Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2009 (27/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
RESOLUCION SUPREMA N° 382-2009-RE MORDAZA, 26 de noviembre de 2009 VISTO:

406741

Pasan a la situacion de retiro a funcionarios diplomaticos
RESOLUCION SUPREMA N° 381-2009-RE MORDAZA, 26 de noviembre de 2009 VISTO: El Memorandum (DRH) N° DRH3527/2009, de fecha 22 de noviembre de 2009, que contiene el informe emitido por la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial N° 0720-2003-RE, de fecha 18 de agosto de 2003, la Ministra Consejera MORDAZA MORDAZA Berendson MORDAZA, paso, a su solicitud, a la situacion de disponibilidad a partir del 4 de agosto de 2003; registrando un periodo acumulado al 16 de noviembre del presente ano, seis (6) anos, tres (3) meses y trece (13) dias en esa situacion; Que, mediante Ley N° 29318, se modifico diversos articulos de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, entre otros, el articulo 15° referido al limite de permanencia en la situacion de disponibilidad; Que, la mencionada modificacion dispuso que, el funcionario diplomatico puede estar en la situacion de disponibilidad hasta un MORDAZA de tres (3) anos consecutivos o acumulativos de manera intermitente; disponiendo que excepcionalmente y por conveniencia del Servicio Diplomatico, puede extenderse dicho plazo hasta por dos (2) anos mas, a traves de una Resolucion Ministerial; vencido este ultimo plazo, el funcionario pasa a la situacion de retiro; Que, en ese contexto, con Decreto Supremo N° 0652009-RE, de fecha 1° de octubre de 2009, se modifico el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, cuya Tercera Disposicion Complementaria Transitoria ordena que el funcionario diplomatico que, a la entrada en vigencia de la Ley N° 29318, se encuentre en la situacion de disponibilidad por un periodo acumulado mayor a cinco (5) y menor a ocho (8) anos, tiene el derecho de presentar su "Solicitud de Reincorporacion a la Situacion de Actividad", en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias contados a partir de la publicacion de dicho Decreto Supremo; Que, al 16 de noviembre de 2009, han transcurrido los treinta (30) dias siguientes de la publicacion del Decreto Supremo N° 0065-2009-RE, sin que la Ministra Consejera MORDAZA MORDAZA Berendson MORDAZA, MORDAZA solicitado su "Reincorporacion a la Situacion de Actividad", por lo que, le corresponde pasar a la situacion de retiro; Que, el articulo 46° del citado Decreto Supremo regula que el pase a la situacion de retiro por exceder el limite de permanencia en la situacion de disponibilidad, se MORDAZA efectivo de oficio, mediante resolucion suprema, previo el informe de la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos; De conformidad con el articulo 15° de la Ley N° 29318, que modifica la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el articulo 39° y la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 065-2009-RE, que modifica el Decreto Supremo N° 1302003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico; asi como al articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Pasar a la situacion de retiro en el Servicio Diplomatico de la Republica a la Ministra Consejera MORDAZA MORDAZA Berendson MORDAZA, por haber excedido el plazo MORDAZA de permanencia en la situacion de disponibilidad, con efectividad al 17 de noviembre de 2009. Articulo 2°.- Otorgar a la citada funcionaria diplomatica los beneficios que le corresponden de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

El Memorandum (DRH) N° DRH3528/3009, de fecha 22 de noviembre de 2009, que contiene el informe emitido por la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial N° 0091-2002-RE, de fecha 27 de enero de 2002, el Ministro MORDAZA MORDAZA Gruter MORDAZA, paso, a su solicitud, a la situacion de disponibilidad a partir del 8 de enero de 2002; registrando un periodo acumulado al 16 de noviembre del presente ano, de siete (7) anos diez (10) meses y nueve (9) dias en esa situacion; Que, mediante Ley N° 29318, se modifico diversos articulos de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, entre otros, el articulo 15° referido al limite de permanencia en la situacion de disponibilidad; Que, la mencionada modificacion dispuso que, el funcionario diplomatico puede estar en la situacion de disponibilidad hasta un MORDAZA de tres (3) anos consecutivos o acumulativos de manera intermitente; disponiendo que excepcionalmente y por conveniencia del Servicio Diplomatico, puede extenderse dicho plazo hasta por dos (2) anos mas, a traves de una Resolucion Ministerial; vencido este ultimo plazo, el funcionario pasa a la situacion de retiro; Que, en ese contexto, con Decreto Supremo N° 0652009-RE, de fecha 1° de octubre de 2009, se modifico el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, cuya Tercera Disposicion Complementaria Transitoria ordena que el funcionario diplomatico que, a la entrada en vigencia de la Ley N° 29318, se encuentre en la situacion de disponibilidad por un periodo acumulado mayor a cinco (5) y menos de ocho (8) anos, tiene el derecho de presentar su "Solicitud de Reincorporacion a la Situacion de Actividad", en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias contados a partir de la publicacion de dicho Decreto Supremo; Que, al 16 de noviembre de 2009, han transcurrido los treinta (30) dias siguientes de la publicacion del Decreto Supremo N° 0065-2009-RE, sin que el Ministro MORDAZA MORDAZA Gruter MORDAZA, MORDAZA solicitado su "Reincorporacion a la situacion de Actividad"; por lo que, le corresponde pasar a la situacion de retiro; Que, el articulo 46° del citado Decreto Supremo regula que el pase a la situacion de retiro por exceder el limite de permanencia en la situacion de disponibilidad, se MORDAZA efectivo de oficio, mediante resolucion suprema, previo el informe de la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos; De conformidad con el articulo 15° de la Ley N° 29318, que modifica la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el articulo 39°, y la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 065-2009-RE, que modifica el Decreto Supremo N° 1302003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico; asi como al articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Pasar a la situacion de retiro en el Servicio Diplomatico de la Republica al Ministro MORDAZA MORDAZA Gruter MORDAZA, por haber excedido el plazo MORDAZA de permanencia en la situacion de disponibilidad, con efectividad al 17 de noviembre de 2009. Articulo 2°.- Otorgar al citado funcionario diplomatico los beneficios que le corresponden de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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