Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2009 (27/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

406738

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de noviembre de 2009

como objetivo lograr el desarrollo integral del MORDAZA y, que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, para asegurar que el MORDAZA de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada, el articulo 83º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que el Poder Ejecutivo constituya Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 379-2007PRODUCE, se reestructuro la Comision Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Produccion a los Gobiernos Regionales y Locales, la misma que fue constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 251-2002-PRODUCE y modificada mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2005-PRODUCE; Que, conforme a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 0102007-PCM, los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM ­ Decreto Supremo que establece disposiciones relativas a la culminacion de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Locales, a traves de un Viceministro encargado de presidir la Comision Sectorial de Transferencia respectiva; Que, mediante la Ley Nº 29271 se establece que el Ministerio de la Produccion es el sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, y se le transfiere del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa; Que, en consecuencia, resulta necesario constituir Comisiones Sectoriales de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Produccion a los Gobiernos Regionales y Locales, en materia del ambito del Subsector Pesqueria y del Subsector MYPE e Industria, que se encargaran del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demas normatividad complementaria y conexa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reestructurar la Comision Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Produccion a los Gobiernos Regionales y Locales, mediante la creacion de Comisiones de Transferencia por cada Subsector involucrado, conforme se describe en los articulos 2º y 3º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Constituir, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion de la gestion del Estado, la Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de la Produccion en materia de Pesqueria, la misma que estara integrada por los/las titulares de las siguientes unidades organicas: - Despacho Viceministerial de Pesqueria, quien presidira la Comision. - Direccion General de Pesca Artesanal. - Direccion General de Acuicultura. - Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. - Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria. - Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia. - Oficina General de Planificacion y Presupuesto, quien actuara como Secretario/a Tecnico/a de la Comision. - Oficina General de Asesoria Juridica. - Oficina General de Administracion.

Articulo 3º.- Constituir, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion de la gestion del Estado, la Comision Sectorial de Transferencia en materia de MYPE e Industria, la misma que estara integrada por los/las titulares de las siguientes unidades organicas: - Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, quien presidira la Comision. - Direccion General de Industria. - Direccion General de MYPE y Cooperativas. - Oficina General de Planificacion y Presupuesto, quien actuara como Secretario/a Tecnico/a de la Comision. - Oficina General de Asesoria Juridica. - Oficina General de Administracion. Articulo 4º.- Las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Ministerio de la Produccion a que se refieren los articulos 2º y 3º de la presente Resolucion Ministerial, ejerceran sus funciones en concordancia con la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, y demas normas modificatorias, complementarias y conexas, para lo cual podran requerir el asesoramiento y participacion de otros funcionarios del Sector Produccion, a efectos de cumplir con las funciones asignadas. Articulo 5º.- Delegar en el/la Viceministro/a de Pesqueria y en el/la Viceministro/a de MYPE e Industria, la facultad de suscribir, en forma individual o conjunta y en representacion del/la Ministro/a de la Produccion, las Actas, los Convenios y demas instrumentos que no MORDAZA privativos de sus cargos, en el ambito del MORDAZA de descentralizacion de la gestion del Estado, respecto de aquellas materias que se encuentren dentro del ambito funcional de sus respectivos Despachos. Articulo 6º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 379-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Remitir la presente Resolucion Ministerial a los Gobiernos Regionales y a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion

427490-1

Autorizan extraccion exploratoria del recurso chanque o tolina, autorizandose su extraccion, procesamiento, transporte y comercializacion en la Region Ica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 508-2009-PRODUCE MORDAZA, 26 de noviembre de 2009 VISTOS: Los Oficios Nºs DE-100-266-2009-PRODUCE/ IMP y DE-100-302-2009-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, los Oficios Nºs 1821-2009-GOREICA/DRPRO-DP y 1829-2009-GORE-ICA/DRPRO-DP de la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de Ica, el Informe Nº 645-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 086-2009-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.