Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

341239

Rectifican la Ordenanza Nº 320-MDEA, en lo relativo a pago por revision de proyectos
ORDENANZA Nº 327-MDEA El MORDAZA, 28 de febrero de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA

EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA

El Concejo Municipal de El MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 28 de febrero del 2007, analizo la propuesta de Ordenanza sobre forma de pago de deudas tributarias elaborada por la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad Distrital de El Agustino; CONSIDERANDO:

POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA Visto, en la sesion extraordinaria del dia 28 de febrero de 2007 el Proyecto de Ordenanza que rectifica la Ordenanza Nº 320-MDEA de fecha 28 de diciembre de 2006, mediante la cual se aprueba el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones construidas sin Licencia de Obra de Propiedad de Personas Naturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 142-07-GDU-MDEA, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA pone en conocimiento que por Resolucion Viceministerial Nº 253-2000-MT, publicada el 3.06.2000, se establecieron los derechos por servicios delegados para la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos, los cuales se fijaron en 0.05% del valor de la obra mas el IGV, senalandose como monto minimo por derecho el 1% de la UIT mas IGV, lo que equivaldria a S/. 41.10 (cuarenta y uno con 10/100 nuevos soles); Que, el articulo 3º de la Ordenanza Nº 320-MDEA exonero el pago por revision de proyectos, discordando con la MORDAZA viceministerial indicada, lo que supone que al no contar con los ingresos que justifiquen su intervencion, la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos dejaria de revisar los mencionados proyectos; Que, con el fin de no desnaturalizar el sentido de la Ordenanza Nº 320, el Concejo considera necesario rectificar el indicado articulo 3º, suprimiendo la exoneracion por revision de proyectos y estableciendo los mismos montos fijados por la Resolucion Viceministerial Nº 2532000-MT; Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 9º numerales 8) y 9), y 40º de la Ley Organica Nº 27972; POR UNANIMIDAD se aprobo la siguiente Ordenanza: RECTIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 320-MDEA Articulo 1º.- SUPRIMASE la exoneracion al pago por revision de proyectos consignada en el articulo 3º parte in fine de la Ordenanza Nº 320-MDEA y AGREGUESE en su lugar el inciso d), con el siguiente texto: "d) Acreditar el pago por derecho a la revision del proyecto efectuada ante la entidad correspondiente". Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Rentas y a la Unidad de Imagen Institucional y Participacion Vecinal el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33964-2 Que, la actual Gestion Municipal ante las dificultades economicas que atraviesan los contribuyentes, ha visto por conveniente otorgarles las mas amplias facilidades de pago para que cumplan con sus obligaciones tributarias y no tributarias, situacion que exige establecer los procedimientos para atender dichas solicitudes; Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Peru vigente, concordado con el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senalan que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo 32º literal d) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que el pago de la deuda tributaria se puede realizar mediante otros medios que la ley senale; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por los articulos 47º y 194º de la Constitucion Politica del Estado. el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas, por unanimidad se aprueba la siguiente Ordenanza: QUE REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR SERVICIOS. "PROGRAMA SOLIDARIO DE CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA POR SERVICIOS" Articulo 1º.- Objetivo.- La presente Ordenanza tiene por objetivo : - Reglamentar el "Programa Solidario de Canje de Deuda tributaria por Servicios". - Generar empleo temporal para la poblacion desempleada del distrito de El Agustino. - Elevar el nivel de conciencia tributaria en los ciudadanos del distrito - Generar compromisos de pago de las deudas tributarias con el contribuyente y que tengan la oportunidad de obtener un ingreso economico. Articulo 2º.- Finalidad. Disponer que el contribuyente deudor, pueda efectuar el pago de deudas tributarias de canje por servicios, promoviendo el empleo temporal en labores de: parques y jardines, limpieza, seguridad ciudadana, construccion civil y labores de oficina. Articulo 3º.- Requisitos. Con la solicitud, deberan adjuntar los siguientes documentos: - MORDAZA del DNI actualizado, con sello de las ultimas elecciones. - Estado de cuenta del predio. - La ficha de inscripcion llenada segun formato. - Derecho de tramite Articulo 4º.- Empadronamiento.- Los contribuyentes del distrito de El MORDAZA que soliciten el canje de su deuda tributaria por servicios, seran empadronados de acuerdo a su opcion ocupacional. El contribuyente que solicita empadronarse puede ser: el esposo(a) o hijo(a) o familiar del titular del predio u otro vecino con autorizacion del propietario del predio. Articulo 5º.- Condiciones: a. El tiempo MORDAZA de duracion del Convenio de trabajo, es de tres meses para el personal que realice

Regulan forma de pago de deudas tributarias por servicios
ORDENANZA Nº 328-MDEA El MORDAZA, 28 de febrero de 2007.

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