las facultades previstas en el Decreto Supremo N° 015-98 PCM Reglamento de la Ley Nº 26497 y la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972. DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la realizacion de las campanas de Matrimonios, segun el cronograma siguiente: 1.- Matrimonio Civil Comunitario, 17 de febrero de 2007. 2.- Matrimonio Civil Comunitario, 12 de MORDAZA de 2007. 3.- Matrimonio Civil Comunitario, 25 de agosto de 2007. 4.- Matrimonio Civil Comunitario, 17 de noviembre de 2007. ceremonia Sabado ceremonia Sabado ceremonia Sabado ceremonia Sabado

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50 100

CLAUS. TRANSITORIA CLAUS. TRANSITORIA

466

100

CLAUS. TRANSITORIA CLAUS. TRANSITORIA

467

100

468

25

469 470

200 500

CLAUS. DEFINITIVA CLAUS. DEFINITIVA

471

200

472

500

CLAUS. DEFINITIVA

473 474

25 200 CLAUS. DEFINITIVA

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50

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25 100 50 CLAUS. TRANSITORIA

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200

CLAUS. DEFINITIVA

Articulo Segundo.- DISPENSAR, el plazo de 8 dias que estipula la ley, sobre publicacion de edicto matrimonial para simplificar el tramite, por motivos justificables segun lo dispuesto en el Articulo 252° del Codigo Civil, en concordancia con el Articulo 248° del Codigo acotado, por tratarse de un programa social que apoya a los que carecen de recursos economicos y conviven bajo la modalidad de concubinos. Sin perjuicio de realizar la respectiva publicacion del edicto que corresponde en el local del Municipio. Se establece la tarifa social de S/.60.00 Nuevos Soles para cada campana. Articulo Tercero. - ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Subgerencia de Registro Civil en coordinacion con la Gerencia de Administracion y Finanzas, segun corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 26283-1

480

50

CIERRE INMEDIATO

26586-1

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