Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2008 (07/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368365

Articulo 4°.- Todos los propietarios, inquilinos o posesionarios de inmuebles deben presentar en buen estado los jardines que se encuentran dentro de su propiedad con vista al exterior, debiendo realizar el respectivo mantenimiento en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles de publicada la presente Ordenanza. Articulo 5°.- Todos los residentes, usuarios, visitantes o transeuntes del distrito deben respetar las areas verdes ubicadas en areas publicas, encontrandose prohibido el arrojo de basura, el retiro, poda o reubicacion de arboles o plantas sin autorizacion municipal. Articulo 6º.- Vencidos los plazos establecidos en los articulos anteriores, la Gerencia de Fiscalizacion y Control realizara operativos de control a fin verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Disposiciones Finales PRIMERA.- Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. SEGUNDA.- Deroguese cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. TERCERA.- Encarguese a las Gerencias de Infraestructura MORDAZA, y de Fiscalizacion y Control, el cumplimiento de la presente norma. CUARTA.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 172448-1

Que, la referida Ordenanza en el Articulo 8º dispone que los danos a los colindantes, debidamente comprobados, durante la construccion de obras, deberan ser reparados MORDAZA de la culminacion de la obra, por lo que, en caso contrario no se otorgara el Certificado de Finalizacion de Obra y de Zonificacion respectivo, sin perjuicio de ello aplicandose al infractor las sanciones administrativas correspondientes; Que, el articulo citado en el considerando anterior ha traido como consecuencia constantes abusos por parte de vecinos, los cuales aprovechando este dispositivo presentan quejas que en muchos casos carecen de sustento, impidiendo que las constructoras obtengan su conformidad de obra perjudicando sus inversiones asi como, a los futuros residentes, logrando un provecho economico por parte de algunos quejosos quienes han visto en esta MORDAZA una forma facil de obtener beneficios; Que, en este sentido, se hace necesario modificar el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 177-MM, a fin de fomentar la inversion en el distrito y evitar abusos contra aquellas empresas que cumplen con adecuarse a las normas legales vigentes; Que, por otro lado, de la evaluacion de los procedimientos de excepcion para ampliacion de horario, se desprende que se deben realizar precisiones a fin de mejorar y agilizar los tramites en beneficio de los usuarios; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS HORARIOS Y TERMINOS DE SEGURIDAD EN LA EJECUCION DE OBRAS CIVILES Y AFINES EN GENERAL, EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA 177-MM Articulo Primero.- Modificar los Articulos 3º, 6º y 8º del Reglamento que establece los horarios y terminos de seguridad en la ejecucion de obras civiles y afines en general, en el distrito de Miraflores, aprobado por Ordenanza Nº 177-MM, de acuerdo a los textos siguientes: "Articulo 3º.- Establecer en el distrito de Miraflores, como horario obligatorio para la ejecucion de obras civiles y conexas en general, publicas y privadas, el siguiente: En los meses de MORDAZA a diciembre: Lunes a Viernes: Sabados : 7:30 a.m. - 6:00 p.m. 8:00 a.m. - 1:00 p.m.

Modifican el Reglamento que establece horarios y terminos de seguridad en la ejecucion de obras civiles y afines en general, aprobado mediante Ordenanza Nº 177-MM
ORDENANZA Nº 283-MM Miraflores, 28 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;. Que, en este orden de ideas con fecha 7 de diciembre de 2004, se emitio la Ordenanza Nº 177-MM, la cual reglamenta y establece los horarios y terminos de seguridad en la ejecucion de obras civiles y afines en general, en el distrito de Miraflores; Que, los horarios de ejecucion de obras senalados en la citada Ordenanza Nº 177-MM, requieren ser reajustados a fin de brindar mayor facilidades a las empresas constructoras, sin que ello genere malestar en los vecinos residentes;

En los meses de enero a marzo: Lunes a Viernes: Sabados : 7:30 a.m. - 6:30 p.m. 8:00 a.m. - 1:00 p.m.

Queda terminantemente prohibida la ejecucion de obras civiles y otros trabajos afines en general, fuera del horario establecido anteriormente, asi como los dias domingos y feriados durante las 24 horas, salvo autorizacion expresa de la Municipalidad de Miraflores. Igualmente, se prohibe realizar demoliciones con explosivos o maquinaria pesada que ponga en peligro la integridad fisica de los vecinos o constituya riesgo para las edificaciones colindantes producto de las vibraciones o movimiento de tierras, o afecten el ornato por ensuciar las fachadas con polvo". "Articulo 6º.- Excepcionalmente y solo por causas debidamente justificadas, esta Municipalidad otorgara autorizaciones para ampliar el horario establecido en el Articulo 3º, en los siguientes casos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.