Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2009 (02/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de setiembre de 2009

Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0439-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 18 de agosto de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 180 812,68 m², ubicado entre el kilometro 176 y 177 de la carretera Panamericana Norte y la MORDAZA de Albufera del Medio MORDAZA, en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Huacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 391120-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 184-2009/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 27 de agosto de 2009 Visto el Expediente N° 140-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 114 190,00 m², ubicado frente a la Carretera que conduce de Omate a MORDAZA, colindante al area de cultivo de Tamana, en el distrito de Omate, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de Moquegua; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico un terreno eriazo de 161 419,49 m², ubicado frente a la Carretera que conduce de Omate a MORDAZA, colindante al area de cultivo de Tamana, en el distrito de Omate, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de febrero de 2009, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, se encuentra desocupado, presenta

MORDAZA MORDAZA, topografia plana de forma irregular y suelo de origen volcanico; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 13 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Tacna de la MORDAZA Registral N° XIII ­ Sede Tacna, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0167-2009-SUNARP-Z.R.Nº XIII OCORM-R, concluye que no puede efectuarse la correcta verificacion de los antecedentes registrales del predio materia de consulta, por cuanto a la fecha no se cuenta con informacion digitalizada al 100% de los predios inscritos en la Region MORDAZA, y que el predio materia de consulta se encuentra comprendido parcialmente en ambito inscrito en la Ficha N° 05375 del Registro de Predios de Moquegua; Que, a efectos de lograr la inscripcion a favor del Estado, se excluyo el area en superposicion inscrita en la Ficha N° 05375 del Registro de Predios de MORDAZA, quedando un area de 114 190,00 m², libre de inscripcion registral; Que, conforme al tercer parrafo del Articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, se senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del citado terreno, de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal No 0401-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 114 190,00 m², ubicado frente a la Carretera que conduce de Omate a MORDAZA, colindante al area de cultivo de Tamana, en el distrito de Omate, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 391120-3

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