Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2009 (02/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de setiembre de 2009

referente servicio a la poblacion y produccion local, regional y nacional, sobre ejes estrategicos que se organizan: Ordenamiento Urbanistico y Edificatorio: · Uso equilibrado y ocupacion racional del suelo urbano. · Adecuada dotacion, tratamiento paisajistico de los espacios publicos. · Integracion armonica de espacio publico y privado. · Revalorizacion del potencial turistico de la ciudad. Ordenamiento Vial: · Optimizar la articulacion funcional interna de las actividades socioeconomicas. · Reducir al minimo los conflictos y fricciones espaciales. · En su vinculacion al entorno provincial y Regional. Ordenamiento Ambiental · Procurar un desarrollo MORDAZA sustentable a fin de mejorar las condiciones de su habitat y su entorno ecologico. · Establecer el ordenamiento ambiental como base para el desarrollo sostenido en terminos de conservacion, crecimiento economico y equidad. CAPITULO V DEL ORDENAMIENTO URBANISTICO Y EDIFICATORIO Articulo 9º.- El Reglamento de Zonificacion de Usos del Suelo es un instrumento tecnico normativo del PDU-BARRANCA, el cual condiciona y regula el uso de la propiedad predial y como tal responde a objetivos y politicas especificas del mismo en lo que respecta a politicas de ordenamiento, expansion y renovacion urbana. Articulo 10º.- La Zonificacion establecida en el Reglamento de Zonificacion de Usos de Suelo a partir de la presente Ordenanza, es de cumplimiento obligatorio, debiendo la Municipalidad Provincial que difundirla en su comunidad y aplicarla de acuerdo a su Plano y Reglamento de Zonificacion, asi como al Indice de Compatibilidad de Usos del Suelo para las actividades urbanas, comerciales y de servicios en la MORDAZA de Barranca; instrumentos que forman parte de la presente ordenanza. Articulo 11º.- Declarase de necesidad, utilidad e interes social las zonas de Reglamentacion Especial - ZRT en el sector Balnearios las Zonas y Microzonas de Tratamiento con fines de Renovacion MORDAZA, establecidos en el PDU-BARRANCA; con el objetivo fundamental de que las inversiones privada y publica concurran a un MORDAZA integral y continuo de intervencion sobre ellas a fin de revertir el efecto manifestaciones sociales, economicas y fisico ­ ambientales del deterioro urbano. Articulo 12º.- El reajuste y/o cambios de zonificacion, se realizaran una (1) vez al ano, con excepcion de casos en el exista probado interes publico o local en determinado sector o sectores del distrito, debidamente fundamentado y de conformidad con los procedimientos establecidos en el D.S. Nº 027-VIVIENDA Art. 37 y 38 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano. CAPITULO VI DEL SISTEMA VIAL Articulo 13º. - El "Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Barranca 2008 - 2013" propone la estructuracion de un Sistema Vial contemplando en tres niveles de servicio: o NIVEL NACIONAL NIVEL INTERPROVINCIAL/ INTERREGIONAL.- Este nivel sera servido por la Nueva Carretera Panamericana. o NIVEL INTERDISTRITAL.- Este nivel es atendido por la Antigua Panamericana que conecta Barranca con Supe Pueblo, Supe Puerto, Paramonga y Pativilca.

o NIVEL URBANO.- En esta escala cabe senalar la importancia de la propuesta vial en tanto define el trazo sobre el cual deben establecerse las nuevas habilitaciones urbanas de por si, mejor conformadas con su contexto inmediato y la MORDAZA en su conjunto. En este sentido se han establecido subsistemas viales: · Subsistema Arterial.- Conjunto de vias que estructuran el sistema vial de la MORDAZA en los sentidos este-oeste y norte-sur, con un par vial en cada sentido que se interceptan sobre el area central, actualmente consolidados y por una via complementaria que a futuro sera la que articulara de norte a sur el sector este de la ciudad. · Subsistema Colector Principal.- Esta conformada por un conjunto de vias que con mayor desarrollo continuo interconectan las vias arteriales. · Subsistencia Colector Secundario.- Vias que con menor desarrollo continuo interconectan las vias arteriales. · Subsistema Circunvalacion.- Plantea la opcion de un recorrido alrededor de la periferia del area central de la MORDAZA sobre vias en MORDAZA de consolidacion o en planeamiento. · Subsistema Costanero.- Via costanera Superior. - Via costanera Inferior. · Par Vial Extremo Este-Oeste.- Conformado por dos vias en areas en MORDAZA de consolidacion y/o rurales que permitiran la habilitacion progresiva y ordenada, de nuevas areas urbanas a la vez que daran soporte a las vias arteriales sentido este-oeste. Articulo 14º.- El PDU-BARRANCA ha establecido algunas secciones viales normativas nuevas, generadas por aquellas secciones geometricamente incompletas y aquellas que se originen por utilidad publica, basadas principalmente en los alineamientos de las edificaciones adyacentes a las vias existentes en el distrito; y a las restricciones que plantea la apertura de vias a fin de dar continuidad a los flujos vehiculares. Articulo 15º.- Los proyectos especificos identificados con fines de solucionar diversos problemas viales y de transporte al corto, mediano y largo plazo que se consignan en el PDU-BARRANCA correspondientes, forman parte del Programa de Inversiones a ejecutarse con la participacion de recursos publicos y privado a partir de la presente Ordenanza. CAPITULO VI DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL Articulo 16º.- El Ordenamiento Ambiental consiste en la disposicion sistematica y armonica del uso del territorio, mediante la aplicacion de los principios de sostenibilidad ecologica, la sostenibilidad economica de las actividades humanas, asi como la salubridad, seguridad y bienestar social. Articulo 17º.- Corresponde a la Municipalidad Provincial de Barranca en concordancia con la legislacion vigente y mediante los organismos de control competentes, velar por la calidad del medio ambiente natural y transformado, con el fin de garantizar el bienestar de su poblacion, por ello el Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Barranca, hace suyas las medidas de mitigacion ante los efectos de los peligros naturales y antropicas establecidas por el Indeci en el MORDAZA del convenio suscrito con la Municipalidad Provincial de Barranca (2005). Articulo 18º.- A partir de la presente Ordenanza que pone en vigencia el PDU-BARRANCA, el mismo que identifica las unidades ambientales y define un mapa de vulnerabilidad para la MORDAZA y su entorno inmediato, instrumentando el analisis de localizacion de los proyectos de inversion, las Autoridades Municipales haran cumplir a los organismos publicos y no publicos y a la poblacion en general, las medidas de manejo ambiental identificadas que permitiran revertir en el corto y mediano plazo las tendencias de deterioro ambiental en la MORDAZA de Barranca.

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