Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341241

Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Participacion Vecinal y al Area de Imagen Institucional, la debida difusion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33964-4

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran extinguidas las Multas Administrativas de los anos 2001 y 2002
ORDENANZA Nº 218-MDJM MORDAZA MORDAZA, 28 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al articulo 16º, numeral 16.1 de la Ley General del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, el acto administrativo es eficaz a partir de que la notificacion legalmente realizada produce sus efectos; Que, el Informe Nº 026-2006/MJM/GR/UCFT, senala que la notificacion de las multas de los anos 2000 al 2002 en estado ordinario se encuentran en la Unidad de Control y Fiscalizacion Tributaria, sin poder ser derivadas a cobranza coactiva debido a que no cuentan con los cargos de notificacion, entre otros factores por no ubicar a los infractores en sus domicilios, que en el caso de las multas en cobranza coactiva, las resoluciones son devueltas o no se han podido notificar por la mudanza del infractor. Que, segun Informe Nº 017-2007-MJM-GR-UCFT, de la revision fisica de las Multas Administrativas correspondientes a los anos 2000, 2001 y 2002, se ha constatado que estas no cuentan con cargos de notificacion; por lo que, ante la falta de notificaciones de las Multas Administrativas, la Municipalidad no puede acreditar que el acto sea eficaz y que en consecuencia MORDAZA producido efectos, a fin de realizar la cobranza de las mismas; Que, la Ordenanza Nº 130-MJM, que regula el Regimen de Infracciones y Sanciones Administrativas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, dispone en su articulo 18º que por la prescripcion la facultad para aplicar sanciones y exigir el cumplimiento de las medidas complementarias y la ejecucion de la cobranza de las multas se extingue a los cuatro (04) anos, contados desde el dia siguiente de la interposicion de la sancion; Que, el articulo 18º de la Ordenanza Nº 130-MJM senala que por la caducidad se extingue la sancion, que el plazo de caducidad es de cinco (05) anos, se inicia el dia siguiente de la interposicion de la sancion y que dicho plazo no es susceptible de suspension ni de interrupcion;

Que, ante el tiempo transcurrido desde su emision, ha operado la caducidad de las sanciones administrativas del ano 2001, contemplado en el articulo 18º de la Ordenanza Nº 130-MJM; habiendose extinguido la sancion en virtud del inciso f) del articulo 17º de la citada Ordenanza; Que, respecto a las multas del ano 2002, ha operado la prescripcion senalada en el articulo 18º de la Ordenanza; por lo que, procede declarar las mismas como deudas de cobranza dudosa, habiendose extinguido de acuerdo al inciso g) del articulo 17º de la Ordenanza senalada; Que, ante la imposibilidad juridica de realizar cobranza de las sanciones administrativas de los anos 2001 y 2002 carece de objeto mantener dentro de los saldos la deuda por los mismos. Por lo que, a fin de sincerar los saldos contables se debe proceder a declarar la extincion de las multas; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE EXTINGUE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS ANOS 2001 Y 2002 Articulo Primero.- Declarese extinguidas las Multas Administrativas del ano 2001 y 2002, pendientes de pago que se encuentren en la via ordinaria. Articulo Segundo.- Procedase al retiro de los saldos pendientes de cobranza de las Multas Administrativas asi como de los gastos de emision girados por estos conceptos comprendidos en el articulo 1º de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encarguese a la Unidad de Contabilidad, a la Unidad de Recaudacion y a la Unidad de Control y Fiscalizacion Tributaria a realizar las acciones contables y administrativas a que hubiera lugar para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 33475-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Establecen Programa de Buen Gobierno de la Municipalidad de Miraflores
ORDENANZA Nº 252-MM Miraflores, 23 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su Titulo Preliminar, articulo II senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades, citada en el parrafo precedente, senala en su articulo 102º que los gobiernos locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion. Que, la citada Ley establece en el articulo 148º que los gobiernos locales estan sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de los recursos publicos; y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generacion

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