Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el inciso h) del Art. 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural N° 0502007-JEF/RENIEC del 30 de enero de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Abancay, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion en la Seccion de Matrimonios de asientos efectuados en el ano 1983. Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Abancay, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura de Registro de Libros de Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3°.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley N° 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe de Nacional 34126-3

Juridica y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Ley N° 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural N° 921-2006-JEF/RENIEC. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de la Direccion de Tramites Consulares de la Direccion General de Politica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento anteriores al 20 de noviembre de 1985, y Matrimonios anteriores al 14 de setiembre de 1973. Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil del Consulado General del Peru en Miami, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las inscripciones en los Registros Civiles. El MORDAZA de reinscripcion se efectuara en forma paralela tanto en la Oficina de Registro Consular cuyo archivo consular se hubiese perdido, como en la Direccion General de Politica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para aquellos nacionales que se encuentren dentro del territorio nacional. Articulo 3°.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley N° 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos a la Direccion General de Politica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para ese efecto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 34126-4

Aprueban solicitud de la Direccion de Tramites Consulares para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio de diversos anos
RESOLUCION JEFATURAL N° 165-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de marzo de 2007 VISTO: El Informe N° 003047-2006/SGREC/GO/ RENIEC, de fecha 21 de noviembre del 2006; y el Informe N° 001565-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 18 de diciembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Direccion de Tramites Consulares de la Direccion General de Politica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, en el presente caso el Registro Nacional de Identificacion Estado Civil, se encuentra obligado a resolver la situacion registral sometida a su conocimiento conforme a lo dispuesto en el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, efectuando por extension las verificaciones dispuestas en el Articulo 2° de la Ley N° 26242 y aprobando la solicitud presentada ante el organo competente; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 169-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de marzo de 2007 VISTOS: Los Oficios Nºs. 294 y 493-2007/GPDR/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 306-2007-GAJ/RENIEC de fecha 13 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, con el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identification System), se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresion dactilar con la base de datos del registro; a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades multiples y otros casos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 1231-2006JEF/RENIEC, de fecha 6 de diciembre del ano 2006, se autorizo a la Subgerencia de Depuracion de Identificacion, para que proceda a la inmediata cancelacion de las inscripciones detectadas como dobles o multiples; asi como, las suplantaciones, en merito a los Informes sumarios del Departamento de Dactiloscopia y Grafotecnia de la Entidad, como resultado del MORDAZA de deteccion automatica de huellas duplicadas a traves del Sistema Automatizado de

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