Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2009 (02/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

401845

Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores 391340-1

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Disponen que la Gerencia General del SENCICO realice acciones que correspondan para cumplimiento del Acuerdo Nº 988.01
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 066-2009-02.00 San MORDAZA, 21 de agosto de 2009 VISTO El Acuerdo Nº 988.01 del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, adoptado en su Sesion Ordinaria Nº 988, del 19 de Agosto del 2009, por la cual se Aprueba el Reglamento para la Evaluacion y Certificacion de Cocinas Mejoradas, y el Informe Nº 1282009-09.00, de fecha 17 de Agosto del 2009, mediante el cual la Gerencia de Investigacion y Normalizacion eleva para su aprobacion el Reglamento para la Evaluacion y Certificacion de la Cocina Mejorada, de conformidad al mandato establecido en el Decreto Supremo Nº 0152009-VIVIENDA; y, CONSIDERANDO Que, el Art.1º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del SENCICO, este es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, estableciendo en su art. 7º, sobre sus funciones, entre otros, numeral "g) Coordinar y concertar con los Ministerios pertinentes, Gobiernos Regionales y con las entidades representativas de las empresas de la construccion y de los trabajadores de la construccion, la formulacion de la politica de capacitacion, certificacion, formacion profesional e investigacion, propias de los fines de SENCICO"; Que, de conformidad a lo establecido en su Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC; modificado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2006VIVIENDA, senala dentro de sus funciones la de realizar las investigaciones y trabajos tecnologicos vinculados a la problematica de la vivienda y de la edificacion y proponer normas tecnicas de aplicacion nacional; Que, de acuerdo con lo establecido en el art. 14º del Estatuto del SENCICO, el Consejo Directivo Nacional es el MORDAZA Organo del SENCICO y como tal, le corresponde ejercer todas las facultades generales y especiales para la realizacion de los fines de la Institucion y el cumplimiento de sus funciones con arreglo a los Decretos Legislativos Nºs. 145 y 147, su Estatuto y demas disposiciones legales vigentes, de acuerdo a la politica del Ministerio al cual esta adscrito como OPD, en concordancia con la autonomia que le confieren; Que, con fecha 16 de Agosto del 2009, se publico en el Diario Oficial "El Peruano", el Decreto Supremo Nº 015-2009-VIVIENDA, que aprueba la MORDAZA Tecnica Cocina Mejorada, estableciendo en su art. 2º, que el SENCICO sera responsable de efectuar la evaluacion y certificacion de la Cocina Mejorada, conforme a la MORDAZA Tecnica; Que, la mencionada MORDAZA tambien establece en su art. 3º, que el SENCICO debera aprobar en el plazo MORDAZA de 30 dias el Reglamento para la Evaluacion y Certificacion de la Cocina Mejorada; Que, de igual forma el referido Decreto Supremo Nº 015-2009-VIVIENDA, dispone en su art. 4º, que las

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Designan Director de la Direccion de Politicas y Programas de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 068-2009/APCI-DE Miraflores, 31 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado, en funcion de la politica nacional de desarrollo de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la APCI y sus normas modificatorias; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0282007-RE, define a la Direccion de Politicas y Programas, como uno de sus organos de linea; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0662009/APCI-DE, de fecha 14 de agosto de 2009, se acepto la renuncia del Director de la Direccion de Politicas y Programas de la APCI; Que, por lo MORDAZA expuesto es necesario designar al Director del citado organo de linea y dar por concluida la encargatura efectuada mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 067-2009/APCI-DE de fecha 14 de agosto de 2009; Que, el Magister MORDAZA MORDAZA Nunez Butron, cumple con las condiciones para ocupar el cargo MORDAZA senalado; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y; En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0282007-RE y en concordancia con la Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir del 2 de septiembre de 2009, al Magister MORDAZA MORDAZA NUNEZ BUTRON, como Director de la Direccion de Politicas y Programas de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI. Articulo 2º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion de la APCI y al interesado, para las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 391251-1

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