Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2007 (08/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2007

g) Las personas juridicas cuyos socios, accionistas, participacionistas o titulares hayan formado parte de personas juridicas sancionadas administrativamente con inhabilitacion temporal o permanente, o que habiendo actuado como personas naturales se encontraran con los mismos tipos de sancion; y, h) La persona natural o juridica que MORDAZA participado como tal en la elaboracion de los estudios o informacion tecnica previa que da origen al MORDAZA de seleccion y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervision. En los casos a que se refieren los incisos b), c) y d) el impedimento para ser postor en un MORDAZA de seleccion para el arrendamiento, se restringe al ambito de la jurisdiccion de la Municipalidad. Los contratos celebrados en contravencion de lo dispuesto por el presente articulo son nulos sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. Articulo 30º.- Arrendamiento Directo. El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, mediante la pagina Web de la entidad se invitara a los postores interesados a participar en el MORDAZA para dar en arrendamiento directo los predios administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse no se superior a 20 UIT. Este MORDAZA no debera tener una duracion mayor de 2 dias. Los contratos de arrendamiento celebrados por la Municipalidad deberan ser puestos en conocimiento del Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias contados a partir de su celebracion Articulo 31º.- Arrendamiento por Adjudicacion Selectiva. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad puede dar en arrendamiento por Adjudicacion Selectiva los predios Administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse sea inferior a 40 UIT. Los contratos de arrendamiento celebrados por la Municipalidad deberan ser puestos en conocimiento del Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias contados a partir de su celebracion. Articulo 32º.- Arrendamiento por Concurso. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad puede dar en arrendamiento por Concurso los predios Administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse sea superior a 40 UIT. Los contratos de arrendamiento celebrados por la Municipalidad deberan ser puestos en conocimiento del Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias contados a partir de su celebracion. Articulo 33º.- Procedimiento de seleccion del arrendatario. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad a fin de seleccionar al arrendatario que obtenga la buena pro, es competente entre otras, para: a. Elaborar las Bases para el MORDAZA de seleccion. b. Convocar al MORDAZA c. Absolver las consultas. d. MORDAZA y evaluacion de las propuestas e. Otorgar la Buena Pro f. Declarar desierto g. Consultar o proponer las modificaciones de las caracteristicas tecnicas y el valor referencial. h. Todo acto necesario para el desarrollo del MORDAZA de seleccion hasta el consentimiento de la buena pro, y la suscripcion del contrato respectivo. Articulo 34º.- Plazo en los procedimiento de seleccion. En los Procedimiento de seleccion de Arrendamiento por Adjudicacion Selectiva, el plazo entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas para la buena pro no sera mayor de 5 dias. En los Procedimiento de seleccion de Arrendamiento por Concurso Publico, el plazo entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas para la buena pro no sera menor de 10 dias.

Articulo 35º.- Convocatoria, MORDAZA de Consultas, inscripcion de participantes. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad a fin de seleccionar al arrendatario, convocara el MORDAZA de seleccion correspondiente a traves de la pagina Web, de la Municipalidad. La convocatoria debera contener obligatoriamente lo siguiente: 1) La identificacion, domicilio y RUC de la Municipalidades; 2) La identificacion del MORDAZA de seleccion; 3) La indicacion de la modalidad de seleccion, de ser el caso; 4) La descripcion basica del inmueble objeto del proceso; 5) El valor comercial de la renta anual de arrendamiento, como monto referencial; 6) El lugar y la forma en que se realizara la inscripcion o registro de participantes; 7) El costo del derecho de participacion; 8) El calendario del MORDAZA de seleccion. Los participantes podran inscribirse desde el dia siguiente de la convocatoria hasta un dia MORDAZA de las presentaciones de propuestas, estando impedidos de participar, ademas de los establecidos en las normas vigentes, aquellos que tengan o hayan tenido procesos judiciales en contra del Municipio. Para registrarse, la persona natural o juridica que solicite participar, debera consignar una direccion de correo electronico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en la Ordenanza, deban realizarse. A traves de las consultas, los participantes podran solicitar la aclaracion de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas. Efectuadas las consultas por los participantes, el Comite debera absolverlas de manera fundamentada y sustentada, cualquiera fuera su respuesta, mediante un pliego absolutorio que debera contener la identificacion de cada participante y la respuesta del Comite para cada consulta presentada. El mencionado pliego debera ser notificado a traves de la Web de la entidad, en la sede de la Municipalidad y a los correos electronicos de los participantes. Articulo 36º.- MORDAZA de las Propuestas, evaluacion y otorgamiento de buena Pro. Los postores en el lugar, dia y hora de acuerdo a lo establecido en las Bases presentaran sus propuestas, El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, evaluara las propuestas economicas, asi como las mejoras que proponga el postor, para tal fin este debera cuantificarlas, el comite otorgara la buena pro a la mejor propuesta. Otorgada la buena pro por el Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, comunicara el resultado en la pagina Web del Municipio, disponiendo la suscripcion del contrato, el cual debera ser suscrito dentro de los 5 dias siguientes. Articulo 37º.- Solucion en caso de empate En el supuesto que dos (2) o mas propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuara a traves de sorteo en el mismo acto, o cualquier otro mecanismo previamente establecido por el comite en las Bases del proceso. Articulo 38º.- Notificacion del acto de otorgamiento de la Buena Pro. En el caso del arrendamiento por concurso, el otorgamiento de la buena pro sera realizado en acto publico se presumira notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregara a los postores MORDAZA del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluacion, sin perjuicio de que se publiquen en la pagina Web del Municipio. Dicha presuncion no admite prueba en contrario. En el caso del arrendamiento directo el otorgamiento de la buena pro se notificara a traves de su publicacion en la pagina Web de la Municipalidad, en la Sede de la Municipalidad y a los correos electronicos de los postores,

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