Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2007 (14/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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diez (10) dias habiles siguientes a su emision y tambien que se publique en el SEACE; asimismo, encargarle que remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147° de su Reglamento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA LOZAN MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 26577-1

y Sub Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 26741-1

Declaran nulidad en todos sus extremos de la R.A. N° 335-2006/MDB relativa a contrato de concesion del servicio de control de estacionamiento vehicular
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 054-2007-CDB Barranco, 2 de febrero del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO: VISTO: El Informe Nº 001­2007-GAF/MDB de fecha 19 de enero del 2007 emitido por la Gerencia de Administracion Financiera; el Informe Nº 01-2007-SGT-GAFT-MDB de fecha 5 de enero del 2007, emitido por la Subgerencia de Tesoreria y el Informe Nº 025-2007-OAJ/MDB de fecha 22 de enero del 2007, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 413-2003MDB de fecha 5 de agosto del 2003, se autorizo al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que en representacion de la Municipalidad Distrital de Barranco suscriba el contrato de concesion con la Corporacion Ingenieria & Desarrollo S.A.C., ganadora de la concesion para el servicio de control de estacionamiento vehicular y recaudacion de la tasa por estacionamiento vehicular en la jurisdiccion del distrito de Barranco, por un plazo de siete (7) anos, a partir de la suscripcion del contrato, conforme a las bases administrativas y propuesta del postor ganador; Que, la clausula sexta de contrato de concesion, materia del presente, establece que la Corporacion Ingenieria & Desarrollo SAC., debe entregar una poliza de caucion por la suma de S/. 84,000.00 (Ochenta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), cantidad equivalente al 10% del monto anual de la propuesta renovable anualmente hasta el vencimiento del contrato de concesion. Al respecto, segun Informe de Visto, la Corporacion Ingenieria & Desarrollo S.A.C. mediante Carta S/N de fecha 5 de diciembre del 2005 e ingresada por mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Barranco el 2 de octubre del 2006, ha presentado la poliza de caucion Nº 6807017-03 de fecha 2 de diciembre del 2005 por la suma de S/.12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles), con vigencia desde el 5 de diciembre del 2005 hasta el 5 de diciembre del 2006, cuando debio hacerlo por el 10% del monto anual de su propuesta, es decir por S/. 84,000.00 (Ochenta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), situacion que ademas debio ser advertida en su oportunidad por los funcionarios y servidores responsables, evidenciandose con ello la vulneracion de la clausula sexta del contrato de concesion; el numeral 4) de la seccion VII de las bases administrativas aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 223-2003-MDB de fecha 28 de marzo del 2003 y el inciso b) del articulo 44º de del Decreto de Alcaldia Nº 166 que aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos Locales Para la Provincia de MORDAZA, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, poniendo en riesgo con ello, los intereses de la Municipalidad Distrital de Barranco;

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban y autorizan realizacion de ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA N° 273-MDB Barranco, 6 de febrero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Extraordinaria de la fecha; VISTOS: el Informe N° 003-2007-URC-SG/MDB, emitido por la Unidad de Registros Civiles y el Dictamen N° 001-2007-CDH-CDB/MDB de la Comision Municipal Permanente de Desarrollo Humano, respecto a la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es politica de la actual gestion municipal promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA Y AUTORIZA REALIZACION DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo Primero.- Autorizar la realizacion de Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el dia 8 de marzo del 2007, a las 17:00 horas en el MORDAZA Municipal del distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el articulo 252° del Codigo Civil vigente, estableciendose la obligacion de cumplir con los requisitos que dispone el articulo 248º de la MORDAZA citada. Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del pago de los derechos correspondientes, estableciendose como pago unico la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que seran destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Registros Civiles, Oficina de Imagen Institucional, Cultura y Turismo,

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