Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2010 (15/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de enero de 2010

N° 021-2008-PRODUCE, establece que las modificaciones al Listado de Asignacion de PMCE, establecidas por resolucion administrativa firme, seran aplicables y surtiran efecto a partir de la Temporada de Pesca que se inicie con posterioridad a la notificacion de la resolucion administrativa firme. Correspondera al Ministerio, para estos efectos, modificar el Listado de Asignacion de PMCE, a fin de adecuarlo a tales resoluciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009PRODUCE, se adiciono un parrafo al Articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084-Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUC, senalando que en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una nueva reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion, entre otros supuestos, a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11 de indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del PMCE; o, (iv) la modificacion del permiso de pesca; Que, el numeral 2) del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senala que se asignara un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion a las embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, en la fecha de vigencia de la Ley y aquellas reconocidas por el Ministerio en virtud de resolucion administrativa o judicial firme; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2°, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ PMCE-SUR y con Resolucion Directoral Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de junio del 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­LMCE-SUR del recurso anchoveta, correspondiente a la primera temporada de pesca MORDAZA ­ Diciembre de 2009 de la citada zona; cuyos Anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 249-2009-PRODUCE de fecha 12 de junio de 2009, se autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16°00'00" Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo MORDAZA ­ Diciembre de 2009; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 9632009-PRODUCE/DGEPP, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 178-2005-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 174-2009-PRODUCE/DGEPP, con la que se otorgo el permiso de pesca de la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM; solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 427,73 m3 de volumen de bodega, via sustitucion de 25,67 m3 de la capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada MORDAZA de matricula cancelada Nº CO-10303-PM; Que, mediante el Oficio N° 1336-2009-PRODUCE/ OGTIE-Oe, la Oficina General de Tecnologia de la

Informacion y Estadistica, remite el calculo del PMCE y LMCE MORDAZA Norte- Centro y Sur, de la embarcacion pesquera referida en los considerandos precedentes; Que, habiendose aprobado a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., la modificacion de permiso de pesca de su embarcacion COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, en el extremo de su capacidad de bodega, el mismo que ha sido otorgado en fecha posterior a la Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 31 de diciembre del 2008 y la Directoral N° 872-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de octubre del 2009 que aprueban los listados de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion y Limites Maximos de Captura por Embarcacion MORDAZA Norte-Centro, respectivamente, y la Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral Nº 451-2009-PRODUCE/DGEPP, que aprueban los Listados de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion y Limites Maximos de Captura por Embarcacion MORDAZA Sur, respectivamente, por lo que se considera tecnicamente viable proceder a su incorporacion en los mencionados Listados de Asignacion de PMCE y LMCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 13722009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Oficio N° 1336-2009PRODUCE/OGTIE-Oe y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte -Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, con un PMCE de 0,22174% para la MORDAZA Norte -Centro. Articulo 2°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 8722009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, con un LMCE de 4 435,75 TM. Articulo 3°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 3762009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, con un PMCE de 0,257154% para la MORDAZA Sur. Articulo 4°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, con un LMCE de 1 285,770 TM. Articulo 5°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte -Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 872-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos 1° y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 6°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion

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