Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2009 (27/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

406796

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de noviembre de 2009

a) Los funcionarios de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo, se limitaran a verificar que el expediente contenga los requisitos referidos al Art 5º de la presente Ordenanza. De ser conforme se le asignara un numero, sellara y firmara su solicitud de autorizacion. En caso contrario, sera devuelto en el mismo acto de presentacion. El expediente sera remitido a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural junto con su legajo respectivo, en un plazo MORDAZA de 2 dias despues de su ingreso. b) La documentacion pasara a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, el cual notificara al solicitante en caso de que algun documento no se encuentre conforme. Se verificara en la Base enviada por la Gerencia de Rentas, la autenticidad de los datos. Se constatara en el legajo del predio, la posesion del mismo. c) La Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural realizara la Inspeccion Ocular del predio en un plazo MORDAZA de 3 dias, donde se verificara la concordancia de los planos y la documentacion presentada con lo existente y el buen estado del predio, para lo cual el profesional encargado del control de obra, MORDAZA su informe. d) Se procedera a la revision de los planos que cumplan con el Reglamento Nacional de Edificaciones. Cumplido los requisitos, se MORDAZA conformidad a los planos. e) Si todo es CONFORME, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural en un plazo no mayor a 3 dias otorgara la licencia de regularizacion. Articulo 4º.- BENEFICOS DE LA REGULARIZACION POR AMNISTIA 4.1.- De acuerdo al Decreto Supremo Nº 024 ­ 2008 ­ Vivienda ­ Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion de la Ley Nº 29090, Capitulo VI, Articulo 70, Numeral 70.3, la multa por regularizacion de obra sin licencia es el equivalente al 10% del valor de la obra (V.O.); y el administrado que se acoja a la presente Ordenanza, gozara de la reduccion de la multa al 1.5 % del Valor de la Obra (V.O.) 4.2.- Para quienes hayan edificado al 100 % con parametros urbanisticos anteriores a los de la Ordenanza Nº 1117 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, podran regularizar obteniendo el Certificado de Parametros anterior con una vigencia igual a la de la presente ordenanza (60 dias calendario), previo informe de inspeccion ocular. REQUISITOS Articulo 5º.- REQUISITOS ADMINISTRATIVOS, el administrado debera presentar: 1. Documento que acredite la propiedad 2. Formularios 3. Boletas (o Certificados) de Habilitacion de los profesionales que suscriben la documentacion tecnica. 4. Juego de planos 5. Presupuesto de obra segun cuadro de valores unitarios vigentes. 6. Comprobante de pago por derecho de Tramite 7. Comprobante de Pago por Inspeccion Ocular 8. Certificado de parametros en original (vigente) 9. MORDAZA de Licencia anterior y planos aprobados ( cuando se trate de ampliacion, remodelacion, refaccion o modificacion) 5.1.- De los documentos que acredite la propiedad.Se considerara para la presente Ordenanza como documento que acredite la propiedad los siguientes documentos: · MORDAZA literal de dominio expedida por el Registro Publicos con una anticipacion no mayor a treinta (30) dias calendario, en la cual se consigne areas y linderos del lote y se reconozca al solicitante como propietario. 5.2.- De los Formularios.Segun Ley 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones · FUE: Formulario Unico de Edificaciones, consignando los datos requeridos en el, suscrito por el propietario y los profesionales responsables del proyecto · Formulario Unico - Anexo D - Autoliquidacion · Formulario Unico ­ Anexo B, en caso de condominos. · Carta de seguridad de obra, firmado por un arquitecto o ingeniero civil colegiado

Los propietarios deben presentar dos juegos de cada formulario, ademas deben de visar cada uno de las hojas de los formularios al pie de su anverso. Los formularios no deben incluir borrones ni enmendaduras. 5.3- De la elaboracion de los planos.- Se presentara: · Dos (2) Planos de Ubicacion y Localizacion elaborado, MORDAZA y firmado en original por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado, ademas debe estar firmado por todos los propietarios del predio. · Dos (2) juegos de planos de Arquitectura. Plantas, cortes y elevaciones, Escala 1/50 pudiendo adecuarse esta , segun el tamano del lote y/o construccion , sellados y firmados en original por Arquitecto o Ingeniero Civil, acompanados de la memoria descriptiva, firmados por todos los propietarios del predio. En los planos se detallara de forma diferenciada las areas existentes con licencia de construccion y las areas por regularizar. Los propietarios y el profesional responsable, deben visar cada uno de los planos y se entregara una MORDAZA digital de estos. Articulo 6º.- REQUISITOS TECNICOS a) De los retiros, se debe de respetar los retiros indicados en el certificado de parametros urbanisticos y edificatorios. b) De las fachadas y superficies al exterior, se deberan enlucir y/o dar el acabado correspondiente a todas las superficies que den al exterior. Articulo 7º.- PAGOS 7.1.- De los pagos por tramitacion · Derecho de tramite · Derecho de Certificado de Parametros · Derecho de Inspeccion Ocular 7.2.- De los regularizacion: Pagos 3.7543 % UIT S/. 133.27 2.6086 % UIT S/. 92.60 2.4029 % UIT S/. 85.30 por la liquidacion de

· Derecho de Licencia de Construccion en vias de Regularizacion 1.22% Valor de Obra · Multa por construccion sin licencia de acuerdo al Articulo 4º, Numeral 4.1 de la presente Ordenanza, 1.5 % del Valor de la Obra IMPEDIMENTOS Articulo 8º.- No podra acogerse a esta ordenanza, las edificaciones que tienen las siguientes caracteristicas: a) Para el caso de propiedades que se encuentren en mal estado (la Municipalidad se reserva el derecho de calificar el estado en que se encuentren las edificaciones) b) Aquellas edificaciones que no cumplen con los Parametros Urbanisticos y Edificatorios. c) Aquellas edificaciones que se encuentren con medidas cautelares firmes y/o procedimientos en ejecucion, tales como mandato de demolicion o paralizacion de obra. VIGENCIA Articulo 9º.- El plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion de Licencia de Obra, es de 60 dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Articulo Unico.- FACULTESE, al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente y prorrogue el plazo de la presente Ordenanza, si fuera necesario. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA

428340-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.