Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 502918-3

Articulo 1º.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion -LMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral Nº 2732010-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2010, a la embarcacion pesquera "BIBACO 22" de matricula Nº CE-8190-CM, con un LMCE de 1 380,00 TM para la MORDAZA Norte ­Centro, de acuerdo al calculo efectuado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 2º.- La incorporacion de la embarcacion pesquera "BIBACO 22" de matricula Nº CE-8190CM, al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/DGEPP, referida en el Articulo 1º, no modifica el LMCE asignado a las embarcaciones pesqueras en la citada Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 502025-7

Ratifican la Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre Peru y EE.UU. para Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas
DECRETO SUPREMO Nº 081-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas", fue suscrita el 25 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nro. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas", suscrita el 25 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 502918-4

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la Enmienda Nº Seis al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre Peru y EE.UU. para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru - Ecuador
DECRETO SUPREMO Nº 080-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Seis al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru-Ecuador", USAID Nº 598-0858, fue suscrita el 29 de setiembre de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nro. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Nº Seis al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru-Ecuador", USAID Nº 598-0858, suscrita el 29 de setiembre de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica.

Ratifican la Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre Peru y EE.UU. para Mayores Oportunidades Economicas para los pobres en el Peru
DECRETO SUPREMO Nº 082-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los

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