Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

El Informe Nº 027-MPCH-2007, la Sub Gerencia de Promocion y Desarrollo Economico. El Informe Iniciativa del Colegiado Nº 001-2007-OPPAL-UA/MPCH. El articulo 82º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM. Que, la ejecucion de referido MORDAZA de seleccion, es necesario que el distrito capital de la provincia de Chupaca, siga contando con el suministro oportuno de combustible, para las unidades moviles, ya que de no ser asi ocasionaria que las actividades propias se vean afectados gravemente en perjuicio de los vecinos. El inciso "c" del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM. El articulo 21 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El articulo 148º del reglamento de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el suministro indicado se encuentra en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2007, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº452007-A-MPCH. De fecha 22 de enero del ano en curso, que las acciones descritas en los referidos documentos de vistos, originan una situacion de desabastecimiento inminente conforme con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su reglamento, por lo que resulta necesario declarar como tal con la finalidad de asegurar la continuidad de suministro de combustible para la flota vehicular, por un plazo de 94 dias calendario o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente; de conformidad con lo dispuesto en el inciso "c" del articulo 19º y los articulos 20º, 21º, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº0842004-PCM, inciso 35º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y demas normas pertinentes, luego del debate correspondiente con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del acta, por mayoria. SE ACUERDA: Articulo Primero: DECLARAR, en Situacion de Desabastecimiento Inminente, el Suministro de Combustible, para la flota vehicular a partir del 27 de enero del presente ano, hasta el 30 de MORDAZA del ano 2007. Articulo Segundo: PRECISAR, que el plazo establecido en el articulo precedente culminara automaticamente si MORDAZA de vencido el termino del mismo se suscribe el contrato correspondiente, como consecuencia de la culminacion del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Oficina de Abastecimiento, para llevar acabo el MORDAZA de adquisicion de combustible, en forma directa por el plazo senalado en articulo primero. Articulo Cuarto: Poner el presente acuerdo y los informes que los sustenta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguiente a la fecha de su publicacion. Articulo Quinto: Publicar el presente acuerdo en el diario oficial "El Peruano", dentro de los 10 dias habiles siguientes de su adopcion y disponer la publicacion en el SEACE- CONSUCODE, de conformidad con el articulo 147º del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Articulo Sexto: Disponer que la Comision de Procesos Administrativos, inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas de los funcionarios y/o servidores publicos, involucrados que originaron la situacion de desabastecimiento inminente del suministro de combustible, para la flota vehicular de la Municipalidad Provincial de Chupaca. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33143-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA
Actualizan Plan de Desarrollo MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Marcona 2006-2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0006-2007-A/MPN Nasca, 5 de marzo del 2007 POR CUANTO: La Municipalidad Provincial de Nasca, visto en Sesion Extraordinaria de fecha 4 de marzo del 2007, el Expediente 1604 del 1 de marzo del presente ano; asi como el Informe Nº 30-2007-DDURC/MPN y el Informe Legal Nº 225-2007-MPN-AJ. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitucion del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y de acuerdo a los Articulos 73º y 79º Numeral 1.1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como funciones exclusivas de la Municipalidades Provinciales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel Provincial, que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA de proteccion o de seguridad por riesgos naturales y la de conservacion ambiental; Que, de acuerdo a lo dispuesto por inciso 6) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, es competencia de los gobiernos locales, planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el inciso 3) del articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, aprobar el plan MORDAZA o rural distrital, con sujecion al plan y las normas municipales provinciales sobre la materia, habiendo cumplido, este requisito la Municipalidad Distrital de Marcona, segun Ordenanza Municipal Nº 021-2006-MDM, de fecha 13 de diciembre del 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 16 de diciembre del 2006. Que, dentro del MORDAZA legal de las politicas nacionales de desarrollo MORDAZA delimitado por el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA mediante Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, modificada por el Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA; establece que concluido el MORDAZA de exhibicion e inclusion de las sugerencias y recomendaciones o la desestimacion emitiendo pronunciamiento fundamentado en el lapso de cuarenta y cinco (45) dias calendario, el Concejo Distrital aprobara el Plan MORDAZA Distrital y elevada a la Provincial para su aprobacion mediante Ordenanza Municipal, publicarse en el Diario Oficial el Peruano , el mismo que tendra vigencia por el lapso de 5 anos contados desde su publicacion. La Municipalidad Distrital de Marcona, en convenio de Asistencia Tecnica con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ha formulado la Actualizacion del Plan de

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