Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO : Que, mediante Resolucion Gerencial N° 174-2005GIPRI-GCDL-MSS de fecha 17 de MORDAZA de 2005 (fs. 106 al 109), se resuelve Aprobar la Modificacion de Proyectos de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Baja Densidad "R2", del terreno de 10,000.00 m², constituido por el lote N° 17 de la Parcelacion Semi-Rustica "Lima MORDAZA Hunt Club", ubicado con frente al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte (antes MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte), esquina con la MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA Dos), en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo con los Planos signados con el N° 028.01-2005-SGLHUGIPRI-GCDL-MSS y N° 028.02-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS. Que, el terreno materia del presente procedimiento de Habilitaciones Urbanas, se encuentra inscrito en la Ficha N° 1626051 y su continuacion en la Partida N° 49064701 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA (fs. 101) a favor de la empresa Inversiones Inmobiliarias del Atlantico S.A. Que, con Informe N° 043-2005-MML-GDU-SPHU-DRD de fecha 14 de diciembre de 2005 (fs. 120 al 123), emitido por la Division de Revision de Diseno, de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitacion MORDAZA, se manifiesta que la presente Habilitacion MORDAZA cumple los Planes Urbanos respecto a la zonificacion vigente y a las vias dispuestas en las Ordenanzas N° 199 y N° 224-MML; y a los aportes reglamentarios dispuestos en la Ordenanza N° 292-MML. Que, mediante Informe N° 082-2005-MML-GDUSPHU-AL de fecha 27 de diciembre de 2005 (fs. 124 y 125), emitido por el Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se opina, acerca de la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 776-MML emitida por esta Corporacion, precisando que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA es la entidad competente para aprobar y normar los distintos procedimientos de Habilitacion MORDAZA, estableciendo la no aplicabilidad para estos procedimientos que se desarrollen en la provincia de MORDAZA, del Texto Unico Ordenado, del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo N° 010-2005-VIVIENDA; por lo que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, seguira tramitando los procedimientos de Ratificacion en materia de Habilitaciones Urbanas; en consecuencia habiendose determinado tecnicamente el cumplimiento de los Planes Urbanos, respecto a la Zonificacion, Vias y a los Aportes que se encuentra afecto el terreno materia del presente tramite; corresponde a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en arreglo a las facultades dispuestas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878, Ordenanza N° 776, Ordenanza N° 812-MML y la Resolucion de Alcaldia N° 2546, resolver el presente procedimiento Ratificando la Resolucion Gerencial N° 174-2005-GIPRI-GCDL-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco. Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno, de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y de la Asesoria Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27972, N° 26878 y N° 27444, Ordenanzas Metropolitanas N° 199, N° 224, N° 292, N° 341, N° 776, N° 812-MML y la Resolucion de Alcaldia N° 2546. RESUELVE : Articulo Primero.- RATIFICAR, la Resolucion Gerencial N° 174-2005-GIPRI-GCDL-MSS, emitida en fecha 17 de MORDAZA de 2005, por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, que resuelve Aprobar la Modificacion de Proyectos de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Baja Densidad "R2", del terreno de 10,000.00 m², constituido por el lote N° 17 de la Parcelacion Semi-Rustica "Lima MORDAZA Hunt Club", ubicado con frente al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte (antes MORDAZA MORDAZA MORDAZA Norte), esquina con la MORDAZA MORDAZA (antes MORDAZA Dos), en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo con los Planos signados con el N° 028.01-2005-SGLHUGIPRI-GCDL-MSS y N° 028.02-2005-SGLHU-GIPRI-

GCDL-MSS; de conformidad a lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a INVERSIONES INMOBILIARIAS DEL ATLANTICO S.A. y a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y a la Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Desarrollo MORDAZA 33183-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Establecen gratuidad de procedimientos de inscripcion de reconocimiento y certificacion de constancias de no inscripcion durante Campanas denominadas "Reconoceme como tu Hijo" y "Tengo derecho a un nombre y a mi identidad"
ORDENANZA MUNICIPAL N° 135 Chaclacayo, 14 de febrero del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 035-2007-GM/MDCH de la Gerencia Municipal, Informe Nº 013-2007-/RRCC/MDCH de la Unidad de Registro Civil, el Informe Nº 013-2007-GPP/ MDCH de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Informe Nº 030-07-OAJ/MDCH de la Oficina de Asesoria Juridica referente a las Campanas "Reconoceme como tu Hijo" y "Tengo Derecho a un nombre y a una identidad"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Premilitar de la Ley Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 2º inciso 1) de la Constitucion Politica del Estado establece que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar; Que, la Ley Organica de Municipalidades en su articulo 84° senala que son funciones especificas de las municipalidades distritales las de organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, mediante Informe Nº 013-2007-RR.CC/MDCH la Unidad de Registro Civil propone las mencionadas Campanas y la reduccion del Derecho de "Certificacion de constancias de no inscripcion en el distrito", a dieciocho nuevos soles (S/. 18. 00) durante la MORDAZA denominada "Tengo derecho a un nombre y mi identidad", y de igual forma propone la Reduccion del Derecho por concepto de "Inscripcion de Reconocimiento (Firma del padre y firma de

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