Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2009 (27/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406795

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen beneficio administrativo de regularizacion de licencia de construccion por obra nueva, ampliacion, remodelacion, demolicion, refaccion o modificacion en los predios unifamiliares de la jurisdiccion que cumplan con las normas de edificacion vigentes
ORDENANZA Nº 108-2009-MDC Cieneguilla, 12 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 0341-2009-GDU/MDC, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, referente a la Ordenanza que establece el Beneficio Administrativo de Regularizacion de Licencia de construccion por obra nueva, ampliacion, remodelacion, demolicion, refaccion o modificacion en los Predios Unifamiliares de la Jurisdiccion, que cumplan con las Normas de Edificacion Vigentes; CONSIDERANDO: Que, segun la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Constitucion Politica del Peru, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Art. 79 numeral 3.6.2 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades establece que son funciones especificas de las municipalidades en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelaciones o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica; Que, existe gran cantidad de edificaciones que se han construido sin la debida autorizacion municipal, problematica dentro de la jurisdiccion de Cieneguilla, que implica que el administrado construya irregular o antirreglamentariamente y evada sus obligaciones establecidas en los dispositivos legales de la corporacion para acceder a una licencia de construccion, por lo que se ha considerado pertinente el facilitar oportunidades para regular la propiedad con opcion de inscribir en el registro de propiedad inmueble de Lima; Que, segun el Art. 34º de la Ley Nº 29090, regula que las Municipalidades, para incentivar la formalizacion de la propiedad predial en sus jurisdicciones o con fines de incentivar el desarrollo inmobiliario, podran reducir, exonerar o fraccionar el pago de los derechos establecidos, en aplicacion de lo establecido en el Art. 9 Numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, la Regularizacion de Edificaciones sin Licencia por amnistia conllevara: a) Regularizar y simplificar el tramite de Licencia de construccion en Vias de Regularizacion de predios. b) Formalizar las edificaciones construidas sin Licencia. c) Condonar y/o reducir las multas administrativas de acuerdo al area construida. Que, segun el Articulo Nº 40 de la Ley Nº 27972 regula que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, Licencias, Derechos y Contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Informe Nº 275-2009-GAJ-

MDC, el Concejo Municipal con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, aprobo por unanimidad, expidio la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUCCION POR OBRA NUEVA, AMPLIACION, REMODELACION, DEMOLICION, REFACCION O MODIFICACION EN LOS PREDIOS UNIFAMILIARES DE LA JURISDICCION QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE EDIFICACION VIGENTES Articulo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que establece el Beneficio Administrativo de Regularizacion de Licencia de Construccion por Obra Nueva, Ampliacion, Remodelacion, Demolicion ,Refaccion o Modificacion en los Predios Unifamiliares de la Jurisdiccion de Cieneguilla que no cuenten con la respectiva autorizacion siempre que cumplan con las normas de edificacion vigentes, Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 024 ­ 2008 ­ Vivienda ­ Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion; ordenanza que se encuentra constituida por 9 articulos y una Disposicion Final : Alcances, Generalidades, Procedimientos, Beneficios, Requisitos administrativos y tecnicos, Pagos, Impedimentos y vigencia, que corren como anexo, formando parte de de la presente ordenanza . Articulo Segundo.- DISPONER, la vigencia de la presente Ordenanza por 60 dias calendario, a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- FACULTESE, al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente y prorrogue el plazo de la presente Ordenanza si fuera necesario. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General disponga su publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los medios de comunicacion de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA ANEXO ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUCCION POR OBRA NUEVA, AMPLIACION, REMODELACION, DEMOLICION, REFACCION O MODIFICACION EN LOS PREDIOS UNIFAMILIARES DE LA JURISDICCION QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE EDIFICACION VIGENTES ALCANCES Articulo 1º.- Es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales o juridicas, dentro del Distrito de Cieneguilla, que MORDAZA propietarios de construcciones de obra nueva, ampliacion, remodelacion, demolicion, refaccion o modificacion en los Predios Unifamiliares de la jurisdiccion de Cieneguilla que hayan sido efectuadas sin Licencia de Obra despues del 20 de MORDAZA de 1999, hasta la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. GENERALIDADES Articulo 2º.- Para aplicacion de la presente Ordenanza, se tendra en consideracion las definiciones siguientes: · Edificacion.- Obra de caracter permanente, cuyo destino es albergar actividades humanas. Comprende las actividades inherentes a su uso especifico. · Regularizacion.- Procedimiento para formalizar de acuerdo con una MORDAZA o regla establecida, a fin de obtener autorizacion o reconocimiento oficial de una construccion ya realizada. · Licencia.- Licencia que otorga la Municipalidad dentro de su jurisdiccion · Amnistia.- Tramite por el cual se anulan y/o fraccionan multas, o infracciones. PROCEDIMIENTO Articulo 3º.- Para aplicacion de la presente Ordenanza, se considerara los siguientes procedimientos:

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