Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2007 (08/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2007

de confianza de la ciudadania en el accionar del Estado, asi como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos publicos. Que, el articulo 148º, citado en el parrafo precedente, senala que los gobiernos locales aprobaran normas complementarias que establezcan mecanismos efectivos para la rendicion de cuentas. Que, corresponde a los gobiernos locales formular y ejecutar, programas y proyectos para la promocion y logro del buen gobierno local, mediante el dialogo y la concertacion, el intercambio de experiencias y la cooperacion intermunicipal. Que, el buen gobierno local requiere del adecuado empleo de los recursos humanos, mediante una gestion participativa, que fortalezca el liderazgo democratico, la participacion ciudadana, la coordinacion publico privada, la cultura civica y el enfoque de desarrollo humano sostenible. Que, se ha determinado la conveniencia de crear el Programa de Buen Gobierno de la Municipalidad de Miraflores; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 14) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, adopto la siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE BUEN GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- Establecer el Programa de Buen Gobierno de la Municipalidad de Miraflores, como politica publica prioritaria, dependiente de la Gerencia Municipal, encargado de dirigir, coordinar, promover, gestionar, monitorear y evaluar los estandares de buen gobierno en el desarrollo de la gestion municipal. Articulo Segundo.- Establecer como funciones del Programa de Buen Gobierno las siguientes: 1. Fortalecer el liderazgo democratico. 2. Crear un sistema de participacion ciudadana, en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal. 3. Crear programas de fortalecimiento de la cultura civica y la construccion de ciudadania, en colaboracion con las gerencias pertinentes. 4. Participar en la organizacion, direccion, monitoreo y evaluacion del MORDAZA del Presupuesto Participativo en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal y con la Gerencia de Planificacion. 5. Brindar asistencia tecnica y capacitacion al Consejo de Coordinacion Local Distrital, al Comite de Vigilancia y Control Participativo, Juntas de Delegados Vecinales y otros espacios de participacion vecinal que pudieran crearse, en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal. 6. Proponer la creacion de un sistema de pasantias e intercambio de experiencias con otros gobiernos locales e instituciones publicas y privadas. 7. Realizar recomendaciones para que el MORDAZA de rendicion de cuentas se adapte al enfoque de Buen Gobierno Local. 8. Facilitar a las gerencias pertinentes las herramientas necesarias para incorporar los enfoques de buen gobierno. 9. Proponer reformas a la normatividad municipal a fin de que se adecue al enfoque de buen gobierno. 10. Proponer la creacion de programas de capacitacion para las distintas gerencias sobre el enfoque de buen gobierno. Articulo Tercero.- Establecer que las gerencias municipales y demas dependencias de la Municipalidad de Miraflores, brinden el apoyo necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planificacion y Gerencia de Administracion y Finanzas la

asignacion de los recursos presupuestarios y financieros necesarios para el adecuado funcionamiento del Programa de Buen Gobierno de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 33820-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo para pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales y el Beneficio de Pronto Pago en el distrito de Surquillo
DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2007-MDS Surquillo, 28 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO, el Informe N° 029-2007/GR/MDS del 28 de febrero de 2007 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prorroga de la Fecha de Vencimiento de la Primera Cuota de Arbitrios 2007 y Beneficio de Pronto Pago; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las Ordenanzas N° 176-MDS y Nº 177MDS se aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2007 estableciendose en el articulo 14°, la determinacion de los bimestres, teniendo como fecha de vencimiento la cuota correspondiente al primer bimestre, el 28.2.2007; Que, mediante la Ordenanza N° 180-MDS de fecha 9 de febrero de 2007, se establece el beneficio por pronto pago y descuento excepcional en arbitrios municipales 2007 para aquellas personas que cancelen totalmente sus arbitrios correspondientes al ano 2007 hasta el 28.2.2007; Que, en atencion a lo solicitado por la Gerencia de Rentas a traves del Informe de Vistos, resulta conveniente brindar facilidades a los contribuyentes vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias del ano 2007; En uso de la atribucion conferida por el numeral 6) del articulo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: PRORROGA DE FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DE ARBITRIOS 2007 Y BENEFICIO DE PRONTO PAGO Articulo Unico.- Objeto de la norma: PRORROGUESE hasta el 15 de marzo de 2007 la fecha de vencimiento de la primera cuota de pago de los Arbitrios Municipales del ano 2007 y el Beneficio de Pronto Pago en el distrito de Surquillo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 33508-1

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