Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

de la solicitud, proporcionar una copia; y/o contrato de arrendamiento cuando corresponda, en donde conste su domicilio. Carta Poder Simple del titular del predio autorizando al fraccionamiento. 4. De ser el caso, debera presentar solicitud de desistimiento de la pretension de los recursos impugnatorios o solicitudes no contenciosas en tramite referidas a las deudas que son materia de fraccionamientos que hayan sido presentados ante la Municipalidad, presentar desistimiento de apelaciones ante el Tribunal Fiscal o de las apelaciones de los procesos contenciosos administrativos, asi como el desistimiento de la pretension de la Demanda de Revision Judicial, para lo cual debera adjuntar MORDAZA fedateada de la solicitud de desistimiento ante el Organo competente, la cual debera contener la firma certificada por el secretario del Juzgado. 5. Cancelar las costas y gastos del (los) expediente (s) coactivo (s), segun corresponda 6. Suscribir la solicitud de fraccionamiento. 7. Cancelar la primera cuota de fraccionamiento, para el caso de solicitudes de fraccionamiento con aprobacion previa, el pago se realizara una vez que se formalice el fraccionamiento. 8. Actualizar el domicilio fiscal en caso este MORDAZA variado. 9. Otorgar a favor de la Municipalidad cualquiera de las garantias senaladas en el Titulo V del presente Reglamento, cuando corresponda. TITULO III DEL PROCEDIMIENTO Y MODALIDADES DE FRACCIONAMIENTO Articulo 7.- Solicitud de fraccionamiento La solicitud de fraccionamiento debidamente suscrita por el deudor o su representante se presentara en la Plataforma de Atencion al Contribuyente de la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion Articulo 8.- Plazo La Municipalidad podra otorgar fraccionamiento por el plazo minimo de dos (2) meses y un plazo MORDAZA de veinticuatro (24) meses, salvo los contribuyentes que tengan condicion de pensionistas, en cuyo plazo MORDAZA sera treinta (30) meses. Articulo 9.- Aprobacion del fraccionamiento La aprobacion de la solicitud de fraccionamiento sera automatica o de un plazo MORDAZA de 04 dias para los casos que requiera aprobacion previa, siempre que hayan cumplido con los requisitos senalados en los articulos 5 y 6 formalizandose con la firma del mismo, por MORDAZA partes. Sin perjuicio del plazo senalado en el parrafo precedente, la solicitud puede ser resuelta en el transcurso del dia cuando no existan circunstancias que ameriten mayor evaluacion. En caso de no existir pronunciamiento de parte de la Administracion, se entendera que la misma fue desestimada. Articulo 10.- Facultad discrecional La aprobacion del fraccionamiento y el numero de cuotas constituye un acto discrecional de la Administracion Tributaria en funcion al analisis del tiempo de recuperacion de la deuda y el riesgo en el cumplimiento de las cuotas. En ese sentido la Administracion Tributaria podra proponer el importe de la cuota inicial y el numero de cuotas atendiendo a los limites establecidos en el presente Reglamento para cada modalidad de fraccionamiento. Cuando se trate de Fraccionamientos de deudas en estado coactivo y con medida cautelar, el monto de la cuota inicial y el numero de cuotas sera fijado discrecionalmente por la Oficina Ejecutoria Coactiva, en funcion a las medidas trabadas o ejecutadas; asimismo, la cuota inicial de las deudas en dicho estado no podra ser inferior al 30% del monto a fraccionar. Articulo 11.- Modalidades, Plazos y aprobacion del Fraccionamiento de deuda Toda deuda tributaria y No Tributaria, debera ser

clasificada de acuerdo a las siguientes modalidades de fraccionamiento, segun el monto de la deuda y en atencion a los tipos, plazos cuotas establecidas en el siguiente cuadro:
CLASE DE FRACCIONAMIENTO A RANGO Mayor o igual a 10% de la UIT hasta 20% de la UIT Mayor o igual a 20% de la UIT hasta 50% de la UIT Mayor o igual a 50% de la UIT hasta 1.5 UIT Mayor o igual a 1.5 UIT hasta 3 UIT APROBACION PLAZOS CUOTA INICIAL 30% del total de la deuda materia de fraccionamiento 20% del total de la deuda materia de fraccionamiento 20% del total de la deuda materia de fraccionamiento 15% del total de la deuda materia de fraccionamiento 15% del total de la deuda materia de fraccionamiento 15% del total de la deuda materia de fraccionamiento 15% del total de la deuda materia de fraccionamiento FUNCIONARIO QUE APRUEBA Subgerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Subgerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Subgerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Subgerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Subgerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Gerente de Rentas y Desarrollo Economico Local Gerente de Rentas y Desarrollo Economico Local

automatica

2a4 meses

B

automatica

2a8 meses

C

automatica

2 a 12 meses

D

hasta 2 dias

2 a 16 meses

E

Mayor o igual a 3 UIT hasta 6 UIT

hasta 2 dias

2 a 18 meses

F

Mayor o igual a 6 UIT hasta 9 UIT

hasta 4 dias

2 a 24 meses

G

Mayor a 9 UIT

hasta 4 dias

2 a 28 meses

Condiciones especiales para pensionistas. En al caso de Contribuyentes que tienen la condicion de pensionistas, se aplicara el siguiente cuadro:
CLASE DE FRACCIONAMIENTO A RANGO Mayor o igual a 10% de la UIT hasta 20% de la UIT Mayor o igual a 20% de la UIT hasta 50% de la UIT Mayor o igual a 50% de la UIT hasta 1.5 UIT Mayor o igual a 1.5 UIT hasta 3 UIT S/. 5,400.00 a S/.10,800.00 APROBACION PLAZOS CUOTA INICIAL FUNCIONARIO QUE APRUEBA

automatica

2a8 meses

20 % del total Sub Gerente de de la deuda Adm. Tributaria materia de y Recaudacion fraccionamiento 10 % del total Sub Gerente de de la deuda Adm. Tributaria materia de y Recaudacion fraccionamiento 8 % del total de la deuda materia de fraccionamiento 5 % del total de la deuda materia de fraccionamiento Sub Gerente de Adm. Tributaria y Recaudacion Sub Gerente de Adm. Tributaria y Recaudacion

B

automatica

2 a 18 meses

C

automatica

2 a 24 meses

D

hasta 2 dias

2 a 30 meses

Articulo 12.- Resolucion que aprueba el Fraccionamiento La resolucion que aprueba el fraccionamiento suspendera el procedimiento de Ejecucion Coactiva en el estado que se encuentre a la fecha de emision de la Resolucion. TITULO IV CUOTAS, INTERES Y VENCIMIENTO DE FRACCIONAMIENTO Articulo 13.- Cuota de fraccionamiento Cada cuota de fraccionamiento estara compuesta por: a) La amortizacion de la deuda. b) El interes del fraccionamiento. Cada cuota de fraccionamiento no debera ser menor al 3% de la UIT, salvo los pensionistas y que se encuentren comprendidos dentro de la modalidad A, B, C y D de fraccionamiento, para cuyo caso la cuota no debera ser menor a 2% de la UIT.

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