Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

341198
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informes Nºs 542-2006-MTC/17.01. ssp., 635-2006-MTC/17.01.ssp. y 24-2007-MTC/17.01. ssp la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, es procedente la solicitud formulada por el senor POPILIO NEME MORDAZA ALEY; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor POPILIO NEME MORDAZA MORDAZA, concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el distrito de Huaral, de la provincia de Huaral, del departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con el senor POPILIO NEME MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 33241-1

Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 097-2007 MTC/02 MORDAZA, 5 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, de acuerdo al Informe Nº 011-2006-APN/DOMA, de la Direccion de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional, e Informe Nº 0312006-APN/OGA y su Informe Ampliatorio, de la Oficina General de Administracion de la indicada entidad, la modificatoria de los procedimientos 8, 9, 11 y 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, tiene por finalidad obtener tasas diferenciadas, segun se trate de licencias de operacion para puertos maritimos, fluviales y lacustres, y en el caso de los procedimientos 8 y 9 de acuerdo al MORDAZA de Licencia de Operacion de Primera o MORDAZA Categoria, siendo que las tasas propuestas no sobrepasan los valores establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Asi mismo, en el referido Informe se indica que la propuesta de modificatoria busca establecer una adecuada relacion de valor entre las tasas para el otorgamiento de licencias y para la renovacion de las mismas; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el articulo 38º, numeral 38.5, que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, las modificaciones propuestas no implican el incremento de los derechos de tramitacion correspondientes a los procedimientos 8, 9, 11 y 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º, numeral 38.5, de la Ley Nº 27444, corresponde realizar su aprobacion mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante el Informe Nº 031-2006-APN/OGA y su Informe Ampliatorio, la Oficina General de Administracion de la Autoridad Portuaria Nacional senala que los derechos de tramitacion establecidos en la modificatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos corresponden a lo dispuesto en el articulo 45º de la Ley Nº 27444 y en las Pautas Metodologicas para la fijacion de los costos de los procedimientos administrativos de la Directiva Nº 001-95INAP/DTSA, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 08795-INAP/DTSA; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs 27444 y 27943 y en el Decreto Supremo Nº 003-2004MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2005MTC, en lo que corresponde a los procedimientos Nº 8, 9, 11 y 12, ubicados en la Seccion Procedimientos Administrativos para el otorgamiento de Licencias de Operacion y Registro de Personas que desarrollan actividades en Zonas Portuarias, segun el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.