Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2007 (08/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2007

celebracion o el otorgamiento de los actos en el descritos, es considerado como un vicio del acto administrativo que da lugar a su nulidad de pleno derecho. CAPITULO 2 DEFENSA DE LOS BIENES DE PROPIEDAD ESTATAL Articulo 5º.- Responsabilidad del Comite de Gestion El Comite de Gestion Patrimonial tiene directamente y exclusivamente la responsabilidad de la administracion, de la cautela, conservacion, y defensa de los bienes de propiedad estatal, administrados por la Municipalidad de MORDAZA Maria. Articulo 6º.- Defensa Judicial La Defensa judicial de los bienes de propiedad estatal administrados, o en posesion de la Municipalidad, estara a cargo del Procurador Publico municipal, asi como otros derechos que hubiera adquirido la Municipalidad. Sin perjuicio de lo expuesto en el parrafo anterior, la Municipalidad podra recurrir a los mecanismos de resolucion extrajudicial de conflictos como la conciliacion y el arbitraje, de conformidad con la normatividad vigente. CAPITULO 3 EL COMITE DE GESTION PATRIMONIAL Articulo 7º.- Definicion del Comite de Gestion Patrimonial El Comite de Gestion Patrimonial es el organo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA encargado de coordinar y realizar el planeamiento del registro, administracion, disposicion y control de los bienes de propiedad estatal sobre los que la Municipalidad ejercita algun derecho. La Presente Ordenanza faculta al del Comite de Gestion Patrimonial a aprobar los convenios de afectacion en uso, de modificacion del estado de posesion, de los contratos de arrendamiento, de los bienes de propiedad estatal administrados, en posesion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, con cargo a informar dentro de los 15 dias siguientes de suscrito el convenio o contrato. Articulo 8º.- Conformacion del Comite de Gestion Patrimonial El Comite de Gestion Patrimonial esta conformado por tres (3), titulares: Gerente de Administracion, el Subgerente de Logistica, y el Gerente de Asesoria Juridica. Articulo 9º.- Integrantes del Comite de Gestion Patrimonial Mediante Resolucion Alcaldia se designara los integrantes del Comite de Gestion Patrimonial designando al Presidente del mismo, y sus suplentes. La MORDAZA Autoridad administrativa de la Municipalidad podra delegar la facultad de designara a los Miembros del referido Comite. En un plazo MORDAZA de 7 dias a partir de la expedicion de la Resolucion mencionada, la Municipalidad debera remitir MORDAZA de la misma a la Contraloria General de la Republica, al Organo de Control Institucional, y publicarlo en su Pagina Web. El Comite Especial actua en forma colegiada y es MORDAZA en sus decisiones. Todos los miembros del Comite Especial gozan de las mismas facultades, sus integrantes son solidariamente, civil, administrativamente y penalmente, responsables de su actuacion. Articulo 10º.- Atribuciones y obligaciones del Presidente de Comite de Gestion Patrimonial La presente Ordenanza faculta al Presidente del Comite de Gestion Patrimonial las siguientes atribuciones y funciones: a) Recopilar toda la informacion registral, administrativa documental y tecnica del patrimonio sobre el que la Municipalidad ejerce algun derecho de administracion y/o real. b) Promover, cuando corresponda, los procedimientos referidos a las acciones y/o actos mencionados en el Articulo 3 de la presente Ordenanza.

c) Requerir a los organismos publicos la informacion necesaria para el saneamiento de los bienes administrados o de propiedad estatal de la Municipalidad. d) Solicitar en la Superintendencia de Bienes Nacionales el registro en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, del patrimonio de la entidad, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. e) Tramitar las rectificaciones de areas y linderos de los predios, y, en general, todas las acciones registrales necesarias para el saneamiento del patrimonio de la Municipalidad. f) Ejercer las funciones descritas en la presente Ordenanza y sus directivas. g) Efectuar los procesos de seleccion correspondientes para el arrendamiento de los bienes de propiedad, en posesion, o administrados por la Municipalidad, conduciendo todo el MORDAZA, informando al Concejo, sujetandose a lo dispuesto en la presente Ordenanza. h) Conducir los procesos para la suscripcion de los convenios en virtud de los cuales se afecte en uso los bienes de propiedad, en posesion o administrados por la Municipalidad, informando al Concejo, sujetandose a lo dispuesto en la presente Ordenanza. i) Remitir al Concejo, MORDAZA completa de los expedientes que sustentan los procesos a que se refiere el Articulo 3 del presente Reglamento, cumpliendo con los requisitos establecidos en la presente norma. j) Realizar inspecciones tecnicas de los inmuebles para verificar el destino y su uso final. k) Formular denuncias ante las autoridades correspondientes. l) Las que se le atribuyan mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 11º.- Apoyo al Comite Teniendo en cuenta el volumen del patrimonio y sus recursos humanos, la Municipalidad podra dotar de ser el caso al Comite de Gestion Patrimonial de los recursos fisicos, humanos y tecnicos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones. Articulo 12º.- Directivas Mediante Decreto de Alcaldia se podra emitir las normas complementarias, los lineamientos generales para el ejercicio de las atribuciones, regulaciones y obligaciones del Comite de Gestion Patrimonial, que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. TITULO II PROPIEDAD ESTATAL INMOBILIARIA ADMINISTRADAS POR LA MUNICIPALIDAD CAPITULO 1 PROPIEDAD ESTATAL PREDIAL ADMINISTRADAS POR LA MUNICIPALIDAD Articulo 13º.- Bienes de propiedad estatal predial administrado por la municipalidad Son bienes de propiedad estatal predial, administrada por la municipalidad de MORDAZA MORDAZA, los predios de dominio privado y publico del Estado que esten en posesion, y/o en propiedad de la Municipalidad. Articulo 14º.- Afectacion en uso y/o arrendamiento del patrimonio predial estatal de la Municipalidad. La Municipalidad puede afectar en uso y/o dar en arrendamiento a titulo oneroso o gratuito, los predios de su dominio, a favor de personas naturales o juridicas, mediante procesos conducidos por el Comite de Gestion Patrimonial, de acuerdo a las normas establecidas en la presente Ordenanza. Articulo 15º.- Afectacion en uso y/o arrendamiento interestatal. Afectacion en uso y/o arrendamiento interestatal es la traslacion de la administracion que a titulo oneroso o gratuito, es la que se realiza entre la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y cualquier otra entidad publicas, se aprueba mediante suscripcion de convenios.

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