Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2009 (27/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de octubre de 2009, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 1572004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de octubre de 2009, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de octubre de 2009 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1º sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe/ DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

en la reserva se utiliza de referencia para la elaboracion de las respectivas Resoluciones Supremas autoritativas de viaje; Que, en el presente caso, la Resolucion Suprema Nº 033-2009-PRODUCE ha sido suscrita con fecha 22 de setiembre de 2009, fecha en la cual la reserva habia vencido, lo cual implico la compra del respectivo boleto aereo a un mayor valor al establecido en la reserva vencida; Que, de este modo, se ha generado un desfase entre el importe del valor de los pasajes consignado en la Resolucion Suprema que se menciona en el considerando precedente (US$ 2 215,00 - Dos mil doscientos quince y 00/100 Dolares Americanos) y el valor actual de estos (US$ 3 271,00 - Tres mil doscientos setenta y uno y 00/100 Dolares Americanos); Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Modificar con eficacia anticipada el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 033-2009-PRODUCE, el mismo que quedara redactado del modo siguiente:
"Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por el Pliego 241: Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos (US$ 200 x 7 dias) TUUA Internacional US$ US$ US$ 3 271,00 1 400,00 31,00 "

Articulo 2º.- Dejar subsistente en todo lo demas, el contenido de la Resolucion Suprema Nº 033-2009PRODUCE. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Produccion.
Registrese, comuniquese y publiquese.

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PRODUCE
Modifican el articulo 2º de la R.S. Nº 033-2009-PRODUCE
RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2009-PRODUCE MORDAZA, 26 de noviembre del 2009 VISTOS: El Oficio Nº 913-2009-ITP/DE de la Direccion Ejecutiva del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), el Informe Nº 043-2009-ITP-OA-Abast de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) y el Informe Nº 2672009-PRODUCE/OGAJ-nkics, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 033-2009PRODUCE, se autorizo el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galdos de MORDAZA, Directora del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a la MORDAZA de Agadir, Marruecos, del 26 de setiembre al 4 de octubre de 2009, estableciendose en el articulo 2º de la acotada Resolucion que los gastos por concepto de pasajes aereos ascendian a la suma de US$ 2 215,00 (Dos mil doscientos quince y 00/100 Dolares Americanos); Que, es usual que para la adquisicion de los pasajes aereos se efectue una reserva de estos a un precio determinado, el cual tiene una fecha de caducidad, por lo que vencida la fecha de reserva el precio de los pasajes es susceptible de incrementarse. Asimismo, el precio senalado

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion

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Constituyen Comisiones Sectoriales de Transferencia del Ministerio en materia de Pesqueria y en materia de MYPE e Industria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 504-2009-PRODUCE MORDAZA, 24 de noviembre de 2009 Vistos: los Memorandos Nºs. 1593-2009-PRODUCE/ OGPP-Opir y 1652-2009-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 094-2009-PRODUCE/OGAJ-JCF de las Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru, dispone que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado de caracter obligatorio, que tiene

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