Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional 33814-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA N° 014-2007-MTC Fe de Erratas de la Resolucion Suprema N° 0142007-MTC, publicada en la edicion del dia 6 de marzo de 2007. En la pagina 341091; DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Transportes y Comunicaciones DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 34148-1

los nuevos proyectos prioritarios de agua y desague en el ambito de la Ley Nº 28870 que figuran en los anexos del referido dispositivo legal (Cuarta y MORDAZA Lista de Proyectos Prioritarios de Agua y Desague), siendo de aplicacion a los mismos, el procedimiento simplificado a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA y sus normas modificatorias; Que, se ha considerado conveniente precisar los alcances del procedimiento simplificado a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA, a algunos proyectos a que se refiere el Decreto Supremo Nº 0032007-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8), del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 28870; DECRETA: Articulo 1º.- De la incorporacion de Proyectos Prioritarios de Saneamiento Incorporese en la relacion de proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere la Ley Nº 28870 y apliquese el procedimiento simplificado a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA y sus normas modificatorias, a aquellos contenidos en el Informe remitido por la Direccion Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y que figuran en el Anexo del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Del Financiamiento de los Proyectos La incorporacion a que se refiere el articulo primero no constituye obligacion alguna de financiamiento por parte del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 3º.- De la aplicacion del procedimiento especial de contrataciones y adquisiciones para la ejecucion de algunos proyectos de saneamiento a que se refiere el Decreto Supremo Nº 003-2007VIVIENDA. Precisese que, respecto de los siguientes proyectos que forman parte del Anexo "Quinta Lista de Proyectos Prioritarios de Agua y Desague" del Decreto Supremo Nº 003-2007-VIVIENDA, no sera de aplicacion el procedimiento especial de contrataciones y adquisiciones para la ejecucion de proyectos de saneamiento a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA y sus normas modificatorias:
Nº 45 46 47 48 50 51 45579 5413 CODIGO SNIP PROYECTO PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE HUACHIPA 1RA ETAPA ­ MORDAZA LINEA DE CONDUCCION RAMAL NORTE ­ MORDAZA LINEA DE CONDUCCION RAMAL SUR -1RA ETAPA ­ MORDAZA LINEA DE CONDUCCION RAMAL SUR -2DA ETAPA ­ MORDAZA AFIANZAMIENTO HIDRICO DE LA MORDAZA HUASCACOCHA ­ MORDAZA IV, PROVINCIA DE YAULI, DEPARTAMENTO DE MORDAZA ­ MORDAZA CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MORDAZA Y EMISARIO SUBMARINO ­ DISTRITO Y PROVINCIA DE CALLAO SANEAMIENTO INTEGRAL PARA MORDAZA METROPOLITANA: PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y EMISARIO SUBMARINO LA CHIRA

VIVIENDA
Incorporan proyectos de agua y desague en la relacion establecida como prioritaria y precisan alcances del procedimiento simplificado a que se refiere el D.S. Nº 024-2006-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nº 009-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28870, Ley para Optimizar la Gestion de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, ha declarado en situacion de emergencia los proyectos de agua y desague para los servicios de saneamiento que elabore y apruebe la Direccion Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) dias calendario; Que, dicho articulo establece que la Direccion Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento de acuerdo a la informacion existente en el Banco de Proyectos y a la que remitan las Entidades Prestadoras elaborara y aprobara la relacion de Proyectos de agua y desague a ejecutarse en el MORDAZA de la emergencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2006VIVIENDA, se establecio un procedimiento especial para los procesos de contrataciones y adquisiciones para la ejecucion de proyectos de saneamiento en el MORDAZA de la emergencia MORDAZA referida; Que, el Informe Nº 15-2007-VIVIENDA/VMCS/DNS-P de fecha 5 de marzo del 2007 de la Direccion Nacional de Saneamiento ha establecido que los proyectos que forman parte del Anexo del presente Decreto Supremo, califican para incorporarse en la relacion de proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 28870; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007VIVIENDA de fecha 7 de febrero de 2007 se incorporaron

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Los proyectos MORDAZA mencionados se encuentran incorporados en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, y por tanto, corresponde a esta entidad conducir los respectivos concursos para su ejecucion y operacion. Articulo 4º.- De la aplicacion del procedimiento especial de contrataciones y adquisiciones en MORDAZA convocatoria. Para la MORDAZA convocatoria de los procedimientos especiales de seleccion declarados desiertos al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA, sera de aplicacion las modificaciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 039-2006-VIVIENDA.

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