Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341237

por exoneracion para la contratacion de la empresa encargada de la disposicion final de 630 TM de residuos solidos mensuales mediante acciones inmediatas, debiendo observar para tal efecto lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley del Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por el periodo que dure la situacion de desabastecimiento inminente, cuyo monto referencial asciende a S/. 17,010.00 Nuevos Soles con cargo a la fuente de financiamiento 02 ­ Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo el presente Acuerdo y sus antecedentes a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios y/o servidores, cuya conducta hubiese originado la configuracion de la Situacion de Desabastecimiento Inminente que se aprueba. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, el presente Acuerdo de Concejo y los informes que la sustentan dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su adopcion y disponer la publicacion en el SEACE-CONSUCODE conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 33527-1

Supremo N° 135-99-EF, faculta a la Administracion Tributaria a prorrogar con caracter general el plazo para el pago de la deuda tributaria; Que, el articulo 15° de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por D.S. N° 156-2004-EF indica que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso la primera cuota sera equivalente, a un MORDAZA del Impuesto total resultante en ambos casos deberan pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes del fraccionamiento, seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustas de acuerdo a la variacion acumulada del indice de Precios al por Mayor; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en la primera Disposicion Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC que aprueba el "Marco del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos Para la Jurisdiccion del distrito de Comas Ejercicio 2007" establece para el ejercicio 2007 el Programa de Incentivo Por Pago Adelantado -enero a diciembre de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos del 2007, conforme a los siguientes terminos: 1.- Cancelacion anual de los arbitrios hasta el 28 de febrero 2007 2.- Cancelacion anual de los arbitrios hasta el 31 de marzo 2007 3.- Cancelacion anual de los arbitrios hasta el 30 de MORDAZA 2007 15% de descuento 15% de descuento 5 % de descuento

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Prorrogan plazos para pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial asi como de los meses de enero, febrero y marzo de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines
ORDENANZA N° 228-C/MC Comas, 27 de febrero del 2007. EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2007, el Informe Nº 024-2007-GATGM/MC de fecha 26 de febrero de 2007 del Gerente de Administracion Tributaria de la Municipalidad de Comas a traves del cual sugiere la ampliacion de plazo del vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios del 2007, y; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, reformada con Ley N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual forma, el MORDAZA parrafo del Articulo 74º de la misma, establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, o exonerar de estas, dentro de los limites que senala la Ley. Esto es concordante a lo prescrito en el numeral 9 del Articulo 9° y MORDAZA parrafo del Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, el ultimo parrafo del articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto

Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, resulta necesario de manera excepcional prorrogar el vencimiento de los pagos de los mencionados tributos, asi como el programa de incentivos por pago adelantado de arbitrios establecidos en la primera Disposicion Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- PRORROGAR el vencimiento para efectuar el pago al contado y/o primera cuota del fraccionamiento del Impuesto Predial, hasta el 30 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- PRORROGAR el vencimiento para efectuar el pago de los meses de enero, febrero y marzo, del periodo 2007 de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, hasta el 30 de MORDAZA del 2007. Articulo Tercero.- MODIFICAR, lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC, conforme a los siguientes terminos: 1.- Cancelacion anual de los arbitrios hasta el 30 de MORDAZA 2007 15% de descuento 2.- Cancelacion anual de los arbitrios hasta el 31 de MORDAZA 2007 10% de descuento. Articulo Cuarto.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del Acta de la presente Ordenanza, para su entrada en vigencia inmediata. Articulo Quinto.- La Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Administracion Tributaria y la Unidad de Relaciones Publicas seran responsables del cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33292-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.