Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2008 (07/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 2312005-PRODUCE, procedera a actualizar la informacion consignada en la Pagina Web del Ministerio de la Produccion sobre la capacidad de acarreo en toneladas metricas del recurso anchoveta en las embarcaciones pesqueras de mayor escala. Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la solicitud de modificacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA, en el extremo referido a la capacidad de bodega para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, via aplicacion del incremento de flota otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 360-2006-PRODUCE/DGEPP, no implica ningun incremento de esfuerzo pesquero sobre los recursos plenamente explotados anchoveta y sardina; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa MORDAZA S.A., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar la solicitud de modificacion de permiso de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 635-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal de esta Direccion General; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, sus modificatorias y ampliatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 442-97-PE de la siguiente forma: "Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a favor de la empresa MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera "RICARDO" de matricula CO-16324-PM, de 414.19 m3 de capacidad de bodega, la cual sera utilizada en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud de abertura de malla, respectivamente, en el ambito nacional y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa". Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que el recurso hidrobiologico sardina sera destinado exclusivamente al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto, la totalidad de bodega de la embarcacion debera ser implementada con el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Incluir la nueva capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-16324-PM, asi como la presente Resolucion, en el literal A, Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE; y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Excluir el derecho de autorizacion de incremento de flota otorgado por la Resolucion Directoral Nº 360-2006-PRODUCE/DGEPP, del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero consignara en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion el valor de la Capacidad de Bodega MORDAZA en TM que corresponde a la embarcacion pesquera MORDAZA, de matricula CO-16324-PM, sobre la base a la capacidad de bodega

sustituida equivalente a 322,41 m3, conforme se senala en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion , a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 171990-5

Renuevan plazo otorgado a Pesquera Hayduk S.A. para que concluya la instalacion de planta de harina y aceite de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 24 de enero del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00043995 de fecha 18 de junio y 18 de diciembre de 2007, presentados por PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que mediante el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 210-2006-PRODUCE/DGEPP, notificada en fecha 19 de junio de 2006, se autorizo a PESQUERA HAYDUK S.A. a efectuar el traslado fisico de la planta de harina de pescado de 30 t/h de capacidad instalada, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de El MORDAZA, departamento de MORDAZA, hacia su planta de harina de pescado ubicada en la Caleta de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, que cuenta con licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 031-2001-PRODUCE/DNP, para el procesamiento de materia prima; incrementando consecuentemente la capacidad instalada de la planta de harina de alto contenido proteinico de 90 a 120 t/h de procesamiento de materia prima; Que el Articulo 4º de la precitada Resolucion, otorga el plazo de un (01) ano, contado a partir de la notificacion de la referida Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite un avance de obras e inversion sustantiva superior al 50% del proyecto, para que la empresa interesada concluya con ejecutar el traslado fisico y el incremento de capacidad de procesamiento de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico; Que mediante los escritos del visto la administrada solicita renovacion del plazo de autorizacion de traslado fisico, por cuanto no obstante haber concluido con las instalaciones de equipos y maquinarias de procesamiento pesquero, se encuentra en tramite la MORDAZA de Verificacion Ambiental que debera emitir la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria; asimismo, adjunta la documentacion sustentatoria que acredita la inversion superior al 50% del proyecto total; Que, con fecha 9 de enero de 2008, se llevo a cabo la inspeccion tecnica correspondiente, en la que se pudo apreciar que el avance de instalacion de la nueva capacidad de procesamiento se encuentre al 100% del proyecto total; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 023-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi, que sustenta la procedencia

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