Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

en materia economica y financiera en los Pliegos del Gobierno Nacional para el cumplimiento de metas fiscales del AF-2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.1 del articulo 3º, "Medidas en Proyectos de Inversion Publica" del citado Decreto de Urgencia, los proyectos de inversion publica que no hayan iniciado ejecucion, solo podran ejecutar hasta un veinticinco por ciento (25%) del presupuesto asignado en el presente ano fiscal; Que, mediante Fax Nº 965 de fecha 13 de MORDAZA 2010, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas informa que no se ha iniciado la elaboracion del expediente tecnico del proyecto denominado, Acondicionamiento de la Nueva Sede del Comando Conjunto; Que, mediante Oficio Nº 138-2010-EF/76.01 de fecha 28 de MORDAZA de 2010, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, comunica a la Direccion General de Planificacion, Presupuesto e Inversiones para la Defensa que, la nueva cifra en proyectos de inversion sin ejecucion asciende a S/. 1'103,596, monto que corresponde al 25% del presupuesto aprobado AF 2010 del proyecto de inversion en mencion; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 037-2010, dentro de los quince (15) dias utiles de la entrada en vigencia del precitado dispositivo, los Titulares del Pliego del Poder Ejecutivo, aprobaran mediante Resolucion Suprema la relacion de los proyectos a ejecutarse; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la ejecucion del proyecto denominado Acondicionamiento de la Nueva Sede del Comando Conjunto, hasta por un monto de Un Millon Ciento Tres Mil Quinientos Noventa y Seis con 00/100 Nuevos Soles (S/. 1'103,596) del Presupuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el Ano Fiscal 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 502918-15

quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para efectuar coordinaciones con representantes de la MORDAZA de MORDAZA del Peru sobre la posibilidad de realizar futuros entrenamientos conjuntos, del 13 al 17 de junio de 2010: 1. 2. 3. CAPITAN CORBETA MAYOR TEC SUPERVISOR MORDAZA J. REARDON MORDAZA G. MULHERN MORDAZA S. SOLTYS

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 502513-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 574-2010-DE/SG MORDAZA, 2 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 573 de fecha 27 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de los Acuerdos de Rio de Janeiro, se llevara a cabo la II Reunion de la Comision Binacional Peruano- Ecuatoriana sobre Medidas de Confianza Mutua (CBMCMS); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ministerio de Relaciones Exteriores y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes Oficiales de las Fuerzas

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU. y Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 573-2010-DE/SG MORDAZA, 2 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 563 de fecha 27 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA sostendran reuniones con representantes de la MORDAZA de MORDAZA del Peru sobre la posibilidad de realizar futuros entrenamientos conjuntos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,

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