Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2010 (15/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de enero de 2010

via crucis, un templo techado, y el edificio propio del monasterio construido alrededor de un claustro, servian para descansar en el MORDAZA procesional o via crucis cuando el Santisimo Sacramento era sacado en procesion, es una solucion unica y aportacion de la arquitectura mestiza hispana a la arquitectura universal; Que, respecto a su estado de conservacion, se debe senalar que por el ano 1760, en Pachabamba existia carencia de agua y debido a la salitrosidad de sus tierras se habrian destruido 03 templos, siendo uno de ellos el de Pachabamba el mismo que tuvo que ser reconstruido a fin de reparar el estado ruinoso en el que se encontraba; Que, durante la inspeccion ocular realizada con fecha 25 de febrero del 2009, el templo se encontraba en MORDAZA de restauracion, habiendose intervenido la cobertura y los revoques de los muros, siendo su estado de conservacion regular, presentando filtraciones en zonas puntuales del cielorraso, lo que fue neutralizado con el cambio de cobertura. Los contrafuertes de MORDAZA presentan hongos debido a la humedad de la zona; Que, el Templo Santisima MORDAZA de Pachabamba presenta caracteristicas de valor arquitectonico, historico y tecnologico correspondientes a la epoca colonial y constituye parte de la historia del pueblo de Pachabamba, quienes conservan sus tradiciones a traves del tiempo; Que, por los considerandos previamente expuestos la Comision MORDAZA aludida acordo proponer a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Conjunto Religioso que incluye al templo Santisima MORDAZA de Pachabamba, atrio, cerco y capillas posas, ubicado en la Plaza principal del centro poblado de Pachabamba, distrito de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, provincia y departamento de Huanuco; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director (e) de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 0282006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al conjunto religioso que incluye al templo Santisima MORDAZA de Pachabamba, atrio, cerco y las capillas posas (ubicadas en el Jr. San MORDAZA, el Jr. 24 de Febrero y entre los Jr. MORDAZA y el Jr. Pachabamba), ubicados en la Plaza principal del centro poblado de Pachabamba, distrito de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3°.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble citado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 445466-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designacion de Asesor de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2010/SUNAT MORDAZA, 14 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que el Articulo 3° de la Ley Nº 27594 que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1° de la citada Ley se efectua mediante resolucion del Titular de la Entidad; Que asimismo, el Articulo 6° de la indicada Ley dispone que la resolucion de designacion de funcionarios de confianza surte efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1112009/SUNAT se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo en el cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, considerado de confianza en la Institucion de acuerdo a la Resolucion Suprema Nº 1052008-EF que aprobo la modificacion y actualizacion del Cuadro de Asignacion de Personal de la SUNAT; Que con fecha 11 de enero de 2010, el citado funcionario ha puesto su cargo a disposicion, por lo que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la mencionada designacion; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y el inciso i) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo en el cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluido el vinculo laboral con la Institucion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 446231-1

Modifican la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 447-2009-SUNAT/A
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 16-2010/SUNAT/A Callao, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 145-2009/SUNAT/A se aprobo

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